Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 165
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
10. Se considerarán las siguientes medidas para la mejora de la movilidad de mercancías, carga y descarga y vehículos pesados:
a. Regulación del estacionamiento de vehículos comerciales, previendo la existencia
de lugares especialmente diseñados para ello, de modo que no ocupen las plazas
más apropiadas para residentes. Dadas las restricciones impuestas para circulación de vehículos pesados, estos solo podrán estacionarse en vías principales. Los
vehículos de porte medio podrán hacerlo también en vías principales.
b. Señalización de las zonas restringidas al paso de vehículos pesados (en relación
con las medidas contempladas para el templado de tráfico).
c. Limitación de horarios para la carga y descarga de modo que no se solape con las
horas punta de tráfico y se reduzca la interferencia entre los flujos.
11. Se promoverá la movilidad sostenible en el comercio local, limitando el acceso
en vehículo privado a las futuras actividades comerciales, promoviendo los modos de transporte no contaminante (bicicleta y vehículos eléctricos).
12. Se considerarán las siguientes medidas de acompañamiento al uso de itinerarios
peatonales y ciclistas:
a. Revisión de intersecciones con medios de transporte motorizados.
b. Consideración de medidas de templado de tráfico que aumenten la seguridad de
peatones y ciclistas, facilitando su convivencia con los medios motorizados.
c. Incorporación en los proyectos de urbanización y edificación de mobiliario urbano, espacios y servicios vinculados al uso de la bicicleta que faciliten su aparcamiento, seguridad y conservación (aparcamientos específicos en aceras o áreas comunes, trasteros, etc.).
d. Establecimiento de aparcamientos para bicicletas vinculados a las paradas de autobús en el interior del ámbito.
e. Señalización indicando la coexistencia con el tráfico ciclista en aquellas vías donde se prevea la coexistencia de tráfico motorizado y ciclista sobre la misma calzada (vías principales).
13. Se promoverá la movilidad sostenible en la edificación residencial a través de las
siguientes medidas a implantar en los futuros proyectos edificatorios:
a. Se considerará el diseño de espacios comunitarios para el aparcamiento seguro de
bicicletas, plazas de aparcamiento reservadas para vehículos no contaminantes dotadas de puntos de recarga de vehículos eléctricos y locales de recepción y almacenamiento temporal de mercancías para los residentes (paquetería, alimentación).
b. Facilitar la intermodalidad (bici-transporte público) garantizando la conectividad
con el resto de la ciudad mediante este último, en particular con la ubicación propuesta en el Estudio de Tráfico de la parada de la línea 76 en la calle de las Mareas.
c. Se diseñarán espacios comunitarios para el aparcamiento seguro de bicicletas, plazas de aparcamiento reservadas para vehículos no contaminantes dotadas de puntos de recarga de vehículos eléctricos y locales de recepción y almacenamiento
temporal de mercancías para los residentes (paquetería, alimentación).
Art. 47. Sostenibilidad Energética y Calidad del Aire.—1. Preservar las excelentes
condiciones de acceso al sol durante todo el año que presentan los espacios libres abiertos
del ámbito, permitiendo el sombreamiento durante los meses cálidos, mediante vegetación
caduca u otros elementos practicables, como toldos o lonas, o parras de hoja caduca.
2. Diseñar zonas especialmente acondicionadas para cada estación, con condiciones
térmicas y de humedad diferenciadas. Las áreas más frías se destinarán a usos de mayor actividad metabólica y las más moderadas al uso estancial.
3. Generar microclimas, especialmente en las zonas más próximas a la futura edificación, con vegetación caduca y elementos que aporten humedad como suelos permeables
fuentes, surtidores, y láminas de agua.
4. Maximizar las superficies permeables tanto en zonas verdes como en el nuevo viario (alcorques corridos, bandas de aparcamiento) para aumentar la humedad del suelo y reducir la necesidad de riego y aporte para compensación de pérdidas por evapotranspiración.
En aplicación de lo recogido en la ordenanza de gestión y uso eficiente del agua en la ciudad de Madrid (artículo 8), dicho porcentaje no podrá ser inferior al 20 % en aceras de ancho superior a 1,5 metros ni al 35 % en zonas verdes y espacios libres urbanos, siendo deseable que los proyectos de urbanización amplíen este último notablemente, hasta situarlo
ampliamente por encima del 50 %.
Pág. 437
BOCM-20240712-53
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
10. Se considerarán las siguientes medidas para la mejora de la movilidad de mercancías, carga y descarga y vehículos pesados:
a. Regulación del estacionamiento de vehículos comerciales, previendo la existencia
de lugares especialmente diseñados para ello, de modo que no ocupen las plazas
más apropiadas para residentes. Dadas las restricciones impuestas para circulación de vehículos pesados, estos solo podrán estacionarse en vías principales. Los
vehículos de porte medio podrán hacerlo también en vías principales.
b. Señalización de las zonas restringidas al paso de vehículos pesados (en relación
con las medidas contempladas para el templado de tráfico).
c. Limitación de horarios para la carga y descarga de modo que no se solape con las
horas punta de tráfico y se reduzca la interferencia entre los flujos.
11. Se promoverá la movilidad sostenible en el comercio local, limitando el acceso
en vehículo privado a las futuras actividades comerciales, promoviendo los modos de transporte no contaminante (bicicleta y vehículos eléctricos).
12. Se considerarán las siguientes medidas de acompañamiento al uso de itinerarios
peatonales y ciclistas:
a. Revisión de intersecciones con medios de transporte motorizados.
b. Consideración de medidas de templado de tráfico que aumenten la seguridad de
peatones y ciclistas, facilitando su convivencia con los medios motorizados.
c. Incorporación en los proyectos de urbanización y edificación de mobiliario urbano, espacios y servicios vinculados al uso de la bicicleta que faciliten su aparcamiento, seguridad y conservación (aparcamientos específicos en aceras o áreas comunes, trasteros, etc.).
d. Establecimiento de aparcamientos para bicicletas vinculados a las paradas de autobús en el interior del ámbito.
e. Señalización indicando la coexistencia con el tráfico ciclista en aquellas vías donde se prevea la coexistencia de tráfico motorizado y ciclista sobre la misma calzada (vías principales).
13. Se promoverá la movilidad sostenible en la edificación residencial a través de las
siguientes medidas a implantar en los futuros proyectos edificatorios:
a. Se considerará el diseño de espacios comunitarios para el aparcamiento seguro de
bicicletas, plazas de aparcamiento reservadas para vehículos no contaminantes dotadas de puntos de recarga de vehículos eléctricos y locales de recepción y almacenamiento temporal de mercancías para los residentes (paquetería, alimentación).
b. Facilitar la intermodalidad (bici-transporte público) garantizando la conectividad
con el resto de la ciudad mediante este último, en particular con la ubicación propuesta en el Estudio de Tráfico de la parada de la línea 76 en la calle de las Mareas.
c. Se diseñarán espacios comunitarios para el aparcamiento seguro de bicicletas, plazas de aparcamiento reservadas para vehículos no contaminantes dotadas de puntos de recarga de vehículos eléctricos y locales de recepción y almacenamiento
temporal de mercancías para los residentes (paquetería, alimentación).
Art. 47. Sostenibilidad Energética y Calidad del Aire.—1. Preservar las excelentes
condiciones de acceso al sol durante todo el año que presentan los espacios libres abiertos
del ámbito, permitiendo el sombreamiento durante los meses cálidos, mediante vegetación
caduca u otros elementos practicables, como toldos o lonas, o parras de hoja caduca.
2. Diseñar zonas especialmente acondicionadas para cada estación, con condiciones
térmicas y de humedad diferenciadas. Las áreas más frías se destinarán a usos de mayor actividad metabólica y las más moderadas al uso estancial.
3. Generar microclimas, especialmente en las zonas más próximas a la futura edificación, con vegetación caduca y elementos que aporten humedad como suelos permeables
fuentes, surtidores, y láminas de agua.
4. Maximizar las superficies permeables tanto en zonas verdes como en el nuevo viario (alcorques corridos, bandas de aparcamiento) para aumentar la humedad del suelo y reducir la necesidad de riego y aporte para compensación de pérdidas por evapotranspiración.
En aplicación de lo recogido en la ordenanza de gestión y uso eficiente del agua en la ciudad de Madrid (artículo 8), dicho porcentaje no podrá ser inferior al 20 % en aceras de ancho superior a 1,5 metros ni al 35 % en zonas verdes y espacios libres urbanos, siendo deseable que los proyectos de urbanización amplíen este último notablemente, hasta situarlo
ampliamente por encima del 50 %.
Pág. 437
BOCM-20240712-53
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