C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240618-26)
Bases ayudas – Orden 1830/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el Marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 99
— Descripción de las operaciones. Se consignarán todos los datos necesarios
para la determinación de la base imponible del impuesto, correspondiente a
aquellas, y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas
operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluida en dicho precio unitario, y la superficie tratada.
— Solo se considerará elegible la base imponible que figure en la factura.
— No se admitirán como justificantes de gasto albaranes, notas de entrega, facturas pro forma, tiques, recibos, ni las facturas que no contengan todos los requisitos citados para su consideración como tales o cuya fecha no se ajuste a
los plazos establecidos.
b) Si los trabajos hubieran sido efectuados personalmente por el beneficiario, este
deberá aportar una declaración responsable en la que se valore el coste de su propia mano de obra y de los medios materiales adscritos a su explotación y utilizados, que deberán ser pertinentes y adecuados.
c) Si los trabajos hubiesen sido ejecutados con personal adscrito a la explotación o contratado, deberá presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas firmada por el beneficiario, que contendrá la relación detallada
de los gastos efectuados, y deberá aportar:
— Nóminas correspondientes al tiempo dedicado por los/las trabajadores/as a la
ejecución del trabajo, certificando específicamente el empleo del porcentaje
de tiempo que cada trabajador/a dedicó a la obra.
— Documentación acreditativa del pago de las nóminas, cargas sociales y retención del IRPF.
— Boletines de cotización de la Seguridad Social que acrediten el alta de los trabajadores en las fechas de ejecución de los trabajos. Si los trabajos hubiesen
sido ejecutados con personal ajeno a la explotación contratados para la ejecución de las inversiones se aportarán los justificantes que lo acrediten.
Dada la índole del trabajo se podrá contratar con personal ajeno a la explotación la totalidad de la obra.
— En el caso de otros gastos que, de manera indudable, respondan a la naturaleza
de la actividad subvencionada, las facturas acreditativas de esos gastos y los
justificantes de pago.
— La maquinaria que se utilice como medios propios debe ser propiedad del titular del expediente. Se presentará copia del recibo del pago del impuesto de
circulación del último periodo impositivo. En caso de que el vehículo esté
exento de dicho impuesto de circulación, copia de la propiedad del vehículo
y documentación acreditativa de dicha exención. La justificación de costes
con maquinaria propia debe de ir acompañada de la justificación del personal
propio o contratado que haya trabajado con dicha maquinaria.
— La persona beneficiaria presentará el justificante bancario del pago (justificante de
transferencia bancaria, salvo en aquellos gastos que no se puedan pagar por transferencia), en que conste el número de la factura objeto de pago, la identificación
de la persona beneficiaria que paga y de la persona destinataria del pago, que deberá coincidir con la persona, empresa o entidad que emitió la factura.
— En caso de que un justificante de pago incluya varias facturas imputadas al proyecto, deberán identificarse en el documento del pago las facturas objeto de este.
— En el caso de una factura cuyo pago se justifique mediante varios documentos de
pago, cada uno de estos deberá hacer referencia a la factura a que se imputa el
pago, e irá junto con una relación de todos los documentos de pago e importes
acreditativos del pago de esa factura.
— En el caso de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas al proyecto,
deberá identificarse claramente en el documento de pago la factura o facturas cuyo
pago se imputa al proyecto.
Todos los pagos deben efectuarse desde una cuenta bancaria de la que el interesado sea
titular.
En el caso de comunidades de bienes, la justificación deberá cumplir con lo establecido en el artículo 30.6 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
BOCM-20240618-26
La justificación del pago del gasto incurrido se realizará mediante la presentación de
alguno de los documentos que se relacionan a continuación:
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 99
— Descripción de las operaciones. Se consignarán todos los datos necesarios
para la determinación de la base imponible del impuesto, correspondiente a
aquellas, y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas
operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluida en dicho precio unitario, y la superficie tratada.
— Solo se considerará elegible la base imponible que figure en la factura.
— No se admitirán como justificantes de gasto albaranes, notas de entrega, facturas pro forma, tiques, recibos, ni las facturas que no contengan todos los requisitos citados para su consideración como tales o cuya fecha no se ajuste a
los plazos establecidos.
b) Si los trabajos hubieran sido efectuados personalmente por el beneficiario, este
deberá aportar una declaración responsable en la que se valore el coste de su propia mano de obra y de los medios materiales adscritos a su explotación y utilizados, que deberán ser pertinentes y adecuados.
c) Si los trabajos hubiesen sido ejecutados con personal adscrito a la explotación o contratado, deberá presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas firmada por el beneficiario, que contendrá la relación detallada
de los gastos efectuados, y deberá aportar:
— Nóminas correspondientes al tiempo dedicado por los/las trabajadores/as a la
ejecución del trabajo, certificando específicamente el empleo del porcentaje
de tiempo que cada trabajador/a dedicó a la obra.
— Documentación acreditativa del pago de las nóminas, cargas sociales y retención del IRPF.
— Boletines de cotización de la Seguridad Social que acrediten el alta de los trabajadores en las fechas de ejecución de los trabajos. Si los trabajos hubiesen
sido ejecutados con personal ajeno a la explotación contratados para la ejecución de las inversiones se aportarán los justificantes que lo acrediten.
Dada la índole del trabajo se podrá contratar con personal ajeno a la explotación la totalidad de la obra.
— En el caso de otros gastos que, de manera indudable, respondan a la naturaleza
de la actividad subvencionada, las facturas acreditativas de esos gastos y los
justificantes de pago.
— La maquinaria que se utilice como medios propios debe ser propiedad del titular del expediente. Se presentará copia del recibo del pago del impuesto de
circulación del último periodo impositivo. En caso de que el vehículo esté
exento de dicho impuesto de circulación, copia de la propiedad del vehículo
y documentación acreditativa de dicha exención. La justificación de costes
con maquinaria propia debe de ir acompañada de la justificación del personal
propio o contratado que haya trabajado con dicha maquinaria.
— La persona beneficiaria presentará el justificante bancario del pago (justificante de
transferencia bancaria, salvo en aquellos gastos que no se puedan pagar por transferencia), en que conste el número de la factura objeto de pago, la identificación
de la persona beneficiaria que paga y de la persona destinataria del pago, que deberá coincidir con la persona, empresa o entidad que emitió la factura.
— En caso de que un justificante de pago incluya varias facturas imputadas al proyecto, deberán identificarse en el documento del pago las facturas objeto de este.
— En el caso de una factura cuyo pago se justifique mediante varios documentos de
pago, cada uno de estos deberá hacer referencia a la factura a que se imputa el
pago, e irá junto con una relación de todos los documentos de pago e importes
acreditativos del pago de esa factura.
— En el caso de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas al proyecto,
deberá identificarse claramente en el documento de pago la factura o facturas cuyo
pago se imputa al proyecto.
Todos los pagos deben efectuarse desde una cuenta bancaria de la que el interesado sea
titular.
En el caso de comunidades de bienes, la justificación deberá cumplir con lo establecido en el artículo 30.6 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
BOCM-20240618-26
La justificación del pago del gasto incurrido se realizará mediante la presentación de
alguno de los documentos que se relacionan a continuación: