Soto del Real (BOCM-20240708-100)
Organización y funcionamiento. Reglamento Violencia Género
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 161
Por todo lo anterior, este Reglamento regirá el funcionamiento de la Unidad de Violencia de Género de Soto del Real (GESOVIG) del Ayuntamiento de Soto del Real.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objetivo.—El presente Reglamento tiene como objetivo regular la organización y funcionamiento de la Unidad de Violencia de Género de Soto del Real, en adelante Grupo Especializado de Soto del Real en Violencia de Género (GESVIG), así como
establecer los derechos y deberes de los Policías Locales pertenecientes a la Especialidad y
su régimen de incorporación, separación y formación.
Art. 2. Ámbito territorial.—El ámbito territorial de actuación del GESVIG, es el término Municipal de Soto del Real, salvo lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Art. 3. Definiciones.—A los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
Unidad especializada de Violencia de Género: es la unidad operativa que configura la
estructura organizativa del Cuerpo de Policía Local, a la que se atribuyen determinadas funciones incluidas en su ámbito competencial. El número de integrantes y especialidades vendrán determinados por razón de los cometidos a desempeñar, pudiendo incrementarse la
composición de la referida Unidad, por parte de la Jefatura inmediata, según las necesidades del servicio y número de efectivos disponibles en la plantilla de la Policía Local de Soto
del Real.
GESVIG: Denominación de la Unidad especializada de Violencia de Género. Grupo
Especializado de Soto del Real en Violencia de Género.
Capítulo II
Régimen de incorporación y cese en la especialidad
Art. 4. Condiciones de acceso.—El acceso a la Especialidad de Violencia de Género, se realizará tras superar un proceso de selección entre los funcionarios/as del Cuerpo de
Policía Local que voluntariamente se presenten. Quedan excluidos de realizar este proceso,
los funcionarios de la Policía Local de Soto del Real, que a la entrada en vigor de este Reglamento se encuentren de facto, realizando las tareas de esta especialidad, habilitados en
el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGen).
Atendiendo a la estructura de la Unidad y priorizando la formación especializada a la
de reciclaje y actualización, se establecen los siguientes criterios de selección y valoración
que deberán regir la convocatoria de ingreso en la especialidad tanto en la figura de Coordinador como de policía especialista.
a) Ser funcionario/a de la Policía Local de Soto del Real en servicio activo.
b) Poseer formación en violencia de género (máx. 50 puntos).
— Certificados de aprovechamiento de cursos de especialización en violencia de
género.
d Formación impartida en Administraciones públicas de 30 a 50 horas lectivas
(IFISE, INAP, UNED...).
– Realizada en los 3 últimos años. 40 puntos/curso.
– De 4 a 10 años. 30 puntos/curso.
– Más de 10 años. 20 puntos/curso
— Certificados de aprovechamiento de cursos de reciclaje y actualización en
violencia de género.
d Formación impartida en Administraciones públicas de 30 a 50 horas lectivas (IFISE, INAP, UNED...).
– Realizada en los 3 últimos años. 30 puntos/curso.
– De 4 a 10 años. 20 puntos/curso.
– Más de 10 años. 10 puntos/curso.
BOCM-20240708-100
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 161
Por todo lo anterior, este Reglamento regirá el funcionamiento de la Unidad de Violencia de Género de Soto del Real (GESOVIG) del Ayuntamiento de Soto del Real.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objetivo.—El presente Reglamento tiene como objetivo regular la organización y funcionamiento de la Unidad de Violencia de Género de Soto del Real, en adelante Grupo Especializado de Soto del Real en Violencia de Género (GESVIG), así como
establecer los derechos y deberes de los Policías Locales pertenecientes a la Especialidad y
su régimen de incorporación, separación y formación.
Art. 2. Ámbito territorial.—El ámbito territorial de actuación del GESVIG, es el término Municipal de Soto del Real, salvo lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Art. 3. Definiciones.—A los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
Unidad especializada de Violencia de Género: es la unidad operativa que configura la
estructura organizativa del Cuerpo de Policía Local, a la que se atribuyen determinadas funciones incluidas en su ámbito competencial. El número de integrantes y especialidades vendrán determinados por razón de los cometidos a desempeñar, pudiendo incrementarse la
composición de la referida Unidad, por parte de la Jefatura inmediata, según las necesidades del servicio y número de efectivos disponibles en la plantilla de la Policía Local de Soto
del Real.
GESVIG: Denominación de la Unidad especializada de Violencia de Género. Grupo
Especializado de Soto del Real en Violencia de Género.
Capítulo II
Régimen de incorporación y cese en la especialidad
Art. 4. Condiciones de acceso.—El acceso a la Especialidad de Violencia de Género, se realizará tras superar un proceso de selección entre los funcionarios/as del Cuerpo de
Policía Local que voluntariamente se presenten. Quedan excluidos de realizar este proceso,
los funcionarios de la Policía Local de Soto del Real, que a la entrada en vigor de este Reglamento se encuentren de facto, realizando las tareas de esta especialidad, habilitados en
el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGen).
Atendiendo a la estructura de la Unidad y priorizando la formación especializada a la
de reciclaje y actualización, se establecen los siguientes criterios de selección y valoración
que deberán regir la convocatoria de ingreso en la especialidad tanto en la figura de Coordinador como de policía especialista.
a) Ser funcionario/a de la Policía Local de Soto del Real en servicio activo.
b) Poseer formación en violencia de género (máx. 50 puntos).
— Certificados de aprovechamiento de cursos de especialización en violencia de
género.
d Formación impartida en Administraciones públicas de 30 a 50 horas lectivas
(IFISE, INAP, UNED...).
– Realizada en los 3 últimos años. 40 puntos/curso.
– De 4 a 10 años. 30 puntos/curso.
– Más de 10 años. 20 puntos/curso
— Certificados de aprovechamiento de cursos de reciclaje y actualización en
violencia de género.
d Formación impartida en Administraciones públicas de 30 a 50 horas lectivas (IFISE, INAP, UNED...).
– Realizada en los 3 últimos años. 30 puntos/curso.
– De 4 a 10 años. 20 puntos/curso.
– Más de 10 años. 10 puntos/curso.
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