D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240712-39)
Convenio –  Convenio de 27 de junio de 2024, para la concesión de una subvención nominativa entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, con el objeto de garantizar el desarrollo de sus funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 165

Asimismo, colaborar con la Administración en relación con la capacitación profesional y en la creación de centros de información y distribución de cargas, estaciones de transporte y centros de formación de transportes y en su promoción.
Por otra parte, además, el Comité Madrileño de Transporte por Carretera constituye,
para la Administración de la Comunidad de Madrid, un instrumento especialmente idóneo
para facilitar su relación con los diversos agentes del
sector del transporte por carretera, al estar integrado por los representantes de las asociaciones más representativas con representación en su territorio.
III. El desarrollo de las funciones propias del Comité exige la aportación de diversos
recursos humanos y materiales para poder llevar a cabo las actividades encomendadas al
mismo y, en especial, la dotación de un servicio de secretaría que lleve a cabo los trabajos
auxiliares que resultan imprescindibles para el cumplimiento de las mismas. Así, la convocatoria de sesiones, elaboración de actas, elaboración y remisión de cuantas comunicaciones e informes le sean solicitados, tanto por la Administración como por alguno de sus
miembros, y el asesoramiento jurídico en el desempeño de sus tareas.
Sin embargo, al tratarse de una entidad sin ánimo de lucro, carece de recursos propios
para atender este gasto, de modo similar a como sucede con el Comité existente en el ámbito
estatal. Por ello, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras siendo consciente
de la importancia del adecuado funcionamiento del Comité en sus funciones de informe y colaboración con la Administración, desea prestar al mismo el apoyo necesario para el adecuado desarrollo de sus tareas.
IV. Teniendo en cuenta lo anterior, en los Presupuestos Generales anuales de la Comunidad de Madrid, se ha venido contemplando una subvención nominativa a favor del Comité
Madrileño de Transporte por Carretera, que se ha mantenido en los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para el año 2024, de ahí que, en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para el 2024, aprobado
mediante la Orden de 5 de abril de 2024, se haya mantenido dicha ayuda nominativa.
V. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 22.2.a) prevé la concesión directa de las subvenciones previstas nominativamente en los
Presupuestos Generales de la Comunidades Autónomas; en el mismo sentido en el artículo 4.5.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en su artículo 65, se establece el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos, incluyendo el
presente convenio los extremos que, según el citado artículo, se deben incluir.
VI. Con carácter previo a la firma del presente convenio, se ha comprobado que no
existe ninguna de las prohibiciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para su firma.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Comité Madrileño del Transporte instrumentando la concesión de una subvención para procurar el adecuado funcionamiento del mismo de forma que pueda desarrollar las funciones que normativamente tiene
encomendadas, y que son de especial interés para la Comunidad de Madrid.
El Comité Madrileño del Transporte por Carretera ostenta la condición de beneficiario de una subvención nominativa consignada de forma expresa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024, como aportación para que pueda dotarse de un
servicio de secretaría que realice los trabajos auxiliares que resultan imprescindibles para
el cumplimiento de sus funciones, así como el asesoramiento jurídico a las asociaciones que
lo integran en materia de transporte.

BOCM-20240712-39

Objeto y beneficiario