Fresno de Torote (BOCM-20240719-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 256

VIERNES 19 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 171

El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que
actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.—Procedimiento de selección: Fase concurso.
Se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen:
MÉRITOS COMPUTABLES
a) Formación, hasta un máximo de 2 puntos:
Estar en posesión del título de ESO, bachillerato o equivalentes

1 punto.

Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones propias del puesto

De 10 a 20 horas: 0,1 punto.
De 21 a 50 horas: 0,3 puntos.
De 51 a 80 horas: 0,5 puntos.
De 81 a 150 horas: 1 puntos.

b) Experiencia: hasta un máximo de 4 puntos:
Por haber prestado servicios como personal de limpieza en la Administración Pública convocante

0,1 punto por mes, hasta un máximo
de 2 puntos.

Por haber prestado servicios en empresas adjudicatarias de servicio público de la Administración
Pública convocante

0,1 punto por mes, hasta un máximo
de 2 puntos.

Situación de desempleo o exclusión social

0,5 punto.

Carné de conducir

0,5 punto.

Además, se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen. La puntuación
total para otorgar en el concurso será de 7 puntos.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado anterior
de este artículo según el orden establecido.
Octava. Calificación.—La puntuación de todos los ejercicios será de 7 puntos, resultandos eliminados los aspirantes que no lleguen a 1 punto.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de los requisitos exigidos y formalización del contrato.—Concluida la baremación de méritos, se elevará al órgano competente
propuesta de candidatos para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga
lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
alguna.
Período de prueba:
Se establece un período de prueba de UN MES, que se iniciará una vez el aspirante
propuesto se haya incorporado al puesto de trabajo y cuya existencia y duración reflejarse
en el correspondiente contrato de trabajo.
Décima. Constitución de bolsa de trabajo.—Las personas integrantes de las Bolsas
de Trabajo ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de trabajo
es de 1 punto.
La vigencia de la misma será indefinida, mientras que no haya otro proceso selectivo.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa
de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspon-

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c) Otros: hasta un máximo de 1 punto: