B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240627-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1654/2024, de 28 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
Pág. 27
Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal Calificador.
7.3. En los ejercicios teóricos se valorarán la amplitud y comprensión de los conocimientos del aspirante, su precisión jurídica, vigencia y actualización, así como la claridad
de su exposición y la capacidad de expresión oral.
En los ejercicios prácticos se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos teóricos adquiridos a las situaciones prácticas planteadas en los mismos, así como la amplitud
de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática, la claridad y el orden de ideas en
la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de dichos ejercicios, así como
su forma de presentación y exposición.
7.4. Cuando el Tribunal, por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas de los ejercicios teóricos una manifiesta deficiencia de contenido que hubiera de impedir su superación, invitará al opositor a retirarse,
con indicación del motivo, y dará por concluido para aquel el desarrollo de las pruebas, dejando sucinta referencia de ello en el acta de la sesión correspondiente.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de conformidad con la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de 22 de marzo).
7.6. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de enero de 2025, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la Resolución por la
que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso
selectivo.
7.7. Por parte del tribunal calificador se garantizará en los llamamientos realizados,
tanto para la lectura posterior de exámenes realizados por las personas participantes, como
para las pruebas orales que componen la fase de oposición de esta convocatoria, que, en
cada llamamiento, se incluya un número mínimo de cuatro opositores por sesión, atendiendo a los criterios contenidos en el artículo 63.1 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
A efectos de calcular, en cada caso, el número de personas aspirantes por llamamiento a partir del mínimo recogido en el párrafo anterior, se tomará como referencia la celebración de sesiones con una duración igual o superior a cuatro horas.
Asimismo, en razón de las características y la duración de cada una de las lecturas y
pruebas orales, la dirección general competente en materia de Función Pública podrá modificar el citado número, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del órgano de selección.
Los llamamientos deberán hacerse en días hábiles consecutivos, sin que pueda existir
interrupciones superiores a un día hábil por cada nueve de llamamientos, y ello sin perjuicio de las interrupciones en el desarrollo del proceso por ocasión de vacaciones durante los
días que median entre el 23 de diciembre y el 7 de enero de cada año, ambos inclusive y durante el mes de agosto.
En cada uno de los llamamientos se incluirá un número de suplentes equivalente, al
menos, al 50 por 100 de las personas convocadas.
BOCM-20240627-2
gida por este, podrá ser asistido por los pertinentes asesores especialistas, designados por el mismo.
Los aspirantes que quisieran modificar la elección de idioma que hubieran señalado inicialmente en su solicitud de participación, dispondrán a tal efecto del
plazo establecido en la base 9.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, sin que,
con posterioridad a dicho plazo, se admita modificación alguna en su elección.
7.2.4. Cuarto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la realización de una actuación escrita en un procedimiento judicial en que sea parte la Comunidad de
Madrid o las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de diez (10)
horas. Para el desarrollo del mismo, se podrá consultar el material que ponga a
disposición de los aspirantes la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal
Calificador.
7.2.5. Quinto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un informe jurídico escrito sobre una cuestión en que esté interesada la Comunidad de
Madrid. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de
diez (10) horas. Para el desarrollo del mismo, se podrá consultar el material
que ponga a disposición de los aspirantes la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
Pág. 27
Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal Calificador.
7.3. En los ejercicios teóricos se valorarán la amplitud y comprensión de los conocimientos del aspirante, su precisión jurídica, vigencia y actualización, así como la claridad
de su exposición y la capacidad de expresión oral.
En los ejercicios prácticos se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos teóricos adquiridos a las situaciones prácticas planteadas en los mismos, así como la amplitud
de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática, la claridad y el orden de ideas en
la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de dichos ejercicios, así como
su forma de presentación y exposición.
7.4. Cuando el Tribunal, por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas de los ejercicios teóricos una manifiesta deficiencia de contenido que hubiera de impedir su superación, invitará al opositor a retirarse,
con indicación del motivo, y dará por concluido para aquel el desarrollo de las pruebas, dejando sucinta referencia de ello en el acta de la sesión correspondiente.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de conformidad con la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de 22 de marzo).
7.6. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de enero de 2025, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la Resolución por la
que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso
selectivo.
7.7. Por parte del tribunal calificador se garantizará en los llamamientos realizados,
tanto para la lectura posterior de exámenes realizados por las personas participantes, como
para las pruebas orales que componen la fase de oposición de esta convocatoria, que, en
cada llamamiento, se incluya un número mínimo de cuatro opositores por sesión, atendiendo a los criterios contenidos en el artículo 63.1 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
A efectos de calcular, en cada caso, el número de personas aspirantes por llamamiento a partir del mínimo recogido en el párrafo anterior, se tomará como referencia la celebración de sesiones con una duración igual o superior a cuatro horas.
Asimismo, en razón de las características y la duración de cada una de las lecturas y
pruebas orales, la dirección general competente en materia de Función Pública podrá modificar el citado número, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del órgano de selección.
Los llamamientos deberán hacerse en días hábiles consecutivos, sin que pueda existir
interrupciones superiores a un día hábil por cada nueve de llamamientos, y ello sin perjuicio de las interrupciones en el desarrollo del proceso por ocasión de vacaciones durante los
días que median entre el 23 de diciembre y el 7 de enero de cada año, ambos inclusive y durante el mes de agosto.
En cada uno de los llamamientos se incluirá un número de suplentes equivalente, al
menos, al 50 por 100 de las personas convocadas.
BOCM-20240627-2
gida por este, podrá ser asistido por los pertinentes asesores especialistas, designados por el mismo.
Los aspirantes que quisieran modificar la elección de idioma que hubieran señalado inicialmente en su solicitud de participación, dispondrán a tal efecto del
plazo establecido en la base 9.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, sin que,
con posterioridad a dicho plazo, se admita modificación alguna en su elección.
7.2.4. Cuarto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la realización de una actuación escrita en un procedimiento judicial en que sea parte la Comunidad de
Madrid o las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de diez (10)
horas. Para el desarrollo del mismo, se podrá consultar el material que ponga a
disposición de los aspirantes la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal
Calificador.
7.2.5. Quinto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un informe jurídico escrito sobre una cuestión en que esté interesada la Comunidad de
Madrid. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de
diez (10) horas. Para el desarrollo del mismo, se podrá consultar el material
que ponga a disposición de los aspirantes la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.