Griñón (BOCM-20240715-72)
Organización y funcionamiento. Ordenanza edificación
76 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JULIO DE 2024
Pág. 225
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
Art. 64.
Soportales, porches o zonas porticadas
Son las estructuras exteriores de un edificio que forman accesos cubiertos, bien a la puerta principal de
entrada en la planta baja del edificio, bien a piezas habitables en viviendas. Estarán sujetas a las siguientes
condiciones:
a) A efectos de cálculo de la superficie total construida, por analogía con las terrazas, computarán:
1. El 25% de su superficie si están abiertos por todo su perímetro y el portal del edificio está a
una o más crujías hacia el interior respecto de los planos de fachada perimetrales.
2. El 50% de su superficie cuando no estén cerradas por ninguno de sus tres lados, sin contar el
cierre situado en el plano de fachada.
3. El 75% de su superficie cuando estén cerrados por dos de sus lados.
4. El 100% de su superficie cuando estén cerrados por tres de sus lados.
b) A efectos de la ocupación computarán el 100% de su superficie.
Los cenadores instalados en el interior de las parcelas privadas cumplirán las mismas condiciones
especificadas en este artículo.
Art. 65.
Casetas de control de acceso
Se entiende por caseta de control de acceso, la edificación menor y accesoria destinada a albergar al
personal y/o los equipos, de seguridad, conserjería y/o limpieza, que prestan servicios a la edificación
principal.
Se establecerán como edificios únicos en los accesos a la parcela. No podrán volar sobre la alineación
oficial y se construirán con materiales similares a los utilizados en la edificación principal o el cerramiento
de la parcela.
No podrán construirse en parcelas de menos de 1.500 m² y tendrán una altura de cumbrera igual o inferior
a 3,50m.
Su superficie construida no superará los 8m², salvo que las normas sectoriales aplicables en el caso de
servicios de vigilancia armada lo exijan.
BOCM-20240715-72
Computará a efectos de superficie construida y ocupación de la parcela.
B.O.C.M. Núm. 167
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JULIO DE 2024
Pág. 225
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
Art. 64.
Soportales, porches o zonas porticadas
Son las estructuras exteriores de un edificio que forman accesos cubiertos, bien a la puerta principal de
entrada en la planta baja del edificio, bien a piezas habitables en viviendas. Estarán sujetas a las siguientes
condiciones:
a) A efectos de cálculo de la superficie total construida, por analogía con las terrazas, computarán:
1. El 25% de su superficie si están abiertos por todo su perímetro y el portal del edificio está a
una o más crujías hacia el interior respecto de los planos de fachada perimetrales.
2. El 50% de su superficie cuando no estén cerradas por ninguno de sus tres lados, sin contar el
cierre situado en el plano de fachada.
3. El 75% de su superficie cuando estén cerrados por dos de sus lados.
4. El 100% de su superficie cuando estén cerrados por tres de sus lados.
b) A efectos de la ocupación computarán el 100% de su superficie.
Los cenadores instalados en el interior de las parcelas privadas cumplirán las mismas condiciones
especificadas en este artículo.
Art. 65.
Casetas de control de acceso
Se entiende por caseta de control de acceso, la edificación menor y accesoria destinada a albergar al
personal y/o los equipos, de seguridad, conserjería y/o limpieza, que prestan servicios a la edificación
principal.
Se establecerán como edificios únicos en los accesos a la parcela. No podrán volar sobre la alineación
oficial y se construirán con materiales similares a los utilizados en la edificación principal o el cerramiento
de la parcela.
No podrán construirse en parcelas de menos de 1.500 m² y tendrán una altura de cumbrera igual o inferior
a 3,50m.
Su superficie construida no superará los 8m², salvo que las normas sectoriales aplicables en el caso de
servicios de vigilancia armada lo exijan.
BOCM-20240715-72
Computará a efectos de superficie construida y ocupación de la parcela.