C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240708-26)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 24 de junio de 2024, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas entre los Ayuntamientos de Alcobendas, Colmenar Viejo y San Sebastián de los Reyes, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 161
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 103
Las repercusiones unitarias iniciales que resultan de dividir los costes de las infraestructuras por
las demandas anteriores son las siguientes:
Repercusión unitaria de las infraestructuras hidráulicas
Abastecimiento
270,81 Euros/(m3/d)
Saneamiento
804,60 Euros/(m3/d)
Depuración
428,04 Euros/(m3/d)
Las repercusiones unitarias establecidas en esta cláusula se aplicarán a las demandas de cada
desarrollo urbanístico actualizadas, en su caso, en el convenio de conformidad técnica
correspondiente al ámbito de suelo urbano consolidado, suelo urbano no consolidado o suelo
urbanizable de que se trate, conforme a la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la
economía española y en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley
2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
Las repercusiones unitarias establecidas en esta cláusula también se aplicarán a las demandas de
los establecimientos legalizados en suelo no urbanizable, a efectos de determinar la cuantía de las
obligaciones económicas derivadas del presente Convenio que, en su caso, les correspondan por
requerir de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración gestionados por la
SOCIEDAD CANAL.
A tales efectos, las partes aprobarán, cuando proceda, un informe económico de la revisión del
importe de las repercusiones unitarias, la cual se realizará conforme al coste real de construcción
de las infraestructuras que será objeto de liquidación conforme a lo indicado en la estipulación
SÉPTIMA incluidos sus gastos asociados. Respecto de aquellas infraestructuras de las que no se
conozca aún el coste real por no haber sido ejecutadas, se tomará como valoración de las mismas
los siguientes importes en orden de prelación:
1. En primer lugar, el presupuesto de las obras adjudicadas, y gastos asociados.
2. En segundo lugar, el presupuesto base de licitación del proyecto de las obras, y gastos
asociados.
3. En tercer lugar, la valoración inicial realizada en el presente convenio.
Se entenderán como gastos asociados los correspondientes a: redacción y tramitación de
proyectos, seguridad y salud, disponibilidad de terrenos y lo que legalmente proceda.
El informe económico se aprobará por la Comisión de Seguimiento del Convenio y se considerará
anejo inseparable del mismo.
A dichas repercusiones unitarias actualizadas, se les deberá aplicar el Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) vigente en el momento de su devengo.
SEXTA.- Repercusiones económicas iniciales.
Aplicando las repercusiones unitarias iniciales, definidas en la Cláusula Quinta, a las demandas de
abastecimiento y saneamiento consideradas para cada uno de los desarrollos urbanísticos
señalados en el Expositivo Cuarto, resultan las siguientes repercusiones iniciales:
Ámbitos Urbanísticos
Abastecimiento
ALCOBENDAS
(m 3/día)
Suelo urbanizable sectorizado
S-1 Los Carriles
S-2 Escobares I
S-3 Escobares II
S-4 Ampliación REE
S-5 Comillas
Total SUS
Suelo urbanizable no sectorizado
A-2 Buenavista
A-3 R2 Norte
A-4 R2 Este
A-5 Valdelamasa Sur
Total SUNS
Total Alcobendas
Saneamiento y
Depuración
(m 3/día)
Abastecimiento
Saneamiento y
Depuración
TOTAL
(Euros)
(Euros)
(Euros sin IVA)
8.843,23
2.223,02
1.487,88
434,81
980,48
13.969,42
8.109,99
1.881,44
1.252,90
358,33
819,07
12.421,73
2.394.854,03
602.020,66
402.934,79
117.752,21
265.524,74
3.783.086,43
9.996.708,41
2.319.147,02
1.544.372,42
441.688,89
1.009.619,18
15.311.535,92
12.391.562,44
2.921.167,69
1.947.307,21
559.441,10
1.275.143,92
19.094.622,36
2.576,10
4.546,02
3.086,82
416,33
10.625,27
24.594,68
2.183,33
3.867,61
2.619,99
343,09
9.014,03
21.435,75
697.638,99
1.231.117,12
835.948,14
112.746,65
2.877.450,90
6.660.537,34
2.691.261,08
4.767.376,78
3.229.513,30
422.912,46
11.111.063,62
26.422.599,54
3.388.900,08
5.998.493,90
4.065.461,44
535.659,11
13.988.514,52
33.083.136,88
BOCM-20240708-26
REPERCUSIONES INICIALES (Euros s/IVA)
INFRAESTRUCTURAS A EJECUTAR POR SOCIEDAD CANAL
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 161
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 103
Las repercusiones unitarias iniciales que resultan de dividir los costes de las infraestructuras por
las demandas anteriores son las siguientes:
Repercusión unitaria de las infraestructuras hidráulicas
Abastecimiento
270,81 Euros/(m3/d)
Saneamiento
804,60 Euros/(m3/d)
Depuración
428,04 Euros/(m3/d)
Las repercusiones unitarias establecidas en esta cláusula se aplicarán a las demandas de cada
desarrollo urbanístico actualizadas, en su caso, en el convenio de conformidad técnica
correspondiente al ámbito de suelo urbano consolidado, suelo urbano no consolidado o suelo
urbanizable de que se trate, conforme a la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la
economía española y en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley
2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
Las repercusiones unitarias establecidas en esta cláusula también se aplicarán a las demandas de
los establecimientos legalizados en suelo no urbanizable, a efectos de determinar la cuantía de las
obligaciones económicas derivadas del presente Convenio que, en su caso, les correspondan por
requerir de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración gestionados por la
SOCIEDAD CANAL.
A tales efectos, las partes aprobarán, cuando proceda, un informe económico de la revisión del
importe de las repercusiones unitarias, la cual se realizará conforme al coste real de construcción
de las infraestructuras que será objeto de liquidación conforme a lo indicado en la estipulación
SÉPTIMA incluidos sus gastos asociados. Respecto de aquellas infraestructuras de las que no se
conozca aún el coste real por no haber sido ejecutadas, se tomará como valoración de las mismas
los siguientes importes en orden de prelación:
1. En primer lugar, el presupuesto de las obras adjudicadas, y gastos asociados.
2. En segundo lugar, el presupuesto base de licitación del proyecto de las obras, y gastos
asociados.
3. En tercer lugar, la valoración inicial realizada en el presente convenio.
Se entenderán como gastos asociados los correspondientes a: redacción y tramitación de
proyectos, seguridad y salud, disponibilidad de terrenos y lo que legalmente proceda.
El informe económico se aprobará por la Comisión de Seguimiento del Convenio y se considerará
anejo inseparable del mismo.
A dichas repercusiones unitarias actualizadas, se les deberá aplicar el Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) vigente en el momento de su devengo.
SEXTA.- Repercusiones económicas iniciales.
Aplicando las repercusiones unitarias iniciales, definidas en la Cláusula Quinta, a las demandas de
abastecimiento y saneamiento consideradas para cada uno de los desarrollos urbanísticos
señalados en el Expositivo Cuarto, resultan las siguientes repercusiones iniciales:
Ámbitos Urbanísticos
Abastecimiento
ALCOBENDAS
(m 3/día)
Suelo urbanizable sectorizado
S-1 Los Carriles
S-2 Escobares I
S-3 Escobares II
S-4 Ampliación REE
S-5 Comillas
Total SUS
Suelo urbanizable no sectorizado
A-2 Buenavista
A-3 R2 Norte
A-4 R2 Este
A-5 Valdelamasa Sur
Total SUNS
Total Alcobendas
Saneamiento y
Depuración
(m 3/día)
Abastecimiento
Saneamiento y
Depuración
TOTAL
(Euros)
(Euros)
(Euros sin IVA)
8.843,23
2.223,02
1.487,88
434,81
980,48
13.969,42
8.109,99
1.881,44
1.252,90
358,33
819,07
12.421,73
2.394.854,03
602.020,66
402.934,79
117.752,21
265.524,74
3.783.086,43
9.996.708,41
2.319.147,02
1.544.372,42
441.688,89
1.009.619,18
15.311.535,92
12.391.562,44
2.921.167,69
1.947.307,21
559.441,10
1.275.143,92
19.094.622,36
2.576,10
4.546,02
3.086,82
416,33
10.625,27
24.594,68
2.183,33
3.867,61
2.619,99
343,09
9.014,03
21.435,75
697.638,99
1.231.117,12
835.948,14
112.746,65
2.877.450,90
6.660.537,34
2.691.261,08
4.767.376,78
3.229.513,30
422.912,46
11.111.063,62
26.422.599,54
3.388.900,08
5.998.493,90
4.065.461,44
535.659,11
13.988.514,52
33.083.136,88
BOCM-20240708-26
REPERCUSIONES INICIALES (Euros s/IVA)
INFRAESTRUCTURAS A EJECUTAR POR SOCIEDAD CANAL