D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240718-63)
Convenio – Adenda III de 4 de julio de 2024, al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., el 7 de septiembre de 2022, para la promoción conjunta del destino Madrid
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BOCM
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 170
El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación directa de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, ejecución modificación o resolución del Convenio que no sean objeto de conciliación en el seno
de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la Cláusula Sexta, serán sometidas a los Tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman el presente documento electrónicamente en Madrid, quedando un ejemplar en
poder de cada una de ellas, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 4 de julio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Directora General
de Turismo y Hostelería, P. D (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), Laura Martínez
Cerro.—Por Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., el Director de Turismo,
Héctor Coronel González.
ANEXO I
BRIEFING, ALCANCE DE DERECHOS Y PLANIFICACIÓN DEL RODAJE
Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
Comunidad de Madrid y Madrid Destino definirán conjuntamente el briefing audiovisual que servirá de base para la elaboración del guion del Vídeo Final y las adaptaciones a
formatos más cortos tanto en horizontal como vertical para su reproducción y comunicación pública en RRSS.
El Vídeo Final y adaptaciones derivadas incorporarán los logos de la Comunidad de
Madrid y del Ayuntamiento de Madrid como cierre del vídeo y no podrán modificarse ni
editarse por ninguna de las partes sin previo acuerdo de la otra parte como copropietaria.
El Vídeo Final y las adaptaciones solo podrán ser utilizadas en campañas publicitarias
o promocionales propias de la Comunidad de Madrid o del Ayuntamiento de Madrid durante el período de vigencia del derecho auxiliar de imagen de los actores participantes, así
como, en el ámbito territorial.
El Video Final y las adaptaciones también podrán ser utilizados en campañas de comunicación y acciones conjuntas con entidades colaboradoras o como derecho de retorno publicitario en contratos de patrocinio que formalicen la Comunidad de Madrid o Madrid Destino.
La vigencia del derecho auxiliar de imagen de los actores y figurantes participantes en el
Vídeo Final será de un año a contar desde la primera comunicación público en cada uno de
los territorios de los mercados de Europa, América (en su integridad) y Asia, siendo susceptibles de renovación por períodos de un año adicionales o de ampliación territorial a otros mercados. La fecha de estreno del Video Final en FITUR no computará en cuanto a la vigencia
del alcance temporal de los derechos. La música a sincronizar será música de librería.
La grabación de planos y recursos de la ciudad y región sin captación de imágenes de
actores y/o figurantes de forma reconocible o identificable podrá ser incorporada en los
bancos audiovisuales de cada entidad para su explotación posterior de forma independiente, para lo que podrá ser requerido una unidad de apoyo en el rodaje.
El rodaje de planos se realizará en el segundo semestre de 2024. El plan de rodaje será
flexible sujeto a ajustes según el desarrollo del guion y las necesidades logísticas y/o meteorológicas que surjan durante la preproducción. El formato de rodaje se adaptará a las diferentes finalidades y usos del Vídeo Final y las adaptaciones que contemplen las Partes, incluida
la posibilidad de rodar en formato vertical para su posterior difusión en redes sociales.
Las Partes se comprometen aprobar el guion y el calendario para la producción de la
ejecución con la máxima antelación en función de los plazos de tramitación del procedimiento de contratación. El calendario de producción incluirá el desglose de tareas y duraciones de las mismas, con indicación del número de jornadas de grabación, edición y
postproducción estimados.
Se estima un máximo de 6 jornadas de rodaje, así como de 2 actores principales, siempre dependiendo de las necesidades finales del guion aceptado por ambas partes. Se podrá
contar con actores secundarios y extras, ajustando el elenco según lo requiera el guion definitivo. El rodaje se llevará a cabo con cámaras profesionales de calidad publicitaria.
BOCM-20240718-63
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 170
El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación directa de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, ejecución modificación o resolución del Convenio que no sean objeto de conciliación en el seno
de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la Cláusula Sexta, serán sometidas a los Tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman el presente documento electrónicamente en Madrid, quedando un ejemplar en
poder de cada una de ellas, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 4 de julio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Directora General
de Turismo y Hostelería, P. D (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), Laura Martínez
Cerro.—Por Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., el Director de Turismo,
Héctor Coronel González.
ANEXO I
BRIEFING, ALCANCE DE DERECHOS Y PLANIFICACIÓN DEL RODAJE
Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
Comunidad de Madrid y Madrid Destino definirán conjuntamente el briefing audiovisual que servirá de base para la elaboración del guion del Vídeo Final y las adaptaciones a
formatos más cortos tanto en horizontal como vertical para su reproducción y comunicación pública en RRSS.
El Vídeo Final y adaptaciones derivadas incorporarán los logos de la Comunidad de
Madrid y del Ayuntamiento de Madrid como cierre del vídeo y no podrán modificarse ni
editarse por ninguna de las partes sin previo acuerdo de la otra parte como copropietaria.
El Vídeo Final y las adaptaciones solo podrán ser utilizadas en campañas publicitarias
o promocionales propias de la Comunidad de Madrid o del Ayuntamiento de Madrid durante el período de vigencia del derecho auxiliar de imagen de los actores participantes, así
como, en el ámbito territorial.
El Video Final y las adaptaciones también podrán ser utilizados en campañas de comunicación y acciones conjuntas con entidades colaboradoras o como derecho de retorno publicitario en contratos de patrocinio que formalicen la Comunidad de Madrid o Madrid Destino.
La vigencia del derecho auxiliar de imagen de los actores y figurantes participantes en el
Vídeo Final será de un año a contar desde la primera comunicación público en cada uno de
los territorios de los mercados de Europa, América (en su integridad) y Asia, siendo susceptibles de renovación por períodos de un año adicionales o de ampliación territorial a otros mercados. La fecha de estreno del Video Final en FITUR no computará en cuanto a la vigencia
del alcance temporal de los derechos. La música a sincronizar será música de librería.
La grabación de planos y recursos de la ciudad y región sin captación de imágenes de
actores y/o figurantes de forma reconocible o identificable podrá ser incorporada en los
bancos audiovisuales de cada entidad para su explotación posterior de forma independiente, para lo que podrá ser requerido una unidad de apoyo en el rodaje.
El rodaje de planos se realizará en el segundo semestre de 2024. El plan de rodaje será
flexible sujeto a ajustes según el desarrollo del guion y las necesidades logísticas y/o meteorológicas que surjan durante la preproducción. El formato de rodaje se adaptará a las diferentes finalidades y usos del Vídeo Final y las adaptaciones que contemplen las Partes, incluida
la posibilidad de rodar en formato vertical para su posterior difusión en redes sociales.
Las Partes se comprometen aprobar el guion y el calendario para la producción de la
ejecución con la máxima antelación en función de los plazos de tramitación del procedimiento de contratación. El calendario de producción incluirá el desglose de tareas y duraciones de las mismas, con indicación del número de jornadas de grabación, edición y
postproducción estimados.
Se estima un máximo de 6 jornadas de rodaje, así como de 2 actores principales, siempre dependiendo de las necesidades finales del guion aceptado por ambas partes. Se podrá
contar con actores secundarios y extras, ajustando el elenco según lo requiera el guion definitivo. El rodaje se llevará a cabo con cámaras profesionales de calidad publicitaria.
BOCM-20240718-63
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID