Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20240620-86)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno Local
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 189
2.1.
Concejalía de Educación, Infancia y Juventud: delegar en la Concejalía de Educación, Infancia y Juventud las competencias que se relacionan a continuación
y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Apoyo a la escolarización y control del absentismo escolar.
b) Planificación del mapa educativo local y sus necesidades de infraestructuras y oferta, así como las relaciones institucionales que se lleven al efecto.
c) Promoción y dinamización de la comunidad educativa y su participación
social, que incluirá la gestión de las escuelas infantiles municipales.
d) Tramitación de becas y ayudas escolares.
e) Gestión de actividades complementarias en todos los Centros Educativos
públicos de adultos y de enseñanza superior.
f) Fomento de la formación y del empleo juvenil. Fomento de políticas de
atención a la juventud y coordinación de recursos juveniles. Información,
formación, animación y apoyo a la participación juvenil. Ocio y tiempo libre. Información y asesoramiento a los jóvenes.
g) Dirección, planificación y gestión de los centros juveniles.
h) Dinamización y gestión del Centro de Recursos Ambientales Chico Mendes
de divulgación y educación.
i) Protección de menores. Atención a la infancia, promoción de su participación social y de sus derechos.
j) Gestión de la programación y relación con los siguientes entes: CERPA,
UNED, CEPA, EOE, Escuela Oficial de Idiomas.
k) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la educación, infancia y juventud.
l) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.2.
Concejalía de Cultura y Fiestas: delegar en la Concejalía de Cultura y Fiestas las
competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las mate-
BOCM-20240620-86
c) Planificar la gestión de la movilidad sostenible.
d) Llevar a cabo políticas de seguridad.
e) Coordinación y gestión de las funciones atribuidas a la Policía Local según
la legislación vigente.
f) Protección Civil. Relaciones con autoridades y otros cuerpos de seguridad y
emergencia. Dinamizar la agrupación del voluntariado de Protección Civil.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
1.4. Concejalía de Transición Ecológica y Sostenibilidad: delegar en la Concejalía
de Transición Ecológica, las competencias que se relacionan a continuación y
las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Planificar la gestión de los residuos del municipio y su reciclaje.
b) Planificar la gestión del arbolado y los espacios naturales, para lo que se elaborará el Plan de Gestión del arbolado.
c) Planificar las políticas medioambientales.
d) Patrimonio verde público. Conservación del arbolado urbano.
e) Construcción, renovación y mantenimiento de parques y jardines.
f) Preservación de los espacios naturales protegidos del Parque Regional del
Sureste, y las relaciones institucionales al efecto.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2. Área de Ciudadanía.—Corresponde al Área de Ciudadanía coordinar y dictar instrucciones para dirigir la actividad de las Concejalías dependientes del Área.
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 189
2.1.
Concejalía de Educación, Infancia y Juventud: delegar en la Concejalía de Educación, Infancia y Juventud las competencias que se relacionan a continuación
y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Apoyo a la escolarización y control del absentismo escolar.
b) Planificación del mapa educativo local y sus necesidades de infraestructuras y oferta, así como las relaciones institucionales que se lleven al efecto.
c) Promoción y dinamización de la comunidad educativa y su participación
social, que incluirá la gestión de las escuelas infantiles municipales.
d) Tramitación de becas y ayudas escolares.
e) Gestión de actividades complementarias en todos los Centros Educativos
públicos de adultos y de enseñanza superior.
f) Fomento de la formación y del empleo juvenil. Fomento de políticas de
atención a la juventud y coordinación de recursos juveniles. Información,
formación, animación y apoyo a la participación juvenil. Ocio y tiempo libre. Información y asesoramiento a los jóvenes.
g) Dirección, planificación y gestión de los centros juveniles.
h) Dinamización y gestión del Centro de Recursos Ambientales Chico Mendes
de divulgación y educación.
i) Protección de menores. Atención a la infancia, promoción de su participación social y de sus derechos.
j) Gestión de la programación y relación con los siguientes entes: CERPA,
UNED, CEPA, EOE, Escuela Oficial de Idiomas.
k) Dictar instrucciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la educación, infancia y juventud.
l) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2.2.
Concejalía de Cultura y Fiestas: delegar en la Concejalía de Cultura y Fiestas las
competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las mate-
BOCM-20240620-86
c) Planificar la gestión de la movilidad sostenible.
d) Llevar a cabo políticas de seguridad.
e) Coordinación y gestión de las funciones atribuidas a la Policía Local según
la legislación vigente.
f) Protección Civil. Relaciones con autoridades y otros cuerpos de seguridad y
emergencia. Dinamizar la agrupación del voluntariado de Protección Civil.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
1.4. Concejalía de Transición Ecológica y Sostenibilidad: delegar en la Concejalía
de Transición Ecológica, las competencias que se relacionan a continuación y
las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
a) Planificar la gestión de los residuos del municipio y su reciclaje.
b) Planificar la gestión del arbolado y los espacios naturales, para lo que se elaborará el Plan de Gestión del arbolado.
c) Planificar las políticas medioambientales.
d) Patrimonio verde público. Conservación del arbolado urbano.
e) Construcción, renovación y mantenimiento de parques y jardines.
f) Preservación de los espacios naturales protegidos del Parque Regional del
Sureste, y las relaciones institucionales al efecto.
g) Participación y representación en órganos colegiados, de conformidad con
lo dispuesto en los reglamentos y normativa sectorial municipal, asumiendo las vicepresidencias que en su caso se establezcan.
2. Área de Ciudadanía.—Corresponde al Área de Ciudadanía coordinar y dictar instrucciones para dirigir la actividad de las Concejalías dependientes del Área.