Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240702-95)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
7.
BOCM-20240702-95
Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso, proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno Local.
8. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
9. Adjudicación de autorizaciones demaniales para la ocupación de bienes municipales que no impliquen ejecución de obras en la vía pública así como adjudicación
de concesiones demaniales para la colocación o instalación de infraestructuras en
el dominio público (transformadores de energía eléctrica, centros de seccionamiento, báculos de señalización de establecimientos en los casos permitidos por
la legislación sectorial, etc.).
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros por parte del titular de la Dirección General de Urbanismo, Vivienda, y Nuevos
Proyectos, en materia de Urbanismo, Vivienda y Rehabilitación, Nuevos Proyectos, Protección del Medio Natural y Contratación en virtud del presente acuerdo de delegación de
competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Se delega en el titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de
la Ciudad, en el ámbito de los asuntos correspondientes a Medio Ambiente, Agua, Saneamiento, Obras, Infraestructuras Urbanas, Conservación de Espacios Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas, Limpieza viaria, Parques, Jardines y Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud
Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes:
1. Autorizaciones demaniales que impliquen ejecución de obras en la vía pública, así
como la adjudicación de concesiones demaniales para la colocación o instalación
de infraestructuras en el dominio público (transformadores de energía eléctrica,
centros de seccionamiento, báculos de señalización de establecimientos en los casos permitidos por la legislación sectorial, etc.). Con carácter mensual, se remitirá al departamento de patrimonio relación de las citadas licencias, autorizaciones
o concesiones concedidas.
2. Tramitación de los contratos menores en materias propias del ámbito competencial, incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo y, en su
caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la
contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una
relación mensual de los adjudicados.
3. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a la devolución, cancelación
e incautación de garantías.
4. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda materias propias del ámbito del Área de Gobierno y de sus concejalías delegadas inferiores a 15.000 euros más IVA y, en el caso de obras, inferiores a 40.000
euros más IVA.
5. Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso,
proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno
Local.
6. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
7. Concesión de licencias de animales potencialmente peligrosos conforme a la
Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de
Animales Potencialmente Peligrosos.
Pág. 203
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
7.
BOCM-20240702-95
Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso, proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno Local.
8. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
9. Adjudicación de autorizaciones demaniales para la ocupación de bienes municipales que no impliquen ejecución de obras en la vía pública así como adjudicación
de concesiones demaniales para la colocación o instalación de infraestructuras en
el dominio público (transformadores de energía eléctrica, centros de seccionamiento, báculos de señalización de establecimientos en los casos permitidos por
la legislación sectorial, etc.).
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros por parte del titular de la Dirección General de Urbanismo, Vivienda, y Nuevos
Proyectos, en materia de Urbanismo, Vivienda y Rehabilitación, Nuevos Proyectos, Protección del Medio Natural y Contratación en virtud del presente acuerdo de delegación de
competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Se delega en el titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de
la Ciudad, en el ámbito de los asuntos correspondientes a Medio Ambiente, Agua, Saneamiento, Obras, Infraestructuras Urbanas, Conservación de Espacios Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas, Limpieza viaria, Parques, Jardines y Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud
Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes:
1. Autorizaciones demaniales que impliquen ejecución de obras en la vía pública, así
como la adjudicación de concesiones demaniales para la colocación o instalación
de infraestructuras en el dominio público (transformadores de energía eléctrica,
centros de seccionamiento, báculos de señalización de establecimientos en los casos permitidos por la legislación sectorial, etc.). Con carácter mensual, se remitirá al departamento de patrimonio relación de las citadas licencias, autorizaciones
o concesiones concedidas.
2. Tramitación de los contratos menores en materias propias del ámbito competencial, incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo y, en su
caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la
contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una
relación mensual de los adjudicados.
3. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a la devolución, cancelación
e incautación de garantías.
4. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda materias propias del ámbito del Área de Gobierno y de sus concejalías delegadas inferiores a 15.000 euros más IVA y, en el caso de obras, inferiores a 40.000
euros más IVA.
5. Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso,
proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno
Local.
6. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
7. Concesión de licencias de animales potencialmente peligrosos conforme a la
Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de
Animales Potencialmente Peligrosos.
Pág. 203