Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20240620-86)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno Local
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

3.5.

B.O.C.M. Núm. 146

c) Gestión y tramitación de las normas de participación ciudadana.
d) Gestión de los locales destinados a asociaciones.
e) Desarrollo del Reglamento de Participación Ciudadana, impulso de procesos participativos y coordinación y dinamización de todos los órganos de
participación municipal, incluido el Consejo de la Ciudad.
f) Participación territorial y coordinación de las Concejalías de Barrio Oeste,
Este y Centro.
g) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la
participación ciudadana.
h) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
Concejalía de Salud Pública y Protección Animal: delegar en la Concejalía de
Salud Pública y Protección Animal, las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Oficina Municipal de Información al Consumidor.
b) Contaminación atmosférica y acústica, calidad del aire y del agua.
c) Protección y promoción de la Salud pública municipal. Salubridad.
d) Política sanitaria y relaciones institucionales al efecto.
e) Política sanitaria mortuoria.
f) Dinamizar y gestionar el Centro Integral de Protección Animal de Rivas
(CIPAR).
g) Protección de animales de compañía.
h) Tramitación, instrucción y resolución de expedientes de responsabilidad
patrimonial.
i) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a salud pública y protección animal.
j) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.

4. Área de Economía y Organización.—Corresponde al Área de Economía y Organización coordinar y dictar instrucciones para dirigir la actividad de las Concejalías dependientes
del Área. Corresponde igualmente a esta Área promover la revisión y actualización de la normativa municipal para adaptarla a los principios de buena regulación, en particular, aquella que
tenga un impacto directo en la actividad de los ciudadanos y en la actividad económica.
Concejalía de Hacienda y Patrimonio: delegar en la Concejalía de Hacienda y
Patrimonio, las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes
a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano
(unipersonal o colegiado):
a) Las funciones de clavero y ordenador de pagos.
b) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a formación y preparación del Presupuesto General Municipal para cada ejercicio y
aprobación de todas las modificaciones presupuestarias.
c) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a preparación de las Cuentas Generales.
d) Gestión, tramitación y seguimiento de los expedientes relativos a las Operaciones de Crédito y de Tesorería, así como de los expedientes administrativos relativos a imposición y/o modificación de recursos tributarios y
la tramitación de todos los precios públicos.
e) Incoación, tramitación y resolución de los expedientes relativos a gestión
económica, financiera y tributaria municipal.
f) Gestión unificada de la contratación y de la unidad de compras.
g) Gestión del Inventario Municipal, así como el control financiero y contable
del Patrimonio Municipal del Suelo.

BOCM-20240620-86

4.1.