D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240708-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Real Academia Nacional de Farmacia para difundir su finalidad y recursos entre los docentes de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 8 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 161

La Comisión de Seguimiento estará formada por cuatro miembros, dos representando a la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, uno de ellos con rango de Subdirector General, y dos como representantes de la Real Academia Nacional de Farmacia.
Esta comisión estará presidida por el Director General de Bilingüismo y Calidad de la
Enseñanza o persona en quien delegue, y se reunirá a petición de cualquiera de sus miembros y, en cualquier caso, un mínimo de una vez al año para el seguimiento del proyecto.
Los acuerdos y contenido de las reuniones de la Comisión de Seguimiento se consignarán
siempre en actas escritas y debidamente firmadas por los miembros, teniendo como referencia la regulación de los órganos colegiados contenida en la sección 3.a, subsección 1.a
(Funcionamiento), capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Corresponden a esta Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:
a) Impulso, supervisión y seguimiento de las acciones contempladas en este convenio.
b) Resolver las cuestiones relativas a la interpretación y cumplimiento de los compromisos derivados del presente convenio, así como proponer a las partes firmantes cualquier modificación del mismo.
c) Recoger las demandas de la Real Academia Nacional de Farmacia relacionadas
con las actividades que se organicen al amparo del presente convenio.
d) Realizar un seguimiento de las medidas acordadas por ambas partes.
e) Respetar la confidencialidad de los datos que se traten en las reuniones.
f) Determinación de las acciones preparatorias, los perfiles requeridos y su ubicación.
Sexta
Información sobre las actuaciones
En toda la documentación e información que se genere en desarrollo del presente convenio se consignará expresamente la referencia a la Comunidad de Madrid y a la Real Academia Nacional de Farmacia.
Séptima

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Octava
Derechos de propiedad intelectual e industrial
Todos aquellos materiales que las partes faciliten mutuamente como consecuencia del
desarrollo del convenio, se entenderán como de propiedad exclusiva de cada una de ellas.

BOCM-20240708-34

Protección de datos personales