C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240618-26)
Bases ayudas –  Orden 1830/2024, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el Marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 144

nadas y que estén incluidas en el proyecto de obra, deberán quedar perfectamente
diferenciadas en el citado documento técnico.
Si el proyecto de obra abarca actuaciones a realizar en varios años servirá para respaldar la actuación de cada uno de esos años, siempre que la Memoria-Resumen
refleje la actuación de dicho año.
En todos los casos, cuando el importe de las obras a realizar sean iguales o inferiores a 5.000 euros podrá aceptarse la solicitud de subvención sin que se acompañe
el proyecto de obra, siempre que el importe de dicha actuación propuesta quede
suficientemente definido con la información técnica y económica contenida en la
Memoria-Resumen citada en el párrafo anterior.
En el caso de que se solicite ayuda para la redacción de un Proyecto de Ordenación
Forestal, un Plan Técnico de Gestión Forestal, o de sus revisiones, según el artículo 23.2 B.2), solo será necesario reflejar, en la Memoria-Resumen a aportar, la superficie forestal de la finca, con una estimación de las superficies ocupadas por las
especies arbóreas y clases de edad de las mismas, junto con la valoración desglosada del coste de dicho proyecto.
El proyecto de obra visado a presentar, en su caso, contendrá, al menos, los siguientes elementos: memoria, plan de obra, plano, pleigo de prescripciones técnicas particulares y presupuesto, con la siguiente estructura:
— Memoria:
• Antecedentes: actuaciones realizadas en los últimos años en las zonas en
las que se proponen inversiones subvencionables y, si es el caso, datos de
las situaciones extremas ocurridas en el monte, cálculo de la superficie dañada en el monte y enumeración de actuaciones ya ejecutadas Iniciadas.
• Objeto del proyecto.
• Estado Legal: Pertenencia. Localización. Cabidas. Servidumbres. Enclavados.
• Breve Estado Natural.
– Medio físico: Climatología. Descripción geográfica, orográfica y geológica (pendientes y altitudes). Hidrografía. Litología y edafología.
– Medio biológico: Vegetación actual y potencial. Fauna. Estado sanitario.
– Infraestructuras (viaria y equipamientos a servicio del monte).
– Afecciones (Espacios protegidos, Hábitats, Montes preservados… otras).
• Breve Estado Forestal.
– Inventario (en caso de tratamientos selvícolas o afección a vegetación
leñosa).
– Apeo de rodales de repoblación (en caso de repoblaciones).
• Descripción de las actuaciones (desarrollar según actuación/es solicitada/s).
– Tratamientos selvícolas.
Objetivo.
Descripción de los trabajos a realizar (tipo de tratamiento y operaciones).
Peso, naturaleza e intensidad de intervención. Justificación.
– Construcción y mejora de pistas/puntos de agua/pasos canadienses/tapiales.
Objetivo.
Estado actual (dimensiones y estado de conservación).
Descripción de los trabajos a realizar. Operaciones, materiales, maquinaria y equipos. Estado final (dimensiones y características técnicas).
En el caso de las pistas, justificación de cumplir los requisitos para ser
subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 9.
– Repoblaciones.
Objetivo.
Elección de especies. Módulos de plantación. Densidad.
Método de repoblación.
Tratamiento de vegetación preexistente. Preparación del terreno. Plantación. Operaciones, maquinaria, herramientas, medios materiales.
Época de plantación.
Protección de la planta. Tipo de protector / cerramiento. Operaciones
para su instalación. Maquinaria y medios materiales.
Cuidados posteriores. Riegos.

BOCM-20240618-26

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