Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
59 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 436

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 165

5. Se aumentará la densidad del arbolado de alineación respecto a los estándares actuales, utilizando especies de hoja caduca, para favorecer la protección de los recorridos
peatonales y ciclistas en época estival.
6. Se alternarán diferentes especies para evitar la propagación de plagas.
7. Se intentará dedicar parcelas de equipamiento a fomentar la agricultura urbana y
periurbana, insertándola en la red de espacios verdes urbanos, incrementando la biodiversidad y el potencial sumidero de CO2 del espacio urbano, contribuyendo a la autonomía alimentaria.
Art. 46. Tráfico y Movilidad.—1. Se diseñará la calle de los Afluentes para un carácter de prioridad peatonal en su tramo oriental, entre la calle de las Mareas y la calle Puebla de Sanabria.
2. Se realizará un estudio detallado para la caracterización del funcionamiento de la
glorieta de la carretera de Carabanchel a Villaverde y la calle Mareas frente al nuevo tráfico logístico generado por las actuaciones de la plataforma logística en el Distrito de Villaverde (calle de Eduardo Barreiros) cuando exista conocimiento de la carga de tráfico prevista de los proyectos de desarrollo logístico vinculados a la M-40 y Calle Barreiros.
3. Se recomienda estudiar con detalle la intersección entre el paseo de Plata y Castañar y la calle de las Olas y analizar en profundidad de las colas, tiempos de demora, etc., y
la posibilidad de restringir alguno de los movimientos ahora posibles, todo ello debido a la
apertura del nuevo nudo de la A-42.
4. Se incorporarán medidas de control y templado de tráfico destinadas a reducir la
intensidad y velocidad de los vehículos que circulan en determinadas zonas para conseguir
una utilización peatonal confortable y segura del espacio público, fundamentales en la mejora de la calidad de vida de áreas residenciales, y que deben incorporarse a los proyectos
de urbanización del sector.
En función de la jerarquía del viario, serán las siguientes:
a. Vías distritales (calle de las Mareas):
— Limitación de velocidad a 50 km/h.
— Estrechamientos en pasos semaforizados o pasos de peatones.
— Restricción nocturna a la circulación de vehículos pesados, incluyendo la destinada a servicios y transporte de mercancías.
— Separación de los flujos peatonal, ciclista y motorizado.
b. Red viaria local secundaria (resto del viario interior):
— Limitación de velocidad a 30 km/h para la coexistencia de todo tipo de tráfico.
— Disponer aceras y calzadas en plataforma única, al menos en los cruces y pasos
de peatones, para reforzar el éxito en la coexistencia de los flujos motorizados
y no motorizados, contribuyendo a controlar la velocidad en los primeros.
— Cambios de textura o color en el pavimento, en cruces y pasos de peatones.
— Restricción total a la circulación de vehículos pesados, incluso la destinada a
servicios y mercancías, excepto vehículos de emergencia.
— Señalización indicando el carácter local y de acceso de la vía, así como la
prioridad ciclista y peatonal.
5. Transformación de la calle de las Olas a una vía de categoría local secundaria mediante la reducción de la anchura prevista en sus dos carriles para desincentivar una potencial carga de tráfico de paso.
6. Regular las intersecciones con prioridad para autobuses, reduciendo el tiempo de
viaje y potenciando su competitividad frente al vehículo privado.
7. Diseñar las intersecciones entre los flujos de tráfico motorizado con los itinerarios
peatonales y ciclistas planteados en la ordenación de cara a evitar los problemas que suelen
afectar a estos últimos.
8. En todo caso, la prioridad en vías secundarias y de acceso será para bicicletas y
peatones, salvo en las vías distritales por motivos de seguridad.
9. Asegurar la facilidad de interconexión entre los flujos no motorizados (a pie y en
bicicleta) y el transporte público, tanto dentro del ámbito (prolongación de líneas existentes) como fuera de él (oferta disponible), incorporando las medidas necesarias para lograr
tal intermodalidad entre los flujos de bajo impacto (transporte público y no motorizado).

BOCM-20240712-53

BOCM