Madrid (BOCM-20240712-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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BOCM

VIERNES 12 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 165

cas (RITE) en lo que respecta a la calidad de aire en el interior y calidad térmica del ambiente (en edificios no residenciales).
La evacuación de aire caliente y viciado procedente de los equipos de climatización y ventilación forzada a implantar deberá realizarse conforme a lo establecido en el anexo II de la OCAS.
La evacuación de aire viciado procedente de los equipos de ventilación forzada de los garajes deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 20
de la OCAS.
ii. Alumbrado LED con sistemas de control inteligentes y aprovechamiento de la
iluminación natural.
5. Instalación de ascensores de última generación, en el que las principales consideraciones de diseño se enfocan a lograr la máxima eficiencia energética, un funcionamiento
silencioso y el uso de materiales no contaminantes (se recomienda la instalación de ascensores con sistemas regenerativos donde el propio ascensor proporcione energía eléctrica).
6. Respecto a la contribución de energías renovables para cubrir la demanda de ACS,
se satisfará la exigencia básica CTE-HE4 “Ahorro de energía”, con los requisitos adicionales establecidos en el artículo 46 de la OCAS para sistemas que emitan gases producto de
la combustión. Se recomienda el uso de sistemas basados en bomba de calor hibridada con
energía solar fotovoltaica.
7. Además, la generación de energía eléctrica renovable cumplirá con carácter de
mínimo en todo caso lo establecido en la Sección HE-5 del Documento Básico “HE ahorro
de energía” del CTE, y en el artículo 47 de la OCAS.
8. Pueden establecerse en las normas particulares exigencias mayores de generación
de energía fotovoltaica para cubrir la demanda energética del ámbito con energías renovables generadas in situ, conforme al artículo 43.4 de la OCAS.
Consideraciones derivadas del Informe del Departamento
de Control Acústico del Ayuntamiento de Madrid
Como medidas correctoras a aplicar para cumplir con el Informe del Departamento de
Control Acústico, y con el fin de reducir los niveles sonoros previstos en fachada, se contemplarán, dentro de las acciones exteriores de la urbanización, medidas de templado de
tráfico en los viarios aledaños a las parcelas residenciales 05 y 06, y las parcelas destinadas
a zonas verdes 12 y 13 (Paseo de Plata y Castañar y calle Villalonso).
Condiciones derivadas de los Informes
de la Confederación Hidrográfica del Tajo
1. Afección a cauces públicos:
a. Condicionantes derivados de los informes:
i. Informe IPL-0010/2022: Se recoge a continuación un extracto de dicho informe:
El tramo del arroyo Butarque contenido en el Sector APR 17.08 lo atraviesa
de oeste a este en su zona central mediante una canalización subterránea desde la carretera de Toledo (A-42) hasta el río Manzanares.
Este arroyo fue entubado mediante un Proyecto incluido dentro del Plan Especial de definición del encauzamiento del arroyo de Butarque de febrero de 2006,
promovido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad
de Madrid.
Analizadas las bases de datos de este Organismo, se comprueba que dicho
Proyecto se corresponde con el informado en el expediente con referencia
IGV-0123/2006 (116.789/06).
En el citado expediente se informó que de acuerdo con la documentación presentada y los antecedentes que obran en el Organismo de cuenca en relación con
el diseño del encauzamiento definido para el arroyo Butarque desde la A-42
hasta la desembocadura en el río Manzanares, no se ha estudiado la evacuación
de las escorrentías de aguas pluviales correspondientes a la superficie de cuenca receptora del tramo de encauzamiento de referencia. Asimismo, no se ha estudiado la capacidad de desagüe del río Manzanares aguas abajo de la incorporación del vertido al mismo de las aguas procedentes de la obra diseñada, así

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