C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240719-15)
Bases subvenciones – Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la orden de 20 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de Subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de subvenciones cofinanciadas en el marco del Programa FSE+ Comunidad de Madrid, 2021/2027
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 171
VIERNES 19 DE JULIO DE 2024
Pág. 75
dicado no existiese resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio
administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
5. Contra la orden por la que se resuelve el procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o bien
directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estime oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10, 46 y concordantes
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimocuarto
1. La justificación de la subvención se realizará conforme al modelo habilitado en la
página web de la Comunidad de Madrid, que incluye la siguiente documentación general
del proyecto:
a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención y de la consecución de la finalidad del programa
subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, según modelo habilitado al efecto en la convocatoria. (Formulario X).
b) Memoria económica justificativa conforme al formulario X.bis.
c) Documentación acreditativa del pago del seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
d) Medidas de publicidad adoptadas de acuerdo con los establecido en el apartado
decimosexto de la presente orden de convocatoria. (Formulario XIII).
2. Documentación justificativa del personal del proyecto:
a) Autorización cesión datos (Formulario IV).
b) En los supuestos de adscripción temporal de trabajadores fijos de la entidad deberá procederse a la novación del contrato de trabajo para dejar constancia del período y horario de adscripción y de las nuevas funciones a desempeñar acordes a
la ocupación. En este caso, se presentará documento acreditativo debidamente firmado por trabajador y entidad.
3. Documentación justificativa del participante:
1.o Autorización cesión datos. (Formulario IV).
2.o Acuerdo de compromiso del participante y del técnico que marca el inicio de su
itinerario y el desarrollo de las actuaciones en el mismo. (Formulario VI).
3.o Informe descriptivo de la situación de riesgo o exclusión social emitido por servicios sociales, los servicios especializados, los diferentes servicios de acogida habilitados la Comunidad de Madrid o directamente mediante informe motivado de
las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de estas ayudas. (Formulario VII).
4.o Informe final de la persona participante en el itinerario. (Formulario IX).
La documentación de cada uno de los participantes en el itinerario deberá agruparse en
una carpeta individualizada e identificada siguiendo este esquema: número de itinerario y
las iniciales del nombre, primer y segundo apellido de la persona participante. Las carpetas
de los participantes se ordenarán por el número del itinerario de menor a mayor. La documentación que contengan las carpetas de los participantes se denominará únicamente con
la letra correspondiente que figura en este apartado.
4. Documentación justificativa de las acciones grupales.
Se completará una hoja de control de asistencia por cada actuación grupal realizada.
En caso de actuaciones desarrolladas en modalidad virtual/telemática deberá aportarse,
además, la documentación generada por la plataforma de gestión de la acción formativa que
permita establecer la trazabilidad de la participación de las personas participantes y la verificación de su asistencia a las actuaciones desarrolladas, que incluya en todo caso, parte
de conexiones e informe de realización de actividades. (Formulario VIII). Esta documentación se aportará en una única carpeta que contendrá los formularios agrupados por cada acción/taller grupal que se realice.
BOCM-20240719-15
Documentación justificativa
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 171
VIERNES 19 DE JULIO DE 2024
Pág. 75
dicado no existiese resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio
administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
5. Contra la orden por la que se resuelve el procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o bien
directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estime oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10, 46 y concordantes
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimocuarto
1. La justificación de la subvención se realizará conforme al modelo habilitado en la
página web de la Comunidad de Madrid, que incluye la siguiente documentación general
del proyecto:
a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión de la subvención y de la consecución de la finalidad del programa
subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, según modelo habilitado al efecto en la convocatoria. (Formulario X).
b) Memoria económica justificativa conforme al formulario X.bis.
c) Documentación acreditativa del pago del seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
d) Medidas de publicidad adoptadas de acuerdo con los establecido en el apartado
decimosexto de la presente orden de convocatoria. (Formulario XIII).
2. Documentación justificativa del personal del proyecto:
a) Autorización cesión datos (Formulario IV).
b) En los supuestos de adscripción temporal de trabajadores fijos de la entidad deberá procederse a la novación del contrato de trabajo para dejar constancia del período y horario de adscripción y de las nuevas funciones a desempeñar acordes a
la ocupación. En este caso, se presentará documento acreditativo debidamente firmado por trabajador y entidad.
3. Documentación justificativa del participante:
1.o Autorización cesión datos. (Formulario IV).
2.o Acuerdo de compromiso del participante y del técnico que marca el inicio de su
itinerario y el desarrollo de las actuaciones en el mismo. (Formulario VI).
3.o Informe descriptivo de la situación de riesgo o exclusión social emitido por servicios sociales, los servicios especializados, los diferentes servicios de acogida habilitados la Comunidad de Madrid o directamente mediante informe motivado de
las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de estas ayudas. (Formulario VII).
4.o Informe final de la persona participante en el itinerario. (Formulario IX).
La documentación de cada uno de los participantes en el itinerario deberá agruparse en
una carpeta individualizada e identificada siguiendo este esquema: número de itinerario y
las iniciales del nombre, primer y segundo apellido de la persona participante. Las carpetas
de los participantes se ordenarán por el número del itinerario de menor a mayor. La documentación que contengan las carpetas de los participantes se denominará únicamente con
la letra correspondiente que figura en este apartado.
4. Documentación justificativa de las acciones grupales.
Se completará una hoja de control de asistencia por cada actuación grupal realizada.
En caso de actuaciones desarrolladas en modalidad virtual/telemática deberá aportarse,
además, la documentación generada por la plataforma de gestión de la acción formativa que
permita establecer la trazabilidad de la participación de las personas participantes y la verificación de su asistencia a las actuaciones desarrolladas, que incluya en todo caso, parte
de conexiones e informe de realización de actividades. (Formulario VIII). Esta documentación se aportará en una única carpeta que contendrá los formularios agrupados por cada acción/taller grupal que se realice.
BOCM-20240719-15
Documentación justificativa