Fuenlabrada (BOCM-20240621-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 147

VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

Pág. 185

— Solicitante:
La persona física o jurídica receptora de un servicio o que adquiera un bien mediante una relación comercial con una empresa que se ubique dentro de la ZBE.
La presentación se hará obligatoriamente a través del canal telemático habilitado por el Ayuntamiento.
— Límite de vehículos a inscribir:
d Sólo se permitirá una matrícula por servicio o actividad comercial del que
sea receptor el solicitante.
— Documentación para aportar con la solicitud:
Documentación relativa a la justificación de ser perceptor de un servicio o haber adquirido un bien a través de una relación comercial que se desarrolle en
el interior de la ZBE:
d Factura o factura simplificada de la percepción de un servicio o adquisición de un bien emitido por la empresa que preste el servicio o desarrolle
su actividad comercial en el interior de la ZBE.
Documentación relativa al vehículo con el que se accede al interior de la ZBE:
d Para vehículos en propiedad, el Permiso de circulación y último recibo del
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Si el vehículo está en
trámite de adquisición, deberá aportarse la autorización provisional de
circulación del vehículo o el justificante profesional de cambio de titularidad mediante gestor administrativo.
d Específicamente para el resto de casos, contrato o documento que acredite
el derecho de la persona solicitante sobre el vehículo (contrato de renting,
alquiler o leasing), y en el caso de vehículo de sustitución, se aportará resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller o
contrato de sustitución de la aseguradora. En caso de robo, se aportará denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora.
d En el caso de vehículos en régimen de pago en especie, comunicación de la
empresa titular o arrendataria del vehículo mediante contrato de renting,
leasing o arrendamiento en la que conste que la persona empadronada en
el perímetro de la ZBE es trabajadora por cuenta ajena empleada de la empresa, que la duración del contrato es al menos la pretendida para la autorización, que el vehículo constituye retribución en especie del trabajador e
indicando su cuantía, así como, si la empresa no es propietaria del vehículo, contrato de renting, leasing o arrendamiento en el que conste el empleador como arrendatario. En el supuesto de que no figurara la matrícula del
vehículo y la fecha de finalización de contrato en el contrato deberá aportarse, además, el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora en
el que consten tales datos.
— Validez:

La inscripción se realizará de oficio por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, para aquellos vehículos con clasificación ambiental A o vehículos sin etiqueta medioambiental cuyo
domicilio fiscal pertenezca al término municipal de Fuenlabrada. La exención aquí prevista estará condicionada al acceso y estacionamiento en el interior de la ZBE permaneciendo
en el interior de esta por un tiempo mínimo de 8 minutos y 30 segundos. Las estancias por
tiempo inferior al anteriormente establecido no estarán amparadas por esta exención y tendrán la consideración de infracción.
p) Los turismos y motocicletas, de empresas, sean estas personas físicas o jurídicas, y
de profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros en la ZBE.
— Solicitante:
La persona física o jurídica titular del vehículo.

BOCM-20240621-39

La autorización puntual tendrá una duración correspondiente al día en el que
se preste el servicio o se produzca la adquisición del bien en algún comercio
que se ubique en el interior de la ZBE.