Torres de la Alameda (BOCM-20240618-75)
Organización y funcionamiento. Reglamento Mesa General Negociación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024

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b) Quedan excluidas de la obligatoriedad de la negociación, las materias siguientes,
según el artículo 37.2 del TREBEP:
— Las decisiones de las Administraciones Públicas que afecten a sus potestades
de organización.
— Cuando las consecuencias de las decisiones de las Administraciones Públicas
que afecten a sus potestades de organización tengan repercusión sobre condiciones de trabajo de los funcionarios públicos contempladas en el apartado
anterior, procederá la negociación de dichas condiciones con las Organizaciones Sindicales a que se refiere el Estatuto del Empleado Público. La regulación del ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de los usuarios de los
servicios públicos, así como el procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas.
— La determinación de condiciones de trabajo del personal directivo.
— Los poderes de dirección y control propios de la relación jerárquica.
— La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción
profesional.
Capítulo III

Art. 8. Régimen de sesiones y convocatoria.—1. La MGN se reunirá en las dependencias que la Corporación habilite al efecto, pudiendo ser la Junta de Gobierno Local o en
su caso, cualquier dependencia municipal con el consentimiento de la Alcaldía Presidencia
del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, previa convocatoria de su Presidente.
2. Según el artículo 34.6 del TREBEP el proceso de negociación se abrirá, en la fecha que, de común acuerdo, fijen la Administración correspondiente y la mayoría de la representación sindical. A falta de acuerdo, el proceso se iniciará en el plazo máximo de un
mes desde que la mayoría de una de las partes legitimadas lo promueva, salvo que existen
causas legales o pactadas que lo impidan.
3. La Mesa celebrará sesión ordinaria al menos mensualmente. El resto de las sesiones tendrá carácter extraordinario.
En sesión ordinaria se reunirá la Mesa General el primer jueves de cada mes, exceptuando el mes de agosto. Si éste fuera festivo se trasladará la reunión al siguiente jueves hábil posterior.
El calendario anual de reuniones se adjuntará a este reglamento en forma de adenda.
4. La mesa celebrará sesión extraordinaria en los siguientes supuestos:
— A iniciativa del la Presidencia de la Mesa.
— A iniciativa de los representantes políticos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda.
— Por acuerdo entre la representación de la Administración y las organizaciones sindicales, que podrá producirse al finalizar cada sesión, con fijación de la fecha de
convocatoria. O podrá surgir en el seno de un grupo de trabajo.
— A petición de uno de los Sindicatos con representación en la Mesa, que habrán de
hacerlo por escrito, con aportación del orden del día. La Presidencia vendrá obligada a celebrarla dentro de los 5 días hábiles, siguientes a la recepción de la solicitud por el/la secretario/a de la Mesa General de Negociación.
5. Las convocatorias, salvo aquellas que se fijen al acabar cada sesión, se realizarán
con una antelación mínima de tres días hábiles, y deberán ser formuladas por escrito, haciendo constar igualmente la fecha y hora de la convocatoria, orden del día y el punto de
ruegos y preguntas. La documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día,
que deban servir de base al debate, y en su caso votación, deberán figurar a disposición de
los/las componentes integrantes de la mesa, desde el mismo día de la convocatoria.
A parte de la forma de convocatoria formal por papel, será válida la convocatoria vía
electrónica.
6. El quórum de asistencia será la de la mayoría absoluta de cada una de las partes
que la componen en primera convocatoria, y diez minutos después, en segunda convocatoria bastará la asistencia de la Presidencia, Secretaría, y un tercio de los representantes sindicales.

BOCM-20240618-75

Normas generales de funcionamiento