C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240704-15)
Bases ayudas –  Orden 2785/2024, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024

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b) Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia y fundaciones dedicadas a
la investigación con sede en la Comunidad de Madrid.
2. Entorno empresarial:
Empresas públicas o privadas, con forma jurídica mercantil y centro de trabajo en Comunidad de Madrid, que deseen contratar investigadores predoctorales para la realización
de un proyecto de investigación industrial que les sirva como trabajo de tesis doctoral y sea
de interés a las empresas con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Se considerará que la empresa tiene centro de trabajo en la Comunidad de Madrid si
cumple lo establecido en el artículo 7.1 apartado d) de estas bases reguladoras.
Solo podrán adquirir la condición de entidad beneficiaria aquellas empresas cuyo inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
Dentro del concepto de empresa se diferencia la categoría de pequeñas y medianas empresas (PYME) según la definición del anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014,
prorrogado por el Reglamento (UE) 2020/972 de la Comisión de 2 de julio de 2020, como
la constituida por las empresas que ocupen a menos de 250 personas y que tengan un volumen de negocios anual que no exceda de 50 millones de euros o que su balance general
anual no exceda de 43 millones de euros, y cuyo capital o derechos de voto no estén controlados por otra entidad, directa o indirectamente, en un porcentaje del 25 por 100 o superior, todo ello en la forma y con las excepciones descritas en el anexo I del Reglamento general de exención por categorías. Para calcular los límites de personal y económicos de la
empresa se estará, asimismo, a lo dispuesto en el referido anexo.
Dentro del concepto de empresa se definen como:
i. Pequeña empresa: dentro de la categoría de PYME, empresa que ocupa a menos
de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual
no supera los 10 millones de euros.
ii. Mediana empresa: dentro de la categoría de PYME, empresa que no se encuentra
comprendida en la definición anterior.
iii. Gran empresa: todas las empresas que no se incluyan en las definiciones de pequeña y mediana empresa anteriores, a efectos de esta actuación, se incluirán en esta
categoría.
Quedan expresamente excluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles.
Artículo 3
1. Las ayudas reguladas en la presente orden revestirán la forma de subvención.
2. La presente orden tiene como referente normativo las siguientes normas y planes:
— Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea.
— Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis.
— Recomendación de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2005 relativa a la Carta Europea del investigador y al Código de conducta para la contratación de investigadores.
— Comunicación de la Comisión (2014/C 198/01): Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (“Diario Oficial de la Unión Europea” de 27
de junio de 2014).
— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
— Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

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Régimen jurídico