D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240709-20)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y la Asociación Industrial para el Impulso de la Economía del Dato y de la Inteligencia Artificial-INDESIA, para la ejecución conjunta del proyecto “Cadena de Valor en Inteligencia Artificial”, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 76

MARTES 9 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 162

Paquete de trabajo 5, comunicación del proyecto
Se trata de una actividad transversal cuyo objetivo principal es informar adecuadamente sobre el
proyecto y sus avances al conjunto de la ciudadanía y a colectivos de especial interés por la temática
del proyecto. Este paquete de trabajo es una actuación no finalista, por lo que no está asociada a
hitos y objetivos CID concretos y se instrumentará mediante licitaciones con un presupuesto máximo
de 556.666,67 euros, de acuerdo a la siguiente distribución:
2024
Fondos MRR

417.500,00

Fondos propios

139.166,67

Total

556.666,67

2025

TOTAL

0,00

417.500,00

0,00

139.166,67

0,00

556.666,67

Paquete de trabajo 6, gestión del proyecto
Se engloban dentro de esta actividad transversal todas las actuaciones encaminadas a la puesta en
marcha del proyecto, su seguimiento y finalización. Este paquete de trabajo es una actuación no
finalista, por lo que no está asociada a hitos y objetivos CID concretos y se instrumentará mediante
licitaciones con un presupuesto máximo de 371.111,45 euros, de acuerdo a la siguiente distribución:
Fondos MRR
Fondos propios
Total

2024

2025

TOTAL

139.167,00

139.166,67

278.333,67

46.388,55

46.388,89

92.777,44

185.555,55

185.555,56

371.111,11

Estos paquetes de trabajo podrán ser modificados para mejor cumplimiento de los objetivos
estratégicos establecidos.
Tercera. Obligaciones de ambas partes
Tanto INDESIA como la Comunidad de Madrid se comprometen a:
1. Garantizar el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia para lo cual aportará la correspondiente declaración
responsable según el modelo establecido en el Anexo I a este convenio, junto con la
cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) cuyo modelo se
incluye en el Anexo II a este convenio.
2. Realizar las actuaciones necesarias para cumplir con los hitos y objetivos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en adelante MRR, asociados al proyecto “Cadena de Valor en
Inteligencia Artificial”, en concreto a los hitos 251 y 253 del Componente 16 y al objetivo 180 del
Componente 12. Además, aportarán las evidencias del cumplimiento recogidas en la Decisión de
Ejecución del Consejo (CID) y en la Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA) a los que
contribuyen los proyectos enmarcados en los componentes 12 y 16. Los hitos y objetivos asociados
al proyecto se encuentran detallados en el Anexo VII del presente Convenio.

4. Que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de «no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH) en cumplimiento con lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de
desarrollo, en particular el Reglamento (UE) 2020/852, relativo al establecimiento de un marco para
facilitar las inversiones sostenibles y la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre
la aplicación de este principio, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y su
documento Anexo.
5. Finalmente, se indica que las aportaciones de fondos reguladas en este convenio no están
sometidas a la normativa europea en materia de ayudas de Estado ya que se enmarcan dentro del
Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) n°651/2014 de la Comisión, de
17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión

BOCM-20240709-20

3. Ambas partes garantizarán el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado climático y digital, con
un porcentaje del 0 por ciento y del 100 por ciento respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, en caso de incumplimiento del etiquetado climático y digital o de las condiciones recogidas
en el anexo a la CID y del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas.