Los Molinos (BOCM-20240715-75)
Organización y funcionamiento. Reglamento Mesa General Negociación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JULIO DE 2024

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d Vocales representantes de la Corporación:
Por parte de la Corporación podrán asistir un máximo de cuatro ediles cuyos
votos serán equivalentes a los votos de la parte social.
La Mesa quedará válidamente constituida cuando estén presentes por una parte la representación de la Corporación, el Alcalde y el concejal de RRHH, y por otra, la mayoría
absoluta de los representantes de los empleados municipales.
2. La representación de la Corporación y la representación de los empleados públicos podrán delegarse. En este caso, el representante que actúe por delegación de otro, deberá acreditarse ante el secretario de la Mesa antes del inicio de la sesión.
La delegación faculta al delegado para asistir a las reuniones con los mismos derechos
que el delegante.
Las delegaciones deberán notificarse previamente a la Mesa.
3. Las partes negociadoras podrán contar con la asistencia en las deliberaciones de
asesores con voz, pero sin voto. Cada sindicato podrá asistir acompañado de un asesor
como máximo, que deberá acreditarse ante la Mesa antes del inicio de la sesión
Art. 4. Adopción de Acuerdos.—La adopción de Acuerdos o Pactos requerirá del
voto favorable de los representantes de la Administración y de la mayoría simple de la representación de los empleados públicos con derecho de voto.
Art. 5. Materias objeto de negociación.—1. La MGN ejercerá sus funciones con
respecto a las materias previstas en la legislación aplicable y vigente en cada caso.
Sin ser una enumeración exhaustiva, las siguientes:
a) La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de los empleados del Ayuntamiento de Los Molinos.
b) Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, productividades, gratificaciones, teletrabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos.
c) Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del ejercicio.
d) Los Planes de Previsión Social Complementaria.
e) Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna.
f) Los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales y pensiones
de clases pasivas.
g) Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.
h) Los criterios generales de acción social.
i) Los que así establezca la normativa de prevención de riesgos laborales.

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yan obtenido el 10 por 100 o más de los representantes en las elecciones para Delegados y
Juntas de Personal o Comité de Empresa del Ayuntamiento de Los Molinos.
De esta manera estará compuesta por los siguientes miembros:
— Presidencia: La ostentará el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Los Molinos, o Concejal en quien delegue.
— Secretaría: Se designará a propuesta del Presidente/a de la Mesa General de Negociación, de entre los integrantes de la referida Mesa. El secretario de la mesa dispondrá de voz y voto si tuviera la legitimación originaria para formar parte de la
Mesa. En el caso de que fuera designado de entre el resto del personal del Ayuntamiento solo dispondrá de voz, pero no de voto.
— Vocales:
d Vocales representantes de los empleados públicos:
1. Representantes del personal laboral elegidos en el último proceso electoral
celebrado en este Ayuntamiento. Con voz y voto.
2. Representantes del personal funcionario elegidos en el último proceso
electoral celebrado en este Ayuntamiento. Con voz y voto.
3. Un representante por cada uno de las Organizaciones Sindicales más representativas a nivel estatal y/o de la Comunidad de Madrid. Estos vocales deberán acreditarse ante la Mesa de Negociación antes del inicio de la sesión.
Con voz y voto.
El número máximo de vocales representantes de los empleados públicos será
de ocho. Si no pudiera asistir algún representante de los empleados municipales, en ese podrá delegar su voto en otro vocal ante el secretario de la Mesa.