A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240621-1)
Estatuto Agencia de Contratación Sanitaria –  Decreto 63/2024, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el estatuto de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

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mez Ulla o con cualquier otro centro que preste asistencia sanitaria de carácter
sustitutorio y de libre elección con medios ajenos, en cualquier tipo de modalidad
contractual.
La formulación y seguimiento de los objetivos presupuestarios en materia de gastos e ingresos sanitarios.
La coordinación de la tramitación del registro contable de los bienes que sean adscritos al Servicio Madrileño de Salud por los distintos centros, así como la definición de las actuaciones necesarias para el mantenimiento del Inventario contable.
La elaboración de la propuesta del anteproyecto de ingresos y gastos del Servicio
Madrileño de Salud, con excepción del capítulo I gastos de personal, y la fijación
de los criterios para lo elaboración del anteproyecto de presupuestos de los entes
públicos dependientes, en el marco general establecido por el centro directivo
competente en materia de presupuestos, así como el seguimiento y control del grado de ejecución presupuestario.
La propuesta de las modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los
presupuestos que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud, con excepción de las que afectan al capítulo I de gastos de
personal, así como el análisis y estudio de las modificaciones presupuestarias y
otras operaciones sobre los presupuestos que realicen los diferentes centros de
gestión, con excepción de los que afecten a capítulo I de gastos de personal.
La gestión económica, contable y presupuestaria del Servicio Madrileño de Salud
y la coordinación, evaluación y control de las funciones de gestión en esta materia que se ejercen por parte de los diferentes centros que lo integran.
La coordinación y asesoramiento en materia económica, presupuestaria y financiera.
El estudio e informe de las medidas que conlleven consecuencias económicas para
el funcionamiento de los distintos centros de gestión adscritos y entes públicos dependientes del Servicio Madrileño de Salud.
La tramitación, incluyendo la adjudicación, pago, control y seguimiento, para la
contratación de suministros, bienes, obras y servicios por procedimiento abierto
simplificado, incluido el regulado en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y contratos menores del
Servicio Madrileño de Salud.
La elaboración del plan de contratación del Servicio Madrileño de Salud, que
comprenderá el de todos sus centros de gasto, sin perjuicio de las competencias y
obligaciones propias de los mismos en esta materia.
La propuesta e iniciativa de la tramitación de los expedientes de contratación
administrativa del Servicio Madrileño de Salud, que comprenderá la elaboración
de las prescripciones técnicas de los citados expedientes, incluida la contratación
de la prestación sanitaria con medios ajenos, sin perjuicio de las competencias de
la Dirección General Asistencial y de la Agencia de Contratación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid.
La propuesta e iniciativa de la tramitación, la elaboración de las prescripciones
técnicas, el seguimiento y el control de los contratos con proveedores en materia
de suministro de medicamentos y productos sanitarios.
La coordinación de compras de los diferentes centros de gestión adscritos y entes
públicos dependientes, sin perjuicio de las competencias del centro directivo competente en materia de patrimonio y sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta respecto de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
El seguimiento y control de todos los gastos e ingresos del Servicio Madrileño de Salud.
El control económico de las inversiones que se acometan en el Servicio Madrileño
de Salud y en sus instituciones adscritas y vinculadas. Asimismo, le corresponde
la gestión y explotación de los datos y sistemas de información económicos del organismo y la centralización de las relaciones del Servicio Madrileño de Salud con
otros órganos directivos de la administración regional en materia económica.
La supervisión y control de la prestación de los servicios no sanitarios en los hospitales gestionados en régimen de concesión y de los gestionados de forma centralizada en los hospitales de la red del Servicio Madrileño de Salud.
La dirección, en coordinación con la Dirección General Asistencial, de las actividades dirigidas a evaluar, mejorar y racionalizar la utilización de los medicamen-

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