Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20240712-71)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 165

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024

Pág. 497

En caso de empate en la calificación final, se resolverá de acuerdo al siguiente orden
de prelación:
En caso de empate en la puntuación final, se resolverá de acuerdo al siguiente orden
de prelación:
— Mayor puntuación total obtenida en la fase de oposición.
— Mayor obtenida en el ejercicio práctico.
— Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional.
— En caso de persistir el empate, y con arreglo a criterios de igualdad entre hombres
y mujeres, se propondrá a la persona aspirante, cuyo sexo corresponda al que tenga menor representación en el grupo profesional de que se trate en el ámbito del
Ayuntamiento.
— Por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose
por la letra a la que se refiere las bases , de conformidad con lo establecido en la
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública.
6.5. Publicidad de la calificación final: finalizado el proceso selectivo, el órgano de
selección hará pública en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento la relación provisional de personas aspirantes por el orden de calificación final
conforme el punto 6.4 y el listado de la puntuación de la fase de concurso, tal como se especifica en el punto 6.3.
Las personas interesadas podrán interponer reclamación en el plazo de cinco días
hábiles ante el órgano de selección, que resolverá de acuerdo a la documentación presentada y a lo dispuesto en las bases. Resueltas las reclamaciones, si las hubiera, el tribunal hará pública la relación definitiva en el tablón de anuncios municipal, así como en
la página web del Ayuntamiento sin que en ningún caso el número de aprobados pueda
ser superior al número de plazas convocadas.
Los tribunales calificadores elevarán al órgano competente la relación definitiva de
personal aspirante que han aprobado para su nombramiento o contratación, junto con las
actas correspondientes, dando así por finalizada su actuación en el proceso selectivo.
Los plazos de reclamaciones a las decisiones del Tribunal, establecidos en las presentes
bases, podrán reducirse a la mitad por razones de urgencia y necesidad.

7.1. Presentación de documentos: en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde
el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de personas aprobadas,
se deberá presentar los siguientes documentos por las personas aspirantes:
7.1.1. Original del DNI para su cotejo y copia para el expediente.
7.1.2. Original o copia diligenciada por el organismo competente del título exigido
en la convocatoria, o en su caso certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición
de dicho título. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de
Educación u organismo similar que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de
presentación de solicitudes deberá justificarse el momento en que se concluyeron los estudios.
7.1.3. En el caso de convocatorias en las que exista fase de concurso, original de la
documentación acreditativa de los méritos presentados para su valoración. El
Servicio de Organización y Función Pública procederá a su cotejo y en su caso
expedirá copia para el expediente personal.
7.1.4. Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad, deberán presentar certificado actualizado, acreditativo de la misma expedido por el órgano competente para expedir dichas certificaciones.
7.1.5. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de las
plazas convocadas.
7.1.6. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial
firme.

BOCM-20240712-71

7. Tramitación del nombramiento