D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240708-34)
Convenio – Convenio de colaboración de 23 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Real Academia Nacional de Farmacia para difundir su finalidad y recursos entre los docentes de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 161
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 133
Tercera
Compromisos de la Consejería
Para el cumplimento del objeto previsto en la cláusula primera, la Comunidad de Madrid,
a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se compromete a:
a) Difundir entre los profesores de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid la celebración y objetivos de las jornadas y
conferencias que sean de interés para la comunidad educativa, a través de sus canales de información habitual (portales web, e-mail y centros territoriales de innovación y formación).
b) Divulgar aquellos materiales que se acuerde en relación a la promoción y la difusión de la jurisprudencia y la legislación y todas aquellas herramientas digitales a
disposición desde la web de la Real Academia Nacional de Farmacia, entre los distintos centros educativos.
c) Acreditar, como actividad de formación, la participación de los docentes de la Comunidad de Madrid en un conjunto de actividades y eventos organizados por la
Real Academia Nacional de Farmacia en colaboración con la Dirección General
de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades con dicho fin. Dicha participación será reconocida mediante
un crédito de formación equivalente a 10 horas por la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades. Para ello, los docentes que así lo soliciten, recibirán de
la mencionada consejería un formulario que deberán cumplimentar con las aportaciones e ideas que destacarían de cada una de las ponencias, mesas, workshops
o mejores prácticas que hayan sido consideradas. La Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades, una vez recibidos los informes, contrastará con la Real
Academia Nacional de Farmacia la efectiva participación de dichos docentes.
d) Colaborar en la organización de acciones formativas e informativas dentro del ámbito de las funciones atribuidas en instalaciones de la Real Academia Nacional de
Farmacia o los centros territoriales de innovación y formación, según los casos.
Esta formación no implicará tratamiento de datos de los profesores por parte de la
Real Academia ya que las inscripciones serán gestionadas desde la Subdirección
General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado.
Cuarta
Por su parte, la Real Academia Nacional de Farmacia se compromete a:
a) Considerar a la Comunidad de Madrid como “colaborador institucional” de dichos
eventos, incluyendo su logo en aquellas comunicaciones y soportes de los espacios específicos destinados a los colaboradores.
b) Proporcionar información de la celebración y objetivos de las jornadas y conferencias que sean de interés para la comunidad educativa para su posterior difusión por
parte de la Comunidad de Madrid.
c) Poner a disposición de los docentes aquellos materiales que se acuerde en relación
a la promoción y la difusión de temas relacionados con farmacia y todas aquellas
herramientas digitales a disposición desde la web de la Real Academia Nacional
de Farmacia.
d) Organizar acciones formativas e informativas dentro del ámbito de las funciones
atribuidas en instalaciones de la Real Academia Nacional de Farmacia o los centros territoriales de innovación y formación, según los casos. El uso de las instalaciones de la Real Academia incluirá la visita y el uso de sus aulas para el desarrollo de las formaciones.
e) Poner a disposición de los docentes la biblioteca digital.
Quinta
Vigilancia y seguimiento
Según lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las funciones de coordinación, seguimiento y valoración
del convenio se llevarán a efecto por la Comisión de Seguimiento.
BOCM-20240708-34
Compromisos de la Real Academia
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 161
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 133
Tercera
Compromisos de la Consejería
Para el cumplimento del objeto previsto en la cláusula primera, la Comunidad de Madrid,
a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se compromete a:
a) Difundir entre los profesores de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid la celebración y objetivos de las jornadas y
conferencias que sean de interés para la comunidad educativa, a través de sus canales de información habitual (portales web, e-mail y centros territoriales de innovación y formación).
b) Divulgar aquellos materiales que se acuerde en relación a la promoción y la difusión de la jurisprudencia y la legislación y todas aquellas herramientas digitales a
disposición desde la web de la Real Academia Nacional de Farmacia, entre los distintos centros educativos.
c) Acreditar, como actividad de formación, la participación de los docentes de la Comunidad de Madrid en un conjunto de actividades y eventos organizados por la
Real Academia Nacional de Farmacia en colaboración con la Dirección General
de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades con dicho fin. Dicha participación será reconocida mediante
un crédito de formación equivalente a 10 horas por la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades. Para ello, los docentes que así lo soliciten, recibirán de
la mencionada consejería un formulario que deberán cumplimentar con las aportaciones e ideas que destacarían de cada una de las ponencias, mesas, workshops
o mejores prácticas que hayan sido consideradas. La Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades, una vez recibidos los informes, contrastará con la Real
Academia Nacional de Farmacia la efectiva participación de dichos docentes.
d) Colaborar en la organización de acciones formativas e informativas dentro del ámbito de las funciones atribuidas en instalaciones de la Real Academia Nacional de
Farmacia o los centros territoriales de innovación y formación, según los casos.
Esta formación no implicará tratamiento de datos de los profesores por parte de la
Real Academia ya que las inscripciones serán gestionadas desde la Subdirección
General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado.
Cuarta
Por su parte, la Real Academia Nacional de Farmacia se compromete a:
a) Considerar a la Comunidad de Madrid como “colaborador institucional” de dichos
eventos, incluyendo su logo en aquellas comunicaciones y soportes de los espacios específicos destinados a los colaboradores.
b) Proporcionar información de la celebración y objetivos de las jornadas y conferencias que sean de interés para la comunidad educativa para su posterior difusión por
parte de la Comunidad de Madrid.
c) Poner a disposición de los docentes aquellos materiales que se acuerde en relación
a la promoción y la difusión de temas relacionados con farmacia y todas aquellas
herramientas digitales a disposición desde la web de la Real Academia Nacional
de Farmacia.
d) Organizar acciones formativas e informativas dentro del ámbito de las funciones
atribuidas en instalaciones de la Real Academia Nacional de Farmacia o los centros territoriales de innovación y formación, según los casos. El uso de las instalaciones de la Real Academia incluirá la visita y el uso de sus aulas para el desarrollo de las formaciones.
e) Poner a disposición de los docentes la biblioteca digital.
Quinta
Vigilancia y seguimiento
Según lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las funciones de coordinación, seguimiento y valoración
del convenio se llevarán a efecto por la Comisión de Seguimiento.
BOCM-20240708-34
Compromisos de la Real Academia