D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240621-25)
Bases autorización ocupación temporal –  Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se acuerda la explotación de 240 huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares”, sita en San Fernando de Henares (Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama), se aprueban las bases y la convocatoria del concurso para la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

Pág. 107

d) Criterio de experiencia en la práctica de agricultura ecológica en huertos de ocio, urbanos o similares (D). Se valorará la disponibilidad de experiencia en la práctica de
agricultura ecológica en huertos de ocio, urbanos o similares. El parámetro D podrá
valer hasta 2 puntos por experiencias similares, en estos huertos de ocio u otros:
— 0,5 puntos por disponer de experiencia en la práctica de agricultura ecológica
en un período inferior a doce meses (p < 12 meses).
— 1 punto por disponer de experiencia en la práctica de agricultura ecológica en
un período comprendido entre 12 y 24 meses (12 ≤ p < 24).
— 1,5 puntos por disponer de experiencia en la práctica de agricultura ecológica
en un período comprendido entre 24 y 48 meses (24 ≤ p ≤ 48).
— 2 puntos por disponer de experiencia en la práctica de agricultura ecológica en
un período superior a 48 meses (p > 48).
e) Criterio de dedicación activa en iniciativas de participación comunitaria. Se valorará si ha tenido una dedicación activa en iniciativas de participación pública. El
parámetro E valdrá 1 punto.
f) Criterio de informe desfavorable de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (F). Conforme al punto 3 de la Base VI “…cuando hayan sido adjudicatarios de un huerto de ocio en la anterior convocatoria, se tendrá en cuenta si
existe informe desfavorable de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior relativo al cumplimiento de las obligaciones indicadas en las ordenanzas
reguladoras de los Huertos de Ocio”. En caso de informe desfavorable, se descontarán 5 puntos.
ANEXO I-B

De acuerdo con lo previsto en la Base VI, se ha establecido la siguiente fórmula para
ponderar los criterios de adjudicación recogidos en dicha base para el caso de instituciones,
entidades o asociaciones sin ánimo de lucro:
V=A+B+C+D–E
Los criterios de valoración son los siguientes:
a) Criterio de experiencia o conocimientos en agricultura ecológica (A). Se valorará
la particular preparación (conocimientos y/o experiencia) en relación a la práctica
de agricultura ecológica por parte de la entidad responsable del desarrollo del proyecto. El parámetro A podrá valer hasta 2 puntos.
— 1 punto si la entidad ha participado en un programa de huerto con práctica de
agricultura ecológica.
— 1 punto si una de las personas de la entidad responsable del desarrollo del proyecto posee conocimientos y/o experiencia sobre la práctica de agricultura
ecológica.
b) Criterio de proyecto presentado (B), siendo B los participantes, programa y equipo
del proyecto presentado por la entidad. El parámetro B podrá valer hasta 4 puntos,
en función de la siguiente valoración:
— 1 punto. Número de participantes:
• Número de participantes inferior a 6 (p < 6): 0,25 puntos.
• Número de participantes entre 6 y 10 (6 ≤ p ≤ 10): 0,5 puntos.
• Número de participantes mayor de 10 (p > 10): 1 punto.
— 1 punto. Calidad del programa presentado:
• Consideración de objetivos conceptuales, procedimentales y actitudinales.
• Planificación de las actuaciones.
• Incorporación de actuaciones relacionadas con el respeto y cuidado del
medio ambiente.
• Implementación de metodologías adecuadas a los participantes.
• Seguimiento y evaluación continua.

BOCM-20240621-25

PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
DE LAS AUTORIZACIONES DE OCUPACIÓN TEMPORAL.
CASO DE INSTITUCIONES, ENTIDADES O ASOCIACIONES
SIN ÁNIMO DE LUCRO