C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240719-15)
Bases subvenciones –  Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la orden de 20 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de Subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de subvenciones cofinanciadas en el marco del Programa FSE+ Comunidad de Madrid, 2021/2027
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B.O.C.M. Núm. 171

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE JULIO DE 2024

b) Derivación a las empresas de inserción si la persona destinataria de la actuación
requiere itinerarios de mayor duración para su empleabilidad. Esta derivación
puede realizarse en cualquier momento del itinerario, con sujeción a lo dispuesto
en la Ley 44/2007 sobre el acceso de personas en situación de exclusión social a
las empresas de inserción.
c) Acciones de acompañamiento durante el desarrollo del itinerario personalizado de
inserción. Consistirá en un proceso continuado, de seguimiento individual y personalizado que se llevará a cabo por parte del técnico asignado a través de diferentes
entrevistas personales de periodicidad mensual, preferentemente presencial, a lo
largo de las distintas etapas del itinerario. Se realizarán revisiones y actualizaciones periódicas y, en todo caso, siempre que sea requerido por el participante. Las
variaciones que se produzcan en el itinerario respecto del diseño inicial en el
acuerdo de compromiso de participación deberán recogerse documentalmente y
hallarse debidamente firmadas por el técnico de orientación y el participante en su
informe final. Asimismo, deberá verificar el cumplimiento de los objetivos y etapas fijadas en el itinerario.
d) Acciones de orientación laboral para facilitar la búsqueda activa de empleo y mejora de su empleabilidad, con el siguiente contenido:
1.o Habilidades sociales, de comunicación y laborales básicas. Se trabajarán aspectos como el respeto a la diferencia y a la diversidad, la competencia para
la comunicación hablada y escrita en lengua española, habilidades para el trabajo (disciplina horaria y de tareas, entre otras) (Taller 1).
2.o Asesoramiento para la elaboración del currículo (Taller 2).
3.o Técnicas de búsqueda activa de empleo, que comprenda información y asesoramiento sobre el funcionamiento y manejo básico de los portales de empleo,
públicos y privados, las aplicaciones y herramientas telemáticas y el uso de
las redes sociales profesionales u otras que puedan ser útiles para la inserción
laboral de la persona participante en el itinerario (Taller 3).
4.o Orientación laboral que incluya información relativa a los distintos recursos
de empleo y formación que se ofrecen, en concreto desde la Red de Oficinas
de Empleo de la Comunidad de Madrid, así como información sobre la situación del mercado laboral y oportunidades de movilidad laboral (Taller 4).
5.o Información sobre normativa laboral: tipos de contratos, derechos y obligaciones de los trabajadores, normativa básica en materia de extranjería y Seguridad Social, especialmente en lo relativo a las prestaciones por desempleo y
nociones básicas sobre las nóminas y sus conceptos (Taller 5).
6.o Información y motivación sobre emprendimiento y economía social. (Taller 6).
7.o Cualquier otra acción o taller que se estime oportuno para facilitar la búsqueda activa de empleo y mejora de su empleabilidad. Deberán ser incluidos en
la memoria proyecto, conforme al modelo disponible en la página web de la
Comunidad de Madrid, debidamente numerados e incluyendo una breve descripción de su contenido, sus características, su carácter individual o grupal,
modalidad de impartición, tiempo estimado de realización, así como la relación de los medios humanos y materiales adecuados disponibles para el desarrollo del taller.
Cada una de estas acciones de orientación laboral se desarrollará preferentemente
en modalidad grupal.
Las personas participantes deberán realizar al menos 4 acciones y/o talleres de
orientación laboral como parte de su itinerario.
e) Acciones formativas de cualificación, recualificación y/o reciclaje que permitan la
adquisición de conocimientos técnicos y habilidades adecuadas y suficientes para
el desempeño laboral o, en su caso, el reciclaje y actualización de conocimientos
y procedimientos en su ámbito de competencias profesionales. Podrá derivarse a
las personas participantes para la realización de acciones formativas impartidas
por otras entidades sin perjuicio del cumplimiento de las actuaciones obligatorias
establecidas en los términos definidos en este apartado octavo.
f) Talleres de competencias transversales que mejoren la integración laboral y social
de los participantes (alfabetización digital, trabajo en equipo, gestión eficaz del
tiempo, orientación al logro, hábitos de higiene e imagen personal, igualdad de
oportunidades y género, medioambiente, prevención de riesgos laborales, etc.).
Estas acciones transversales deberán desarrollarse con periodicidad mensual y

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