C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240704-15)
Bases ayudas – Orden 2785/2024, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 158
2.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte
del mismo.
3.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del
mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
g) No estar, ni haber estado, vinculado laboralmente con la entidad empresarial mediante un contrato de trabajo indefinido, con anterioridad a la fecha de finalización
del plazo de solicitud de la subvención.
La acreditación de estos requisitos deberá realizarse mediante la correspondiente declaración acreditativa o declaración responsable firmada por el doctorando y por la empresa.
3. Requisitos del director y codirectores de tesis, según lo establecido en el artículo 12 del
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero:
a) Deberá tener una vinculación laboral con su institución de como mínimo el tiempo
que dure el doctorado industrial.
b) Deberá tener el título de doctor.
c) El director de tesis del entorno académico no podrá contar con una participación
en el capital de la entidad empresarial que solicita la ayuda y participa en el proyecto que suponga una capacidad de control efectivo de la misma, se considera
que la persona ejerce control efectivo si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
1.a Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad esté distribuido entre socios
con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de
parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
2.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte
del mismo.
3.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del
mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
d) Solo podrá presentar un proyecto por convocatoria.
La acreditación de estos requisitos deberá realizarse mediante la correspondiente declaración acreditativa o declaración responsable.
La presentación de declaraciones responsables faculta a la administración para comprobar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados. La inexactitud o falsedad de las declaraciones responsables, además de ser causa de inadmisión de la solicitud,
es también causa de revocación de la ayuda si se conoce con posterioridad a la concesión,
sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que haya podido incurrir.
Artículo 8
Duración de las ayudas
Las ayudas serán para un período de tres años, que se contarán desde la fecha de incorporación a la empresa que figure en el contrato del doctorando, en el caso de contratación posterior a la concesión de la ayuda. Si el doctorando fue contratado una vez finalizado el plazo solicitud de la ayuda, pero antes de la publicación de la orden de concesión, se
considerará fecha de inicio del proyecto el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la orden de concesión. En el supuesto de reconversión del contrato temporal en indefinido se considerará fecha de inicio del proyecto la
de reconversión del contrato temporal. La duración de la ayuda podrá ser prorrogada según
lo establecido en el artículo 10.
Artículo 9
Las ayudas previstas en esta orden se destinarán a cubrir los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto de doctorado industrial:
1. Financiación para el entorno académico:
Los conceptos financiables son:
a) Coste de la matrícula del doctorando en el programa de doctorado.
b) Contratación de personal predoctoral o posdoctoral o de apoyo a la investigación.
c) Adquisición de equipamiento inventariable o bibliográfico.
BOCM-20240704-15
Conceptos susceptibles de ayuda y cuantía de las ayudas
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 158
2.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte
del mismo.
3.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del
mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
g) No estar, ni haber estado, vinculado laboralmente con la entidad empresarial mediante un contrato de trabajo indefinido, con anterioridad a la fecha de finalización
del plazo de solicitud de la subvención.
La acreditación de estos requisitos deberá realizarse mediante la correspondiente declaración acreditativa o declaración responsable firmada por el doctorando y por la empresa.
3. Requisitos del director y codirectores de tesis, según lo establecido en el artículo 12 del
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero:
a) Deberá tener una vinculación laboral con su institución de como mínimo el tiempo
que dure el doctorado industrial.
b) Deberá tener el título de doctor.
c) El director de tesis del entorno académico no podrá contar con una participación
en el capital de la entidad empresarial que solicita la ayuda y participa en el proyecto que suponga una capacidad de control efectivo de la misma, se considera
que la persona ejerce control efectivo si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
1.a Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad esté distribuido entre socios
con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de
parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
2.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte
del mismo.
3.a Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del
mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
d) Solo podrá presentar un proyecto por convocatoria.
La acreditación de estos requisitos deberá realizarse mediante la correspondiente declaración acreditativa o declaración responsable.
La presentación de declaraciones responsables faculta a la administración para comprobar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados. La inexactitud o falsedad de las declaraciones responsables, además de ser causa de inadmisión de la solicitud,
es también causa de revocación de la ayuda si se conoce con posterioridad a la concesión,
sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que haya podido incurrir.
Artículo 8
Duración de las ayudas
Las ayudas serán para un período de tres años, que se contarán desde la fecha de incorporación a la empresa que figure en el contrato del doctorando, en el caso de contratación posterior a la concesión de la ayuda. Si el doctorando fue contratado una vez finalizado el plazo solicitud de la ayuda, pero antes de la publicación de la orden de concesión, se
considerará fecha de inicio del proyecto el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la orden de concesión. En el supuesto de reconversión del contrato temporal en indefinido se considerará fecha de inicio del proyecto la
de reconversión del contrato temporal. La duración de la ayuda podrá ser prorrogada según
lo establecido en el artículo 10.
Artículo 9
Las ayudas previstas en esta orden se destinarán a cubrir los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto de doctorado industrial:
1. Financiación para el entorno académico:
Los conceptos financiables son:
a) Coste de la matrícula del doctorando en el programa de doctorado.
b) Contratación de personal predoctoral o posdoctoral o de apoyo a la investigación.
c) Adquisición de equipamiento inventariable o bibliográfico.
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Conceptos susceptibles de ayuda y cuantía de las ayudas