Villamantilla (BOCM-20240624-64)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 149
7.2. Llamamiento.—Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, es decir, los convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, aunque tuviera que dividirse en
varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiriera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, y apreciados por el Tribunal, debiendo
adoptar resolución motivada a tal efecto.
7.3. Orden de actuación.—El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra dispuesta en la Resolución de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año
correspondiente al de la publicación de las presentes bases.
7.4. Acreditación de personalidad.—Cualquier actuación ante el Tribunal tiene carácter personal y no se admiten acreditaciones ni poderes de representación. En cualquier
momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.5. Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes.—Si en el transcurso del
procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes
carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a la
Presidencia de la Corporación, para que adopte las medidas procedentes.
7.6. Anuncios sucesivos.—La fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios posteriores al primero de las pruebas selectivas se pondrán en conocimiento de los aspirantes
por medio de anuncios en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en la página web
del Ayuntamiento, www.villamantilla.org al menos con cuarenta y ocho horas de antelación y máximo de treinta días naturales.
8. Procedimiento de selección y calificación
El proceso de selección se realizará por el sistema de concurso-oposición.
Cada una de las fases se valorará independientemente, y solo serán computados en la
fase de concurso, los méritos de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
8.1. Fase de oposición.—La fase de oposición tiene por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la materia como los recursos didácticos y pedagógicos de los aspirantes
y versará sobre el temario que se recoge en el Anexo I.
Constará de dos ejercicios:
— Primer ejercicio: consistirá en una prueba tipo test de 40 preguntas, con 4 respuestas alternativas de las cuales solo una es correcta, destinada a comprobar los conocimientos técnicos adecuados a la categoría y a la especialidad de Educación Infantil. La duración máxima para el desarrollo de esa prueba será de 45 minutos.
Las preguntas de esta prueba serán lo suficientemente claras y objetivas como
para permitir la corrección rigurosa a todos los miembros del Tribunal.
Valoración del primer ejercicio:
d Cada respuesta correcta puntuará 0,25 puntos.
d Las respuestas sin contestar no sumarán ni restarán puntos.
d Cada respuesta errónea penalizará 0,10 puntos.
El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos para superarla y tendrá carácter eliminatorio, accediendo al
segundo ejercicio, por estricto orden de puntuación, hasta un máximo de 15 aspirantes por plaza convocada.
— Segundo ejercicio: consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico
con posterior defensa oral ante el Tribunal. El Tribunal podrá formular preguntas
al aspirante con el fin de valorar sus conocimientos sobre la Educación Infantil en
la Comunidad de Madrid y su capacidad para resolver las cuestiones prácticas que
le sean propuestas por el Tribunal.
Valoración del segundo ejercicio: el Tribunal calificará este segundo ejercicio entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Los candidatos que no obtengan la puntuación mínima exigida, quedarán fuera del proceso selectivo.
La puntuación total de la fase de oposición se hallará efectuando la media aritmética
de las puntuaciones alcanzadas en los dos ejercicios de que consta esta fase.
BOCM-20240624-64
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 149
7.2. Llamamiento.—Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, es decir, los convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, aunque tuviera que dividirse en
varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiriera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, y apreciados por el Tribunal, debiendo
adoptar resolución motivada a tal efecto.
7.3. Orden de actuación.—El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra dispuesta en la Resolución de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año
correspondiente al de la publicación de las presentes bases.
7.4. Acreditación de personalidad.—Cualquier actuación ante el Tribunal tiene carácter personal y no se admiten acreditaciones ni poderes de representación. En cualquier
momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.5. Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes.—Si en el transcurso del
procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes
carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a la
Presidencia de la Corporación, para que adopte las medidas procedentes.
7.6. Anuncios sucesivos.—La fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios posteriores al primero de las pruebas selectivas se pondrán en conocimiento de los aspirantes
por medio de anuncios en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en la página web
del Ayuntamiento, www.villamantilla.org al menos con cuarenta y ocho horas de antelación y máximo de treinta días naturales.
8. Procedimiento de selección y calificación
El proceso de selección se realizará por el sistema de concurso-oposición.
Cada una de las fases se valorará independientemente, y solo serán computados en la
fase de concurso, los méritos de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
8.1. Fase de oposición.—La fase de oposición tiene por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la materia como los recursos didácticos y pedagógicos de los aspirantes
y versará sobre el temario que se recoge en el Anexo I.
Constará de dos ejercicios:
— Primer ejercicio: consistirá en una prueba tipo test de 40 preguntas, con 4 respuestas alternativas de las cuales solo una es correcta, destinada a comprobar los conocimientos técnicos adecuados a la categoría y a la especialidad de Educación Infantil. La duración máxima para el desarrollo de esa prueba será de 45 minutos.
Las preguntas de esta prueba serán lo suficientemente claras y objetivas como
para permitir la corrección rigurosa a todos los miembros del Tribunal.
Valoración del primer ejercicio:
d Cada respuesta correcta puntuará 0,25 puntos.
d Las respuestas sin contestar no sumarán ni restarán puntos.
d Cada respuesta errónea penalizará 0,10 puntos.
El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos para superarla y tendrá carácter eliminatorio, accediendo al
segundo ejercicio, por estricto orden de puntuación, hasta un máximo de 15 aspirantes por plaza convocada.
— Segundo ejercicio: consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico
con posterior defensa oral ante el Tribunal. El Tribunal podrá formular preguntas
al aspirante con el fin de valorar sus conocimientos sobre la Educación Infantil en
la Comunidad de Madrid y su capacidad para resolver las cuestiones prácticas que
le sean propuestas por el Tribunal.
Valoración del segundo ejercicio: el Tribunal calificará este segundo ejercicio entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Los candidatos que no obtengan la puntuación mínima exigida, quedarán fuera del proceso selectivo.
La puntuación total de la fase de oposición se hallará efectuando la media aritmética
de las puntuaciones alcanzadas en los dos ejercicios de que consta esta fase.
BOCM-20240624-64
Pág. 256
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