Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 165

5. En todo caso se debe contar con una mayor parte de superficie de suelo permeable y con presencia de vegetación arbolada que contribuya no solo a todo lo anterior, sino
a la fijación de CO2 y a la mejora de la calidad del aire, así como a la mitigación del efecto isla de calor.
6. Sin disponer de datos más locales, y con la referencia de la estación de Cuatro
Vientos, considerar la dominancia del viento del Suroeste para el diseño de las zonas verdes, protegiendo las zonas que se acondicionen para su uso en época invernal, especialmente las de uso estancial, mediante vegetación caduca y densa, muretes, cotas deprimidas, etc.
7. De acuerdo con el análisis de sombras realizado, las tres parcelas de equipamiento presentarán unas buenas condiciones de soleamiento, siendo aptas para acoger instalaciones de captación solar fotovoltaica, por lo que estas deben considerarse en los futuros
proyectos de edificación.
8. De forma más específica, para el diseño conjunto de los espacios libres (zonas verdes del APR) se proponen las siguientes medidas:
a. Las áreas situadas junto a la calle Puebla de Sanabria serán las únicas que podrían
recibir sombras y en torno al solsticio de invierno, siendo preferible destinarlas a
actividades de carácter no estancial, sino preferentemente recreativas y deportivas, de mayor actividad metabólica y, por tanto, menos sensibles al efecto del
viento invernal y la falta de sol.
b. Las áreas más próximas al grupo de las cuatro manzanas residenciales, así como al
equipamiento integrado en la zona verde central, destinarlas a uso estancial para
meses cálidos, con mayor densidad de vegetación, también caduca, suelos permeables y presencia de elementos acuáticos como fuentes, surtidores o láminas de
agua, cuya presencia contribuya a generar un microclima favorable aprovechable
por el diseño bioclimático de las futuras viviendas y edificio de equipamiento.
9. Volumetría y soleamiento: se recurrirá en las parcelas de uso residencial a bloques
en disposición Este-Oeste, situadas sobre la alineación y de crujía estrecha, de modo que se
minimicen las sombras arrojadas sobre los espacios libres privados y las situadas inmediatamente al Norte.
10. Fachadas y cubiertas:
a. En los meses que requieren protección del sol, esta se proporcionará mediante elementos de fachada específicamente diseñados para ello (voladizos, retranqueos,
parasoles, etc.).
b. En los proyectos edificatorios se planteará el diseño y tratamiento respecto al soleamiento de forma particularizada para cada orientación, maximizando la protección en las fachadas al Oeste, más vulnerables al calor debido al sobrecalentamiento del aire.
c. Se evitarán acabados superficiales oscuros en las fachadas más expuestas al sol
(sur y oeste), para impedir la captación excesiva en los meses cálidos y la radiación posterior del calor acumulado tanto al interior como al exterior (zonas y espacios libres).
d. En cubiertas, y puesto que las condiciones de soleamiento previstas muestran un
buen acceso al sol, la superficie libre de otras instalaciones se destinará a la captación solar térmica o fotovoltaica (aprovechamiento de energía renovable), siempre protegiendo del sobrecalentamiento a los espacios interiores situados bajo ella,
o bien a la protección de estos de la radiación solar, empleando cubiertas verdes,
más allá de las prescripciones de captación de energía solar para usos térmicos de
la ordenanza municipal de 2003.
e. En las parcelas de equipamiento, donde la superficie de suelo y la edificabilidad
prevista podrían dar lugar a superficies de cubierta de más de 1.000 m2, esta se
destinará a la generación distribuida o al autoconsumo de energía solar fotovoltaica, tal y como establece la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire
y Sostenibilidad. Esta instalación deberá ser planteada y desarrollada en el futuro
proyecto de edificación, y siempre y cuando resulte compatible con los requerimientos volumétricos u otros condicionantes del equipamiento concreto que se
implante.
11. Distribución interior y ventilación:
a. Las viviendas y sus espacios interiores se dispondrán de modo que se favorezca la
ventilación cruzada, preferentemente con viviendas pasantes entre fachadas prin-

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