C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240628-16)
Selección grupos de acción local – Orden de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para la selección de los Grupos de Acción Local (GAL) y sus estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 153
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
j.3) Método de evaluación que indique detalladamente cómo se van a medir de
forma cuantitativa y cualitativa los resultados alcanzados en la consecución
de los objetivos de la estrategia durante su ejecución, así como el valor añadido aportado por la intervención LEADER. Para ello se hará uso de los indicadores de evaluación establecidos por la normativa europea, en particular
atendiendo a los indicadores de objetivo, impacto y contexto, así como otros
adicionales de evaluación específicos que se propongan en las EDLP y estén
relacionados con sus objetivos, medidas y acciones, de cara a evaluar el resultado de la estrategia y su impacto.
Las estrategias presentadas deben:
— Indicar la descripción de los mecanismos específicos para la evaluación.
— Tener en cuenta criterios como la eficiencia, la eficacia, el impacto y la sostenibilidad, de forma que evalúen cómo se están empleando los recursos, la capacidad de las acciones y operaciones de producir resultados, los beneficios a
largo plazo de estos resultados, la interrelación entre eficiencia, eficacia e impacto, y qué recursos son necesarios para que los beneficios y resultados se
mantengan en el tiempo
— Definirá el método para evaluar otros aspectos como la innovación (indicador
trasversal) así como la mejora del tejido asociativo y la puesta en valor del
producto y recurso local, teniendo en cuenta la realización de posibles acciones mediante los siguientes criterios, que pueden ser complementarios:
• Acciones cuyo fin es lograr nuevas formas de valorización de los recursos
locales.
• Determinadas acciones interesantes para el desarrollo local que no han
sido tenidas en cuenta por las demás políticas de desarrollo.
• Acciones que aportan nuevas respuestas a las debilidades y a los problemas de las zonas rurales.
• Acciones que corresponden a la definición clásica de innovación, sobre
todo tecnológica.
• Acciones que generen espacios de conocimiento de la iniciativa LEADER
para generar redes con actores del territorio de intervención de la EDLP.
• Fomento de acciones de cooperación del GAL con otros grupos y/o actores
y que fomenten alianzas y proyectos relacionados.
— Se deberá realizar como mínimo una evaluación considerando todo lo anterior, en el período.
k) Plan financiero de la EDLP. Habrá de contemplar, al menos:
— Presupuesto para aplicación de la EDLP.
— Cuadro financiero en el que se distinga el presupuesto de aplicación de las
EDLP diferenciando de entre los proyectos, aquellos en los que el GAL actúa
como beneficiario, como colaborador o los dedicados a proyectos de cooperación, así como por separado para gestión, seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación.
— Descripción y diferenciación en todo lo anterior de las fuentes con las que se
financiarán las actividades de la Asociación (FEADER, otros fondos, financiación privada, etc.).
l) Plan de acción que demuestre y expliquen cómo se traducen las necesidades detectadas a cubrir con la EDLP y los objetivos definidos en las mismas en medidas
que a su vez derivan en acciones/ operaciones subvencionables. Cada una de ellas
deberá contemplar, al menos, los siguientes apartados:
l.1) Acciones subvencionables, incluyendo:
— Objetivo y descripción de la medida.
— Lógica de la intervención: se llevarán a cabo dentro de la medida, las acciones
o proyectos destinadas a solucionar una necesidad detectada en el territorio
como consecuencia del diagnóstico realizado. En ningún caso la estrategia podrá consistir en una acumulación de acciones y proyectos o en una mera yuxtaposición de intervenciones sectoriales. Las necesidades detectadas, así como
las medidas y operaciones derivadas, deberán ser lo más concisas posibles y
con relación unívoca al análisis realizado, evitando el establecimiento de necesidades genéricas, repetitivas y/o excesivamente numerosas sin relación con
el citado análisis que conlleve un exceso de medidas y acciones planteadas.
Pág. 75
BOCM-20240628-16
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
j.3) Método de evaluación que indique detalladamente cómo se van a medir de
forma cuantitativa y cualitativa los resultados alcanzados en la consecución
de los objetivos de la estrategia durante su ejecución, así como el valor añadido aportado por la intervención LEADER. Para ello se hará uso de los indicadores de evaluación establecidos por la normativa europea, en particular
atendiendo a los indicadores de objetivo, impacto y contexto, así como otros
adicionales de evaluación específicos que se propongan en las EDLP y estén
relacionados con sus objetivos, medidas y acciones, de cara a evaluar el resultado de la estrategia y su impacto.
Las estrategias presentadas deben:
— Indicar la descripción de los mecanismos específicos para la evaluación.
— Tener en cuenta criterios como la eficiencia, la eficacia, el impacto y la sostenibilidad, de forma que evalúen cómo se están empleando los recursos, la capacidad de las acciones y operaciones de producir resultados, los beneficios a
largo plazo de estos resultados, la interrelación entre eficiencia, eficacia e impacto, y qué recursos son necesarios para que los beneficios y resultados se
mantengan en el tiempo
— Definirá el método para evaluar otros aspectos como la innovación (indicador
trasversal) así como la mejora del tejido asociativo y la puesta en valor del
producto y recurso local, teniendo en cuenta la realización de posibles acciones mediante los siguientes criterios, que pueden ser complementarios:
• Acciones cuyo fin es lograr nuevas formas de valorización de los recursos
locales.
• Determinadas acciones interesantes para el desarrollo local que no han
sido tenidas en cuenta por las demás políticas de desarrollo.
• Acciones que aportan nuevas respuestas a las debilidades y a los problemas de las zonas rurales.
• Acciones que corresponden a la definición clásica de innovación, sobre
todo tecnológica.
• Acciones que generen espacios de conocimiento de la iniciativa LEADER
para generar redes con actores del territorio de intervención de la EDLP.
• Fomento de acciones de cooperación del GAL con otros grupos y/o actores
y que fomenten alianzas y proyectos relacionados.
— Se deberá realizar como mínimo una evaluación considerando todo lo anterior, en el período.
k) Plan financiero de la EDLP. Habrá de contemplar, al menos:
— Presupuesto para aplicación de la EDLP.
— Cuadro financiero en el que se distinga el presupuesto de aplicación de las
EDLP diferenciando de entre los proyectos, aquellos en los que el GAL actúa
como beneficiario, como colaborador o los dedicados a proyectos de cooperación, así como por separado para gestión, seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación.
— Descripción y diferenciación en todo lo anterior de las fuentes con las que se
financiarán las actividades de la Asociación (FEADER, otros fondos, financiación privada, etc.).
l) Plan de acción que demuestre y expliquen cómo se traducen las necesidades detectadas a cubrir con la EDLP y los objetivos definidos en las mismas en medidas
que a su vez derivan en acciones/ operaciones subvencionables. Cada una de ellas
deberá contemplar, al menos, los siguientes apartados:
l.1) Acciones subvencionables, incluyendo:
— Objetivo y descripción de la medida.
— Lógica de la intervención: se llevarán a cabo dentro de la medida, las acciones
o proyectos destinadas a solucionar una necesidad detectada en el territorio
como consecuencia del diagnóstico realizado. En ningún caso la estrategia podrá consistir en una acumulación de acciones y proyectos o en una mera yuxtaposición de intervenciones sectoriales. Las necesidades detectadas, así como
las medidas y operaciones derivadas, deberán ser lo más concisas posibles y
con relación unívoca al análisis realizado, evitando el establecimiento de necesidades genéricas, repetitivas y/o excesivamente numerosas sin relación con
el citado análisis que conlleve un exceso de medidas y acciones planteadas.
Pág. 75
BOCM-20240628-16
BOCM