C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240725-1)
Convenio colectivo – Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Renault España Comercial, S. A. (código número 28103372012022)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 18
JUEVES 25 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 176
Esta ayuda será abonada a quien legalmente ostente la guarda y custodia del hijo/a o hijos/as con derecho
a este beneficio; extremo que deberá ser justificado fehacientemente ante la Dirección de RRHH.
En el supuesto de que ambos progenitores prestaran sus servicios en Renault España Comercial
S.A., solamente uno de ellos percibirá la ayuda.
Artículo 29.- Ayuda escolar.
Se establece una ayuda específica de ciento veinticinco euros (125.- €) brutos anuales de ayuda
escolar, con efectos a partir del 1 de enero de 2024, para los hijos/as con edad comprendida entre
los 3 y 16 años. Esta cuantía se devengará en el mes de septiembre de cada año.
Esta ayuda será abonada a quien legalmente ostente la guarda y custodia del hijo o hijos con derecho a
este beneficio; extremo que deberá ser justificado fehacientemente ante la Dirección de RRHH.
En el supuesto de que ambos progenitores prestaran sus servicios en Renault España Comercial
S.A., solamente uno de ellos percibirá la ayuda.
Artículo 30.- Comedor Colectivo.
Con objeto de facilitar la comida a precio económico en el recinto del centro de trabajo de la Avda.
de Europa, 1 de Alcobendas (Madrid), Renault España Comercial S.A. mantendrá un servicio de
comedor colectivo.
La Representación de los trabajadores/as colaborará con la Dirección en el seguimiento de este
servicio, efectuando así mismo las propuestas que considere oportunas para una mejor prestación
del mismo, en condiciones análogas a las actuales.
Artículo 31.- Créditos al personal.
La empresa seguirá su política de créditos para la adquisición de vivienda y vehículos nuevos, dando
la suficiente publicidad a las normas que los regulan.
En los préstamos para la adquisición o reparación de vivienda (“primero” y “segundo”) que se
concedieran al personal de RECSA, se aplicará el tipo de interés legal del dinero establecido en los
Presupuestos Generales del Estado para 2024. Asimismo, desde el registro del presente convenio,
se actualizarán los importes de créditos al personal en la normativa interna de la Empresa. Los
períodos de amortización tendrán en consideración la duración de los contratos de trabajo al objeto
de salvaguardar los intereses de la empresa.
Artículo 32.- Aportación de RECSA a la Mutua de Previsión Social del Personal de Renault España.
RECSA continuará subvencionando la llamada Mutua de Previsión Social del Personal de Renault
España con una aportación mensual en función del número de trabajadores/as afiliados a dicha
Mutua y a la cuantía de sus cuotas. La ayuda empresarial, acordada durante la vigencia del XIII
Convenio Colectivo de RECSA (2024), será de seiscientos veintidós euros con treinta y dos céntimos
(622,32.- euros) anuales durante la vigencia del convenio.
Artículo 33.- Cursillos de formación profesional y cultural.
2. La Representación de los trabajadores/as participará con la Dirección de la empresa en esta
materia. Para ello, a esta Representación se le asignan, entre otras, las siguientes competencias:
3. De asesoramiento: la Representación de los trabajadores/as podrá proponer a la Dirección
de la Empresa —a través del Área de Formación— la realización de cursillos para formación
y ampliación de conocimientos, canalizando de ese modo las aspiraciones de los
trabajadores/as.
BOCM-20240725-1
1. La empresa organizará los cursillos de formación cultural y de aquellas especialidades que
considere convenientes, informando con la debida antelación a la Representación de los
trabajadores/as sobre el contenido y desarrollo de los mismos; pudiendo la Representación
de los trabajadores/as presentar las sugerencias que se consideren interesantes para el
mejor cumplimiento de los fines propuestos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 18
JUEVES 25 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 176
Esta ayuda será abonada a quien legalmente ostente la guarda y custodia del hijo/a o hijos/as con derecho
a este beneficio; extremo que deberá ser justificado fehacientemente ante la Dirección de RRHH.
En el supuesto de que ambos progenitores prestaran sus servicios en Renault España Comercial
S.A., solamente uno de ellos percibirá la ayuda.
Artículo 29.- Ayuda escolar.
Se establece una ayuda específica de ciento veinticinco euros (125.- €) brutos anuales de ayuda
escolar, con efectos a partir del 1 de enero de 2024, para los hijos/as con edad comprendida entre
los 3 y 16 años. Esta cuantía se devengará en el mes de septiembre de cada año.
Esta ayuda será abonada a quien legalmente ostente la guarda y custodia del hijo o hijos con derecho a
este beneficio; extremo que deberá ser justificado fehacientemente ante la Dirección de RRHH.
En el supuesto de que ambos progenitores prestaran sus servicios en Renault España Comercial
S.A., solamente uno de ellos percibirá la ayuda.
Artículo 30.- Comedor Colectivo.
Con objeto de facilitar la comida a precio económico en el recinto del centro de trabajo de la Avda.
de Europa, 1 de Alcobendas (Madrid), Renault España Comercial S.A. mantendrá un servicio de
comedor colectivo.
La Representación de los trabajadores/as colaborará con la Dirección en el seguimiento de este
servicio, efectuando así mismo las propuestas que considere oportunas para una mejor prestación
del mismo, en condiciones análogas a las actuales.
Artículo 31.- Créditos al personal.
La empresa seguirá su política de créditos para la adquisición de vivienda y vehículos nuevos, dando
la suficiente publicidad a las normas que los regulan.
En los préstamos para la adquisición o reparación de vivienda (“primero” y “segundo”) que se
concedieran al personal de RECSA, se aplicará el tipo de interés legal del dinero establecido en los
Presupuestos Generales del Estado para 2024. Asimismo, desde el registro del presente convenio,
se actualizarán los importes de créditos al personal en la normativa interna de la Empresa. Los
períodos de amortización tendrán en consideración la duración de los contratos de trabajo al objeto
de salvaguardar los intereses de la empresa.
Artículo 32.- Aportación de RECSA a la Mutua de Previsión Social del Personal de Renault España.
RECSA continuará subvencionando la llamada Mutua de Previsión Social del Personal de Renault
España con una aportación mensual en función del número de trabajadores/as afiliados a dicha
Mutua y a la cuantía de sus cuotas. La ayuda empresarial, acordada durante la vigencia del XIII
Convenio Colectivo de RECSA (2024), será de seiscientos veintidós euros con treinta y dos céntimos
(622,32.- euros) anuales durante la vigencia del convenio.
Artículo 33.- Cursillos de formación profesional y cultural.
2. La Representación de los trabajadores/as participará con la Dirección de la empresa en esta
materia. Para ello, a esta Representación se le asignan, entre otras, las siguientes competencias:
3. De asesoramiento: la Representación de los trabajadores/as podrá proponer a la Dirección
de la Empresa —a través del Área de Formación— la realización de cursillos para formación
y ampliación de conocimientos, canalizando de ese modo las aspiraciones de los
trabajadores/as.
BOCM-20240725-1
1. La empresa organizará los cursillos de formación cultural y de aquellas especialidades que
considere convenientes, informando con la debida antelación a la Representación de los
trabajadores/as sobre el contenido y desarrollo de los mismos; pudiendo la Representación
de los trabajadores/as presentar las sugerencias que se consideren interesantes para el
mejor cumplimiento de los fines propuestos.