Griñón (BOCM-20240715-72)
Organización y funcionamiento. Ordenanza edificación
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
LUNES 15 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 167
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
prohíben elementos de mobiliario y enseres, convertibles o no, que permitan en su conjunto
pernoctar o realizar actividades propias del uso residencial.
b) En las edificaciones comerciales o industriales se prohíbe igualmente la instalación de cocinas,
sean cerradas o abiertas, así como la presencia de elementos como solados, alicatados, tomas de
corriente, extractores u otros que faciliten su implantación posterior. Se admitirá únicamente
disponer de un único espacio dentro del espacio general de la actividad, sin cerrar por elementos
fijos o desmontables, para la ubicación de una nevera y un horno microondas, no admitiéndose
la instalación ni preinstalación de lavadoras, lavavajillas, secadoras, fregaderos ni otros elementos
propios del uso residencial.
c) Se prohíbe también la compartimentación con cualquier tipo de división fija o desmontable para
la instalación de dormitorios o la disposición o presencia de elementos como tomas de corriente,
interruptores, armarios u otros que faciliten su implantación posterior.
d) Como excepción a lo anterior, los servicios técnicos municipales podrán autorizar la exención del
cumplimiento de alguna de las prohibiciones, si la actividad lo requiriera, siendo obligatorio en
este caso la solicitud y concesión conjunta de las licencias de obras y actividad, así como las
correspondientes de primera ocupación y funcionamiento, a fin de garantizar el ajuste de lo
proyectado a la obra ejecutada. Las excepciones deberán justificarse expresamente en los
proyectos de obras y actividad que se admitirán únicamente por razón de las características o
necesidades de la actividad.
BOCM-20240715-72
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 167
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
prohíben elementos de mobiliario y enseres, convertibles o no, que permitan en su conjunto
pernoctar o realizar actividades propias del uso residencial.
b) En las edificaciones comerciales o industriales se prohíbe igualmente la instalación de cocinas,
sean cerradas o abiertas, así como la presencia de elementos como solados, alicatados, tomas de
corriente, extractores u otros que faciliten su implantación posterior. Se admitirá únicamente
disponer de un único espacio dentro del espacio general de la actividad, sin cerrar por elementos
fijos o desmontables, para la ubicación de una nevera y un horno microondas, no admitiéndose
la instalación ni preinstalación de lavadoras, lavavajillas, secadoras, fregaderos ni otros elementos
propios del uso residencial.
c) Se prohíbe también la compartimentación con cualquier tipo de división fija o desmontable para
la instalación de dormitorios o la disposición o presencia de elementos como tomas de corriente,
interruptores, armarios u otros que faciliten su implantación posterior.
d) Como excepción a lo anterior, los servicios técnicos municipales podrán autorizar la exención del
cumplimiento de alguna de las prohibiciones, si la actividad lo requiriera, siendo obligatorio en
este caso la solicitud y concesión conjunta de las licencias de obras y actividad, así como las
correspondientes de primera ocupación y funcionamiento, a fin de garantizar el ajuste de lo
proyectado a la obra ejecutada. Las excepciones deberán justificarse expresamente en los
proyectos de obras y actividad que se admitirán únicamente por razón de las características o
necesidades de la actividad.
BOCM-20240715-72
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID