Fuenlabrada (BOCM-20240621-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
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BOCM

VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 147

ANEXO I
LA ZONA DE BAJAS EMISIONES (ZBE)
DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
El perímetro de la zona de bajas emisiones del Ayuntamiento de Fuenlabrada es el
definido en el artículo 3.1, comprendido dentro de las siguientes vías:
Grecia, Luis Sauquillo, Extremadura, Fuente, Aldehuela, Olivar, Francisco Javier Sauquillo, Leganés, Málaga y la zona de afección de la vía férrea comprendida entre las calles
Grecia y Málaga.
No se incluye dentro de la delimitación de la Zona de Bajas Emisiones ninguno de los
carriles ni espacio destinado al estacionamiento de los tramos de las calles que delimitan esta.
A efectos de facilitar su conocimiento se reproduce en el siguiente plano:

De acuerdo con el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las zonas de bajas emisiones, la definición y justificación de la delimitación de la ZBE,
así como el establecimiento de los sistemas de control de accesos y medición de los parámetros con los que evaluar esta, se fijan en el “Proyecto de Zona de Bajas Emisiones
de Fuenlabrada”.

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