B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240627-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1654/2024, de 28 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida
a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a
los efectos procedentes.
Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluyese, en su caso, al aspirante, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería
de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su notificación o publicación.
6.11. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
6.12. El Tribunal Calificador velará por el estricto cumplimiento de los principios
constitucionales de acceso al empleo público y, en particular, del principio de igualdad de
oportunidades.
Séptima
7.1. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios
Jurídicos de la Comunidad de Madrid y en el artículo 60 del Reglamento de la Abogacía
General de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 105/2018, de 19 de junio, del
Consejo de Gobierno.
7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la
presente Orden.
La oposición estará integrada por los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:
7.2.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante
un plazo máximo de sesenta (60) minutos y por el orden que a continuación se
indica, seis (6) temas extraídos al azar de entre los que componen el programa,
conforme a la siguiente distribución: dos (2) temas de Derecho Civil, uno de
cada parte en que se divide el bloque; un (1) tema del bloque de Derecho Hipotecario y Mercantil; dos (2) temas de Derecho Procesal, uno de cada parte
en que se divide el bloque; y un (1) tema del bloque de Derecho del Trabajo.
Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez (10) minutos para la preparación
de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes.
7.2.2. Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante un plazo máximo de sesenta (60) minutos y por el orden que a continuación se indica, seis (6) temas extraídos al azar de entre los que componen el
programa, conforme a la siguiente distribución: un (1) tema del bloque de Derecho Constitucional y Comunitario; dos (2) temas de Derecho Administrativo, uno de cada parte en que se divide el bloque; dos (2) temas de Derecho Financiero y Tributario, uno de cada parte en que se divide el bloque; y un (1)
tema del bloque de Derecho Penal.
Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez (10) minutos para la preparación
de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes.
7.2.3. Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre el idioma extranjero elegido
por el aspirante en su solicitud de participación, pudiendo optar aquel entre el
inglés o el francés.
Los aspirantes habrán de acreditar oralmente ante el Tribunal durante un plazo
máximo de quince (15) minutos los conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma extranjero escogido, a cuyo efecto el Tribunal designará
los textos sobre los que se practicará la presente prueba. Para la verificación de
este ejercicio el Tribunal, que deberá dialogar con el aspirante en la lengua ele-
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Sistema selectivo
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cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida
a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a
los efectos procedentes.
Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluyese, en su caso, al aspirante, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería
de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su notificación o publicación.
6.11. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
6.12. El Tribunal Calificador velará por el estricto cumplimiento de los principios
constitucionales de acceso al empleo público y, en particular, del principio de igualdad de
oportunidades.
Séptima
7.1. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios
Jurídicos de la Comunidad de Madrid y en el artículo 60 del Reglamento de la Abogacía
General de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 105/2018, de 19 de junio, del
Consejo de Gobierno.
7.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la
presente Orden.
La oposición estará integrada por los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:
7.2.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante
un plazo máximo de sesenta (60) minutos y por el orden que a continuación se
indica, seis (6) temas extraídos al azar de entre los que componen el programa,
conforme a la siguiente distribución: dos (2) temas de Derecho Civil, uno de
cada parte en que se divide el bloque; un (1) tema del bloque de Derecho Hipotecario y Mercantil; dos (2) temas de Derecho Procesal, uno de cada parte
en que se divide el bloque; y un (1) tema del bloque de Derecho del Trabajo.
Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez (10) minutos para la preparación
de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes.
7.2.2. Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante un plazo máximo de sesenta (60) minutos y por el orden que a continuación se indica, seis (6) temas extraídos al azar de entre los que componen el
programa, conforme a la siguiente distribución: un (1) tema del bloque de Derecho Constitucional y Comunitario; dos (2) temas de Derecho Administrativo, uno de cada parte en que se divide el bloque; dos (2) temas de Derecho Financiero y Tributario, uno de cada parte en que se divide el bloque; y un (1)
tema del bloque de Derecho Penal.
Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez (10) minutos para la preparación
de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes.
7.2.3. Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre el idioma extranjero elegido
por el aspirante en su solicitud de participación, pudiendo optar aquel entre el
inglés o el francés.
Los aspirantes habrán de acreditar oralmente ante el Tribunal durante un plazo
máximo de quince (15) minutos los conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma extranjero escogido, a cuyo efecto el Tribunal designará
los textos sobre los que se practicará la presente prueba. Para la verificación de
este ejercicio el Tribunal, que deberá dialogar con el aspirante en la lengua ele-
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