Fuenlabrada (BOCM-20240621-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
35 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
j)
— Límite de vehículos a inscribir:
Se permitirá un número máximo de cuatro vehículos diarios por cada una de
las plazas de las instalaciones del taller donde puedan estacionar vehículos.
— Documentación para aportar con la solicitud:
d Inscripción o acreditación de la solicitud de inscripción del taller en el
Censo de Locales del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
d Alta en el IAE del titular.
d Número de vado del paso de carruajes.
d Licencia urbanística o documentación acreditativa del número de plazas
que destina el taller al estacionamiento de vehículos.
Una vez efectuada la primera inscripción, para las sucesivas solicitudes de
autorización puntual para clientes no será preciso que el taller aporte esta
documentación.
— Validez:
La inscripción del taller, indefinida mientras se mantenga se mantenga el
cumplimiento de los requisitos por los que se concedió.
La autorización puntual tendrá una duración máxima la prevista para las operaciones a desarrollar en el taller, con un límite máximo de tres días, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar la prórroga de la autorización si la reparación excede de dicho plazo.
Vehículos que accedan a la ZBE para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria, así como a los alumnos de secundaria cuyas necesidades así lo exijan, en los términos previstos en las disposiciones transitorias primera y tercera.
— Solicitante:
Padre, madre o tutor/a legal del o de la menor escolarizado.
La presentación se hará preferentemente por el canal telemático habilitado por
el Ayuntamiento para la gestión de autorizaciones de acceso a la ZBE, o en los
canales de atención ciudadana presencial del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
— Límite de vehículos a inscribir:
Un vehículo por unidad familiar, del que sea titular o disponga una de las personas de la unidad familiar.
— Documentación para aportar con la solicitud:
Para la inscripción de la persona solicitante:
d Justificante de la escolarización en el centro escolar incluido dentro del perímetro de la ZBE.
Para la inscripción del vehículo:
d Permiso de circulación del vehículo. Si el vehículo está en trámite de adquisición, deberá aportarse la autorización provisional de circulación del
vehículo o el justificante profesional de cambio de titularidad mediante
gestor administrativo.
d Cuando se disponga del vehículo mediante contrato de renting, alquiler o
leasing, el correspondiente contrato, y en el caso de vehículo de sustitución,
resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller
o contrato de sustitución de la aseguradora. En caso de robo, se aportará denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora.
d En el caso de vehículos en régimen de pago en especie, comunicación de la
empresa titular o arrendataria del vehículo mediante contrato de renting,
leasing o arrendamiento en la que conste que la persona empadronada en
el perímetro de la ZBE es trabajadora por cuenta ajena empleada de la empresa, que la duración del contrato es al menos la pretendida para la autorización, que el vehículo constituye retribución en especie del trabajador e
indicando su cuantía, así como, si la empresa no es propietaria del vehículo, contrato de renting, leasing o arrendamiento en el que conste el empleador como arrendatario. En el supuesto de que no figurara la matrícula del
vehículo y la fecha de finalización de contrato en el contrato deberá aportarse, además, el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora en
el que consten tales datos.
Pág. 181
BOCM-20240621-39
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
j)
— Límite de vehículos a inscribir:
Se permitirá un número máximo de cuatro vehículos diarios por cada una de
las plazas de las instalaciones del taller donde puedan estacionar vehículos.
— Documentación para aportar con la solicitud:
d Inscripción o acreditación de la solicitud de inscripción del taller en el
Censo de Locales del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
d Alta en el IAE del titular.
d Número de vado del paso de carruajes.
d Licencia urbanística o documentación acreditativa del número de plazas
que destina el taller al estacionamiento de vehículos.
Una vez efectuada la primera inscripción, para las sucesivas solicitudes de
autorización puntual para clientes no será preciso que el taller aporte esta
documentación.
— Validez:
La inscripción del taller, indefinida mientras se mantenga se mantenga el
cumplimiento de los requisitos por los que se concedió.
La autorización puntual tendrá una duración máxima la prevista para las operaciones a desarrollar en el taller, con un límite máximo de tres días, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar la prórroga de la autorización si la reparación excede de dicho plazo.
Vehículos que accedan a la ZBE para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria, así como a los alumnos de secundaria cuyas necesidades así lo exijan, en los términos previstos en las disposiciones transitorias primera y tercera.
— Solicitante:
Padre, madre o tutor/a legal del o de la menor escolarizado.
La presentación se hará preferentemente por el canal telemático habilitado por
el Ayuntamiento para la gestión de autorizaciones de acceso a la ZBE, o en los
canales de atención ciudadana presencial del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
— Límite de vehículos a inscribir:
Un vehículo por unidad familiar, del que sea titular o disponga una de las personas de la unidad familiar.
— Documentación para aportar con la solicitud:
Para la inscripción de la persona solicitante:
d Justificante de la escolarización en el centro escolar incluido dentro del perímetro de la ZBE.
Para la inscripción del vehículo:
d Permiso de circulación del vehículo. Si el vehículo está en trámite de adquisición, deberá aportarse la autorización provisional de circulación del
vehículo o el justificante profesional de cambio de titularidad mediante
gestor administrativo.
d Cuando se disponga del vehículo mediante contrato de renting, alquiler o
leasing, el correspondiente contrato, y en el caso de vehículo de sustitución,
resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller
o contrato de sustitución de la aseguradora. En caso de robo, se aportará denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora.
d En el caso de vehículos en régimen de pago en especie, comunicación de la
empresa titular o arrendataria del vehículo mediante contrato de renting,
leasing o arrendamiento en la que conste que la persona empadronada en
el perímetro de la ZBE es trabajadora por cuenta ajena empleada de la empresa, que la duración del contrato es al menos la pretendida para la autorización, que el vehículo constituye retribución en especie del trabajador e
indicando su cuantía, así como, si la empresa no es propietaria del vehículo, contrato de renting, leasing o arrendamiento en el que conste el empleador como arrendatario. En el supuesto de que no figurara la matrícula del
vehículo y la fecha de finalización de contrato en el contrato deberá aportarse, además, el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora en
el que consten tales datos.
Pág. 181
BOCM-20240621-39
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