Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
Art. 53. Hidrología y Saneamiento. Protección del Medio Hídrico.—El ámbito se
encuentra en un estado de erosión generalizada sin una cubierta vegetal viva de especial calidad. En todo caso:
1. Se vigilará la no afección de las condiciones hidrológicas con especial atención
durante el movimiento de tierras y la obra civil del nuevo viario.
2. Se acotarán las áreas de acopio y gestión de residuos, preferentemente cubiertas
y, en caso necesario, se instalarán elementos de retención para evitar que el agua de lluvia
pueda arrastrar restos de residuos o tierra al cauce del arroyo.
3. Se evitará el uso de agua potable para los trabajos de construcción o limpieza de obra.
4. En aquellas zonas donde el nivel freático se encuentra más superficial y aflore
agua durante las excavaciones, estará prevista la utilización de bombas de achique que evitarán la anegación de los terrenos. Esta agua se podrá enviar a la red de saneamiento si se
han realizado las analíticas correspondientes que demuestren que el agua no tiene contaminantes ni sólidos sedimentables o en suspensión, y si se dispone de la autorización pertinente del Ayuntamiento de Madrid.
Art. 54. Protección del Suelo.—Las principales afecciones previstas, relacionadas
con la calidad del suelo están relacionadas con la pérdida de parte del material de subsuelo, más que con la alteración de sus características. Ver también el artículo sobre gestión de
residuos.
1. Durante la fase de obras, es fundamental establecer un código de buenas prácticas
que sea adecuadamente difundido entre los contratistas de las obras y demás operarios, que
asegure una adecuada gestión de los residuos generados, así como la prevención de derrames de sustancias contaminantes (aceites, productos químicos, etc.) utilizadas durante el
desarrollo de las diferentes actividades que se ejecutarán en esta fase.
2. A pesar de que el estudio de caracterización del suelo concluye la no presencia de
sustancias contaminantes más comunes, y solo evidencia la presencia de metales en concentraciones propias del fondo geoquímico de la zona, durante la retirada de escombros y
residuos pre-existentes se deberá vigilar que no existan elementos que hayan podido dar lugar a la contaminación del suelo o evidencias de que esta se hayan producido, verificando
el carácter inerte de las tierras, incluso recurriendo a métodos de análisis en laboratorio en
caso de advertir la presencia de sustancias o elementos potencialmente contaminantes. En
ese caso, las tierras contaminadas se gestionarán adecuadamente, de acuerdo con la legislación vigente.
3. Se tomarán las precauciones necesarias para evitar la contaminación de cauces o
aguas subterráneas desde las zonas de acopio, parque de maquinaria, vertidos accidentales,
etc. mediante la disposición de impermeabilizaciones temporales, barreras de retención de
sedimentos, diques o balsas de decantación donde sea necesario.
4. Se retirará y conservará adecuadamente la tierra vegetal de calidad para ser empleada con posterioridad en labores de restauración y revegetación de áreas afectadas por
las obras.
5. Se procederá a la eliminación adecuada de los materiales sobrantes en obra y vertidos de todo tipo que de forma accidental se hubieran podido provocar, y al correcto desmantelamiento de las instalaciones, una vez hayan finalizado los trabajos de construcción.
6. Para evitar la continuación de procesos erosivos se dispondrá la siembra de herbáceas y matorrales en futuras zonas verdes o en aquellos lugares en los que sea posible,
con objeto de asegurar la restauración y recuperación de zonas de uso temporal e instalaciones provisionales durante la fase de obras.
7. Se evitará que el movimiento de tierras afecte a áreas situadas fuera del ámbito de
la actuación, tomando las precauciones necesarias para que los materiales o productos líquidos no se viertan sobre el terreno en las zonas de acopio.
8. Se evitará la compactación y erosión hídrica y eólica de los materiales, limitándose su tiempo de apilado.
9. Se tomarán las precauciones necesarias para que los materiales o productos líquidos (aceites, combustibles, disolventes, imprimaciones etc.) puedan verterse sobre el terreno en las zonas de trabajo o acopio.
10. En ningún caso se realizarán vertidos como tal dentro de la zona de actuación, si
bien si se podrán emplear materiales excavados para el relleno de otras zonas cuando la explanación o el diseño así lo requieran.
Art. 55. Protección Arqueológica.—1. En los futuros trabajos de urbanización,
atendiendo a las instrucciones de la hoja informativa de la DG de Patrimonio Cultural de la
BOCM-20240712-53
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
Art. 53. Hidrología y Saneamiento. Protección del Medio Hídrico.—El ámbito se
encuentra en un estado de erosión generalizada sin una cubierta vegetal viva de especial calidad. En todo caso:
1. Se vigilará la no afección de las condiciones hidrológicas con especial atención
durante el movimiento de tierras y la obra civil del nuevo viario.
2. Se acotarán las áreas de acopio y gestión de residuos, preferentemente cubiertas
y, en caso necesario, se instalarán elementos de retención para evitar que el agua de lluvia
pueda arrastrar restos de residuos o tierra al cauce del arroyo.
3. Se evitará el uso de agua potable para los trabajos de construcción o limpieza de obra.
4. En aquellas zonas donde el nivel freático se encuentra más superficial y aflore
agua durante las excavaciones, estará prevista la utilización de bombas de achique que evitarán la anegación de los terrenos. Esta agua se podrá enviar a la red de saneamiento si se
han realizado las analíticas correspondientes que demuestren que el agua no tiene contaminantes ni sólidos sedimentables o en suspensión, y si se dispone de la autorización pertinente del Ayuntamiento de Madrid.
Art. 54. Protección del Suelo.—Las principales afecciones previstas, relacionadas
con la calidad del suelo están relacionadas con la pérdida de parte del material de subsuelo, más que con la alteración de sus características. Ver también el artículo sobre gestión de
residuos.
1. Durante la fase de obras, es fundamental establecer un código de buenas prácticas
que sea adecuadamente difundido entre los contratistas de las obras y demás operarios, que
asegure una adecuada gestión de los residuos generados, así como la prevención de derrames de sustancias contaminantes (aceites, productos químicos, etc.) utilizadas durante el
desarrollo de las diferentes actividades que se ejecutarán en esta fase.
2. A pesar de que el estudio de caracterización del suelo concluye la no presencia de
sustancias contaminantes más comunes, y solo evidencia la presencia de metales en concentraciones propias del fondo geoquímico de la zona, durante la retirada de escombros y
residuos pre-existentes se deberá vigilar que no existan elementos que hayan podido dar lugar a la contaminación del suelo o evidencias de que esta se hayan producido, verificando
el carácter inerte de las tierras, incluso recurriendo a métodos de análisis en laboratorio en
caso de advertir la presencia de sustancias o elementos potencialmente contaminantes. En
ese caso, las tierras contaminadas se gestionarán adecuadamente, de acuerdo con la legislación vigente.
3. Se tomarán las precauciones necesarias para evitar la contaminación de cauces o
aguas subterráneas desde las zonas de acopio, parque de maquinaria, vertidos accidentales,
etc. mediante la disposición de impermeabilizaciones temporales, barreras de retención de
sedimentos, diques o balsas de decantación donde sea necesario.
4. Se retirará y conservará adecuadamente la tierra vegetal de calidad para ser empleada con posterioridad en labores de restauración y revegetación de áreas afectadas por
las obras.
5. Se procederá a la eliminación adecuada de los materiales sobrantes en obra y vertidos de todo tipo que de forma accidental se hubieran podido provocar, y al correcto desmantelamiento de las instalaciones, una vez hayan finalizado los trabajos de construcción.
6. Para evitar la continuación de procesos erosivos se dispondrá la siembra de herbáceas y matorrales en futuras zonas verdes o en aquellos lugares en los que sea posible,
con objeto de asegurar la restauración y recuperación de zonas de uso temporal e instalaciones provisionales durante la fase de obras.
7. Se evitará que el movimiento de tierras afecte a áreas situadas fuera del ámbito de
la actuación, tomando las precauciones necesarias para que los materiales o productos líquidos no se viertan sobre el terreno en las zonas de acopio.
8. Se evitará la compactación y erosión hídrica y eólica de los materiales, limitándose su tiempo de apilado.
9. Se tomarán las precauciones necesarias para que los materiales o productos líquidos (aceites, combustibles, disolventes, imprimaciones etc.) puedan verterse sobre el terreno en las zonas de trabajo o acopio.
10. En ningún caso se realizarán vertidos como tal dentro de la zona de actuación, si
bien si se podrán emplear materiales excavados para el relleno de otras zonas cuando la explanación o el diseño así lo requieran.
Art. 55. Protección Arqueológica.—1. En los futuros trabajos de urbanización,
atendiendo a las instrucciones de la hoja informativa de la DG de Patrimonio Cultural de la
BOCM-20240712-53
BOCM