C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240618-26)
Bases ayudas – Orden 1830/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el Marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 89
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
— Plan de obra.
— Planos.
— Pliego de prescripciones técnicas particulares.
• Instrucciones para la ejecución de las obras.
• Condiciones que deben cumplir los materiales.
• Control y medición.
— Presupuesto.
Conforme a lo establecido en el artículo 31 apartado 3 de la Ley 38/2003, cuando
el gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos para el Sector Público para el contrato menor, en los supuestos de coste por ejecución de obras, o de prestación de servicios, por empresas de consultoría o asistencia técnica, se presentarán tres ofertas de diferentes
proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren
o presten, o, salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud
de la subvención (únicamente subvencionable para las actuaciones del tipo de intervención 6881.3). La elección entre las ofertas presentadas en la solicitud de
subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo
justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Declaración responsable del interesado de contar con los informes o declaraciones
de impacto ambiental, autorizaciones o licencias necesarias en razón de la materia y de los organismos correspondientes para que la obra proyectada pueda realizarse con estricta sujeción a la legalidad. Esta declaración se incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la convocatoria.
Reconocimiento oficial por parte de las autoridades competentes de la ocurrencia
del desastre que hace necesaria la restauración. Podrá ser obtenido de oficio por la
Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
Declaración expresa y responsable de no haber solicitado ni obtenido, para esta misma inversión, otras subvenciones, tanto de otros órganos de la Comunidad de Madrid,
como de la Administración Estatal, Local o de la Unión Europea. Esta declaración se
incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la convocatoria.
Con carácter previo a la concesión de la subvención, el beneficiario deberá estar al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a Seguridad
Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de
Madrid, salvo que aquéllas estuviesen debidamente garantizadas.
A tales fines, de conformidad con el régimen general de consulta establecido en el
artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la Administración concedente recabará de
oficio las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las citadas obligaciones,
que tendrán una validez de seis meses desde su expedición. Los datos tributarios estatales solo podrán consultarse de oficio previa autorización expresa del beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en caso de oponerse a la consulta, deberá aportarse el
certificado correspondiente.
Con carácter previo a la concesión de la subvención, el beneficiario no deberá tener deudas con los Fondos Europeos Agrícolas FEAGA-FEADER, lo que quedará acreditado mediante certificado de la unidad contable del Organismo Pagador
de la Comunidad de Madrid. Este certificado podrá ser obtenido de oficio por la
Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a su consulta.
Declaración expresa y responsable de cumplimiento de los requisitos de los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Esta declaración se incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la
convocatoria.
Si los documentos indicados en las letras a), b), c), d) y h) ya estuvieran en poder de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el solicitante podrá acogerse a lo es-
BOCM-20240618-26
En caso de obligación legal según Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por
el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción, Estudio de seguridad y salud o Estudio básico de seguridad y salud.
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 89
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
— Plan de obra.
— Planos.
— Pliego de prescripciones técnicas particulares.
• Instrucciones para la ejecución de las obras.
• Condiciones que deben cumplir los materiales.
• Control y medición.
— Presupuesto.
Conforme a lo establecido en el artículo 31 apartado 3 de la Ley 38/2003, cuando
el gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos para el Sector Público para el contrato menor, en los supuestos de coste por ejecución de obras, o de prestación de servicios, por empresas de consultoría o asistencia técnica, se presentarán tres ofertas de diferentes
proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren
o presten, o, salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud
de la subvención (únicamente subvencionable para las actuaciones del tipo de intervención 6881.3). La elección entre las ofertas presentadas en la solicitud de
subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo
justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Declaración responsable del interesado de contar con los informes o declaraciones
de impacto ambiental, autorizaciones o licencias necesarias en razón de la materia y de los organismos correspondientes para que la obra proyectada pueda realizarse con estricta sujeción a la legalidad. Esta declaración se incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la convocatoria.
Reconocimiento oficial por parte de las autoridades competentes de la ocurrencia
del desastre que hace necesaria la restauración. Podrá ser obtenido de oficio por la
Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
Declaración expresa y responsable de no haber solicitado ni obtenido, para esta misma inversión, otras subvenciones, tanto de otros órganos de la Comunidad de Madrid,
como de la Administración Estatal, Local o de la Unión Europea. Esta declaración se
incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la convocatoria.
Con carácter previo a la concesión de la subvención, el beneficiario deberá estar al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a Seguridad
Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de
Madrid, salvo que aquéllas estuviesen debidamente garantizadas.
A tales fines, de conformidad con el régimen general de consulta establecido en el
artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la Administración concedente recabará de
oficio las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las citadas obligaciones,
que tendrán una validez de seis meses desde su expedición. Los datos tributarios estatales solo podrán consultarse de oficio previa autorización expresa del beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en caso de oponerse a la consulta, deberá aportarse el
certificado correspondiente.
Con carácter previo a la concesión de la subvención, el beneficiario no deberá tener deudas con los Fondos Europeos Agrícolas FEAGA-FEADER, lo que quedará acreditado mediante certificado de la unidad contable del Organismo Pagador
de la Comunidad de Madrid. Este certificado podrá ser obtenido de oficio por la
Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a su consulta.
Declaración expresa y responsable de cumplimiento de los requisitos de los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Esta declaración se incluye para su aceptación en el modelo de solicitud de la
convocatoria.
Si los documentos indicados en las letras a), b), c), d) y h) ya estuvieran en poder de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el solicitante podrá acogerse a lo es-
BOCM-20240618-26
En caso de obligación legal según Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por
el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción, Estudio de seguridad y salud o Estudio básico de seguridad y salud.