C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240710-32)
Bases ayudas –  Orden de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024

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Artículo 11
Inicio del procedimiento. Solicitudes
1. El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará el mismo día de la publicación de la correspondiente convocatoria en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Base de Datos Nacional
de Subvenciones operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. En aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los solicitantes de esta línea de subvenciones utilizarán medios electrónicos para relacionarse con las
Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite dentro del procedimiento administrativo de concesión y justificación de las ayudas.
4. Las solicitudes deberán presentarse a través de medios electrónicos en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que se podrá acceder a través de la página web de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid, concretamente en “ sede.comunidad.madrid ”.
Así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado,
las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el sector
público institucional, según lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
5. Las solicitudes se realizarán en el formulario que se pondrá a disposición de los
interesados en la página web de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid , concretamente en “sede.comunidad.madrid”, cuando se realice la correspondiente convocatoria. La solicitud deberá acompañarse necesariamente del modelo de declaraciones responsables y del modelo de descripción del proyecto, cumplimentados en su integridad y
firmados electrónicamente, y que estarán también disponibles para los interesados en la
mencionada página web de la Comunidad de Madrid.
En caso de presentarse más de una solicitud por interesado, únicamente se atenderá la
primera de ellas, teniendo como referencia la fecha de entrada en el registro.
6. Conforme con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, si algún interesado presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la
subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha
de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. Por tanto, se tendrá por no presentada la solicitud hasta que se realice la subsanación.
7. Para la presentación de la solicitud y de la documentación que la acompañe por
medios electrónicos es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
8. Es requisito imprescindible para presentar la solicitud que, con anterioridad a la
presentación de la misma y de la documentación que debe acompañarla, el solicitante, o en
su caso su representante legal, estén dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE), mediante el cual se practicarán todas las notificaciones relativas a este procedimiento.
Artículo 12
1. El formulario de solicitud de subvención se deberá acompañar de los modelos de
declaraciones responsables y de descripción del proyecto, debidamente cumplimentados y
firmados electrónicamente por el solicitante o su representante legal, que se establezcan en
cada convocatoria.
2. Además, deberán presentarse los siguientes documentos:
a) Documentación relativa a la identidad del solicitante:
1.o Personas físicas: DNI/NIE del solicitante y, en su caso de su representante,
junto con la correspondiente acreditación o poder.

BOCM-20240710-32

Documentación de la solicitud