Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20240620-86)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno Local
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 146
rias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Promoción, fomento y difusión de la cultura en general.
b) Promoción y desarrollo turístico.
c) Planificación y programación de las instalaciones culturales municipales,
Bibliotecas Municipales, Universidad Popular, Escuela de Música, Auditorio y Centro Cultural Municipales.
d) Planificación de futuras construcciones del área de Cultura.
e) Memoria democrática. Garantizar la recuperación y dignificación de la memoria democrática y su reconocimiento social.
f) Planificación y ejecución de fiestas y festejos locales.
g) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la
cultura y a las fiestas.
h) Promoción y defensa de la libertad de conciencia.
i) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.3. Concejalía de Deportes: delegar en la Concejalía de Deportes las competencias
que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado).
a) Promoción de la actividad deportiva.
b) Fomento y difusión del deporte, que incluirá la organización y celebración
de campeonatos, juegos escolares, etc.
c) Planificación y conservación de instalaciones deportivas, incluidas las ubicadas al aire libre en los parques públicos.
d) Conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas ubicadas en
los colegios públicos y pabellones.
e) Organización de los servicios de las Escuelas Deportivas Municipales.
f) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la práctica y fomento del deporte.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.4. Concejalía de mayores: delegar en la Concejalía de mayores las competencias
que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Promoción de la participación social de las personas mayores.
b) Dinamización y gestión de los centros de mayores.
c) Atención y servicios a las personas mayores que comprenderá organización
y coordinación de actividades.
d) Dirección de centros destinados a las personas mayores.
e) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a los
mayores.
f) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
3. Área de Cohesión Social.—Corresponde al Área de Cohesión Social coordinar y
dictar instrucciones para dirigir la actividad de las Concejalías dependientes del Área.
3.1. Concejalía de Bienestar Social: delegar en la Concejalía de Bienestar Social, las
competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias
delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o
colegiado):
a) Políticas de servicios sociales.
b) Gestión de los servicios de atención primaria.
c) Gestión de servicios de atención domiciliaria y de asistencia social. Ayuda a
domicilio y teleasistencia.
BOCM-20240620-86
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 146
rias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Promoción, fomento y difusión de la cultura en general.
b) Promoción y desarrollo turístico.
c) Planificación y programación de las instalaciones culturales municipales,
Bibliotecas Municipales, Universidad Popular, Escuela de Música, Auditorio y Centro Cultural Municipales.
d) Planificación de futuras construcciones del área de Cultura.
e) Memoria democrática. Garantizar la recuperación y dignificación de la memoria democrática y su reconocimiento social.
f) Planificación y ejecución de fiestas y festejos locales.
g) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la
cultura y a las fiestas.
h) Promoción y defensa de la libertad de conciencia.
i) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.3. Concejalía de Deportes: delegar en la Concejalía de Deportes las competencias
que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado).
a) Promoción de la actividad deportiva.
b) Fomento y difusión del deporte, que incluirá la organización y celebración
de campeonatos, juegos escolares, etc.
c) Planificación y conservación de instalaciones deportivas, incluidas las ubicadas al aire libre en los parques públicos.
d) Conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas ubicadas en
los colegios públicos y pabellones.
e) Organización de los servicios de las Escuelas Deportivas Municipales.
f) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la práctica y fomento del deporte.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.4. Concejalía de mayores: delegar en la Concejalía de mayores las competencias
que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Promoción de la participación social de las personas mayores.
b) Dinamización y gestión de los centros de mayores.
c) Atención y servicios a las personas mayores que comprenderá organización
y coordinación de actividades.
d) Dirección de centros destinados a las personas mayores.
e) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de todas las instalaciones y dependencias municipales destinadas a los
mayores.
f) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
3. Área de Cohesión Social.—Corresponde al Área de Cohesión Social coordinar y
dictar instrucciones para dirigir la actividad de las Concejalías dependientes del Área.
3.1. Concejalía de Bienestar Social: delegar en la Concejalía de Bienestar Social, las
competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias
delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o
colegiado):
a) Políticas de servicios sociales.
b) Gestión de los servicios de atención primaria.
c) Gestión de servicios de atención domiciliaria y de asistencia social. Ayuda a
domicilio y teleasistencia.
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