D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240703-29)
Convenio – Convenio de colaboración de 29 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la S. M. E. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M. P., S. A. (INCIBE), en el ámbito del Programa Retech (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 157
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
Pág. 135
Los planes anuales operativos de la Comisión Bilateral serán aprobados por la Comisión de Seguimiento del Convenio.
El Plan Anual Operativo de la primera anualidad deberá ser aprobado en un plazo de dos meses
desde la firma del convenio. Para las anualidades 2025 y 2026, el Plan se elaborará por las Comisiones Bilaterales antes del 1 de diciembre de la anualidad anterior, y deberán ser aprobados por
la Comisión de Seguimiento del Convenio antes del 15 de diciembre.
A la vista de la evolución del proyecto en la Comunidad Autónoma, o en lo que afecte al conjunto
del territorio nacional, la Comisión Bilateral podrá plantear a la Comisión de Seguimiento del Convenio las modificaciones de los planes anuales operativos que se consideren oportunas, para una
mejor ejecución de los objetivos estratégicos y operativos del proyecto.
3.2. Memorias Anuales de Garantía de la Ejecución del Proyecto:
Al final de cada anualidad de ejecución del Convenio, la Comisión Bilateral presentarán una Memoria Anual de Garantía de la Ejecución del Proyecto en el que reflejarán las líneas ejecutadas en la
anualidad correspondiente, la financiación aportada por las partes, los indicadores y los avances
realizados en el cumplimiento del Componente 15.I7 del PRTR. La Memoria deberá presentarse en
un plazo máximo de 2 meses desde la finalización de la anualidad. En la anualidad 2026, la Memoria Anual de Garantía de Ejecución del Proyecto tendrá que ser elaborada antes del 30 de julio del
2026. Si este último plazo se considera insuficiente, podrá ser prorrogado por la Comisión de Seguimiento del Convenio, a petición de la Comisión Bilateral, y por el plazo que prudencialmente se
considere oportuno.
Las Memorias Anuales de garantía de ejecución del Proyecto serán sometidas a auditoría externa
y a posterior aprobación, si procede, por la Comisión de Seguimiento del Convenio. En función del
resultado de la auditoría, la Comisión de Seguimiento del Convenio podrá no aprobar algún aspecto de la Memoria Anual, en cuyo caso INCIBE podrá realizar a la Comunidad Autónoma los requerimientos que proceda a fin de garantizar el adecuado cumplimiento del Convenio por parte de
todas las entidades firmantes, incluido el reintegro de fondos.
CUARTA.- PRESUPUESTO DEL CONVENIO Y FINANCIACIÓN.
A/ PRESUPUESTO:
El presupuesto para ejecución del convenio, y las aportaciones de las partes serán las siguientes:
ENTIDADES
PARTICIPANTES
Comunidad Autónoma de Madrid.
(Consejería de Digitalización)
TOTAL
PRESUPUESTO
TOTAL (€)
APORTACIÓN
INCIBE
%
APORTACIÓN CCAA /
ENTIDADES
AUTONÓMICAS
%
21.014.875,46€
15.000.000,00€
71,38
6.014.875,46€
28,62
21.014.875,46€
15.000.000,00€
71,38
6.014.875,46€
28,62
(Tabla 1) Todos los importes son IVA no incluido
Las aportaciones de INCIBE con cargo a fondos europeos, no superarán en ningún caso el 75%
máximo indicado en la Tabla 1 y para las que INCIBE ya ha sido dotada de fondos suficientes con
cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), incluidos en los Presupuestos Generales del Estado de las anualidades 2021, 2022 y 2023. De las dotaciones presupuestarias asignadas a INCIBE, las correspondientes a los Proyectos de RETECH son las siguientes:
x
27.50.46OG.74006
x
27.50.460C.74007
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se hará cargo del IVA correspondiente a las aportaciones económicas que realizará conforme a lo acordado en el presente
convenio.
De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, en los proyectos que se financien con cargo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia no se podrá incurrir en doble financiación. En este punto, indicar que,
en el caso concreto de España, se seguirán las directrices previstas en el Componente y en el
BOCM-20240703-29
Las aportaciones que se realicen por INCIBE a la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR) no incluirán el IVA, ni impuestos
equivalentes, por los gastos e inversiones que se deban justificar. En los casos en los que se acredite, por parte de cada entidad, la imposibilidad de deducción total o parcial del impuesto, este se
financiará con cargo al presupuesto ordinario de INCIBE (no MRR).
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 157
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
Pág. 135
Los planes anuales operativos de la Comisión Bilateral serán aprobados por la Comisión de Seguimiento del Convenio.
El Plan Anual Operativo de la primera anualidad deberá ser aprobado en un plazo de dos meses
desde la firma del convenio. Para las anualidades 2025 y 2026, el Plan se elaborará por las Comisiones Bilaterales antes del 1 de diciembre de la anualidad anterior, y deberán ser aprobados por
la Comisión de Seguimiento del Convenio antes del 15 de diciembre.
A la vista de la evolución del proyecto en la Comunidad Autónoma, o en lo que afecte al conjunto
del territorio nacional, la Comisión Bilateral podrá plantear a la Comisión de Seguimiento del Convenio las modificaciones de los planes anuales operativos que se consideren oportunas, para una
mejor ejecución de los objetivos estratégicos y operativos del proyecto.
3.2. Memorias Anuales de Garantía de la Ejecución del Proyecto:
Al final de cada anualidad de ejecución del Convenio, la Comisión Bilateral presentarán una Memoria Anual de Garantía de la Ejecución del Proyecto en el que reflejarán las líneas ejecutadas en la
anualidad correspondiente, la financiación aportada por las partes, los indicadores y los avances
realizados en el cumplimiento del Componente 15.I7 del PRTR. La Memoria deberá presentarse en
un plazo máximo de 2 meses desde la finalización de la anualidad. En la anualidad 2026, la Memoria Anual de Garantía de Ejecución del Proyecto tendrá que ser elaborada antes del 30 de julio del
2026. Si este último plazo se considera insuficiente, podrá ser prorrogado por la Comisión de Seguimiento del Convenio, a petición de la Comisión Bilateral, y por el plazo que prudencialmente se
considere oportuno.
Las Memorias Anuales de garantía de ejecución del Proyecto serán sometidas a auditoría externa
y a posterior aprobación, si procede, por la Comisión de Seguimiento del Convenio. En función del
resultado de la auditoría, la Comisión de Seguimiento del Convenio podrá no aprobar algún aspecto de la Memoria Anual, en cuyo caso INCIBE podrá realizar a la Comunidad Autónoma los requerimientos que proceda a fin de garantizar el adecuado cumplimiento del Convenio por parte de
todas las entidades firmantes, incluido el reintegro de fondos.
CUARTA.- PRESUPUESTO DEL CONVENIO Y FINANCIACIÓN.
A/ PRESUPUESTO:
El presupuesto para ejecución del convenio, y las aportaciones de las partes serán las siguientes:
ENTIDADES
PARTICIPANTES
Comunidad Autónoma de Madrid.
(Consejería de Digitalización)
TOTAL
PRESUPUESTO
TOTAL (€)
APORTACIÓN
INCIBE
%
APORTACIÓN CCAA /
ENTIDADES
AUTONÓMICAS
%
21.014.875,46€
15.000.000,00€
71,38
6.014.875,46€
28,62
21.014.875,46€
15.000.000,00€
71,38
6.014.875,46€
28,62
(Tabla 1) Todos los importes son IVA no incluido
Las aportaciones de INCIBE con cargo a fondos europeos, no superarán en ningún caso el 75%
máximo indicado en la Tabla 1 y para las que INCIBE ya ha sido dotada de fondos suficientes con
cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), incluidos en los Presupuestos Generales del Estado de las anualidades 2021, 2022 y 2023. De las dotaciones presupuestarias asignadas a INCIBE, las correspondientes a los Proyectos de RETECH son las siguientes:
x
27.50.46OG.74006
x
27.50.460C.74007
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se hará cargo del IVA correspondiente a las aportaciones económicas que realizará conforme a lo acordado en el presente
convenio.
De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, en los proyectos que se financien con cargo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia no se podrá incurrir en doble financiación. En este punto, indicar que,
en el caso concreto de España, se seguirán las directrices previstas en el Componente y en el
BOCM-20240703-29
Las aportaciones que se realicen por INCIBE a la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR) no incluirán el IVA, ni impuestos
equivalentes, por los gastos e inversiones que se deban justificar. En los casos en los que se acredite, por parte de cada entidad, la imposibilidad de deducción total o parcial del impuesto, este se
financiará con cargo al presupuesto ordinario de INCIBE (no MRR).