Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
Art. 48. Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.—Además de la repercusión
sobre la necesaria mitigación y adaptación a las consecuencias del Cambio Climático de
muchas de las medidas enumeradas en otros apartados:
1. Se promoverá el uso de materiales ecológicos en la urbanización y edificación teniendo en cuenta la huella de carbono vinculada a todo su ciclo de vida, atendiendo a su
análisis de ciclo de vida (ACV).
2. Se fomentará el diseño bioclimático en la futura edificación, procurando la introducción e interacción entre los elementos que mejor favorezcan la creación de microclimas
templados.
3. Se utilizará el arbolado como sumidero eficiente de CO2 y fuente de oxígeno al
medio, seleccionando:
a. Especias autóctonas de bajos requerimientos hídricos y baja polinización.
b. Especies de hoja caduca en las proximidades de la edificación, que permita controlar el soleamiento, protegiendo las fachadas del sol en época estival y favoreciendo la irradiación sobre las fachadas durante el invierno.
Art. 49. Calidad Acústica.—1. El diseño de las futuras edificaciones está sujeto al
cumplimiento del DB-HR del CTE. El aislamiento acústico a ruido aéreo D 2m,nT,Atr de
cada fachada deberá adecuarse a lo establecido en la tabla 2.1 del Documento Básico de
protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación (CTE DB-HR) para cada
uso específico, tomando como referencia el nivel sonoro exterior correspondiente al periodo Día (Ld) previsto en el Estudio Acústico del PPRI o en otro más específico y actualizado que pudiera llevarse a cabo durante la redacción de los proyectos constructivos correspondientes.
2. En principio, se fijan las siguientes medidas para los futuros proyectos:
a. Las fachadas orientadas hacia el paseo de Plata y Castañar de las edificaciones residenciales de las manzanas 05 y 06 deberán tener un aislamiento mínimo a ruido
aéreo D 2m,nT de 32 dBA para dormitorios y 30 dBA para estancias, tal y como
establece la tabla 2.1 del Documento Básico Protección Contra el Ruido (DB-HR)
del Código Técnico de la Edificación.
b. Las zonas verdes de las parcelas 12 y 13 deberán diseñarse de forma que las áreas
más próximas al paseo de Plata y Castañar y calle Villalonso, no se destinen a uso
estancial nocturno, y sí como un área de uso recreativo no estancial o simplemente paisajístico (zona arbolada).
3. Medidas preventivas de carácter general:
a. Relativas al templado de tráfico, la recogida de residuos y servicios de limpieza, a
la regulación de actividades y a la vigilancia de la contaminación acústica:
i. En las vías de circulación interior de acceso directo a las viviendas se regulará una
velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos de tracción mecánica.
ii. Para la consecución de las velocidades máximas consideradas en este estudio,
se propiciará la utilización de medidas de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los niveles de emisión acústica:
— Badenes continuos y elevaciones de la calzada (badenes o almohadas de
sección circular) cada 50 m aproximadamente.
— Cambios de pavimento sin discontinuidad brusca (cambios de coloración
o cambios de textura en zonas de baja velocidad) en el viario interior de
acceso.
— Cualquiera de estas medidas se señalizará con la antelación y claridad suficientes para evitar cambios bruscos de velocidad.
iii. Se utilizará una señalización de tráfico que transmita al conductor las necesidades de confort acústico del entorno, además de una simple limitación de velocidad.
iv. Los materiales que conformen las calzadas de las nuevas vías deberán ser uniformes, evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos
como empedrados o adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30 km/h.
v. Se recomienda el empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica como los asfaltos drenantes, silenciosos y microaglomerados.
BOCM-20240712-53
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
Art. 48. Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.—Además de la repercusión
sobre la necesaria mitigación y adaptación a las consecuencias del Cambio Climático de
muchas de las medidas enumeradas en otros apartados:
1. Se promoverá el uso de materiales ecológicos en la urbanización y edificación teniendo en cuenta la huella de carbono vinculada a todo su ciclo de vida, atendiendo a su
análisis de ciclo de vida (ACV).
2. Se fomentará el diseño bioclimático en la futura edificación, procurando la introducción e interacción entre los elementos que mejor favorezcan la creación de microclimas
templados.
3. Se utilizará el arbolado como sumidero eficiente de CO2 y fuente de oxígeno al
medio, seleccionando:
a. Especias autóctonas de bajos requerimientos hídricos y baja polinización.
b. Especies de hoja caduca en las proximidades de la edificación, que permita controlar el soleamiento, protegiendo las fachadas del sol en época estival y favoreciendo la irradiación sobre las fachadas durante el invierno.
Art. 49. Calidad Acústica.—1. El diseño de las futuras edificaciones está sujeto al
cumplimiento del DB-HR del CTE. El aislamiento acústico a ruido aéreo D 2m,nT,Atr de
cada fachada deberá adecuarse a lo establecido en la tabla 2.1 del Documento Básico de
protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación (CTE DB-HR) para cada
uso específico, tomando como referencia el nivel sonoro exterior correspondiente al periodo Día (Ld) previsto en el Estudio Acústico del PPRI o en otro más específico y actualizado que pudiera llevarse a cabo durante la redacción de los proyectos constructivos correspondientes.
2. En principio, se fijan las siguientes medidas para los futuros proyectos:
a. Las fachadas orientadas hacia el paseo de Plata y Castañar de las edificaciones residenciales de las manzanas 05 y 06 deberán tener un aislamiento mínimo a ruido
aéreo D 2m,nT de 32 dBA para dormitorios y 30 dBA para estancias, tal y como
establece la tabla 2.1 del Documento Básico Protección Contra el Ruido (DB-HR)
del Código Técnico de la Edificación.
b. Las zonas verdes de las parcelas 12 y 13 deberán diseñarse de forma que las áreas
más próximas al paseo de Plata y Castañar y calle Villalonso, no se destinen a uso
estancial nocturno, y sí como un área de uso recreativo no estancial o simplemente paisajístico (zona arbolada).
3. Medidas preventivas de carácter general:
a. Relativas al templado de tráfico, la recogida de residuos y servicios de limpieza, a
la regulación de actividades y a la vigilancia de la contaminación acústica:
i. En las vías de circulación interior de acceso directo a las viviendas se regulará una
velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos de tracción mecánica.
ii. Para la consecución de las velocidades máximas consideradas en este estudio,
se propiciará la utilización de medidas de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los niveles de emisión acústica:
— Badenes continuos y elevaciones de la calzada (badenes o almohadas de
sección circular) cada 50 m aproximadamente.
— Cambios de pavimento sin discontinuidad brusca (cambios de coloración
o cambios de textura en zonas de baja velocidad) en el viario interior de
acceso.
— Cualquiera de estas medidas se señalizará con la antelación y claridad suficientes para evitar cambios bruscos de velocidad.
iii. Se utilizará una señalización de tráfico que transmita al conductor las necesidades de confort acústico del entorno, además de una simple limitación de velocidad.
iv. Los materiales que conformen las calzadas de las nuevas vías deberán ser uniformes, evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos
como empedrados o adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30 km/h.
v. Se recomienda el empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica como los asfaltos drenantes, silenciosos y microaglomerados.
BOCM-20240712-53
BOCM