D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240617-53)
Convenio –  Convenio de 4 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Aranjuez, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención en especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la Comunidad de Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid), dentro del Componente 26: “Fomento del Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationUE, para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 143

LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

Pág. 217

Por tanto, la imputación a cada anualidad sumando todos los expedientes arriba referenciados quedaría como sigue:
AÑO

Importe
IVA INC.

FONDOS MRR (60%)

FONDOS PROPIOS
DE LA COMUNIDAD DE MADRID (40%)

2024

0.823.860,99 €

0.494.316,59 €

329.544,40 €

2025

1.508.104,41 €

0.904.862,65 €

603.241,76 €

TOTAL

2.331.965,40 €

1.399.179,24 €

932.786,16 €

Séptima
1. Estas actuaciones tienen la naturaleza jurídica de ayuda en especie, de conformidad
con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
2. El importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada, según lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
3. El Ayuntamiento de Aranjuez, como beneficiario de una subvención en especie,
estará obligado a presentar, previa a la suscripción del convenio:
a) Certificados de cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social.
El certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social será recabado por
la Comunidad de Madrid, salvo que conste la oposición expresa del beneficiario.
Se considerarán igualmente cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la resolución en la que se concedan los aplazamientos o
fraccionamientos o se acuerde la suspensión.
Igualmente, de oficio, la dirección general competente en materia de Deportes solicitará certificado acreditativo de que el beneficiario de la subvención no tiene
deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas
estuvieran garantizadas. Si esta no resultase positiva, esta circunstancia se notificará al beneficiario para su subsanación.
b) Acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales a
la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido
en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por
la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de
cuentas anuales de las Entidades locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias
de subvenciones, mediante la correspondiente certificación emitida por Cámara
de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
c) Aportación de declaración responsable de no estar incurso en alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
d) Comunicación sobre la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad,
así como toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de
la subvención.
e) Aportación de Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés, así como de los
Anexos IV.B y IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
4. El Ayuntamiento de Aranjuez facilitará cuanta información le sea requerida por la
Dirección General de Deportes y la Intervención General de la Comunidad de Madrid,
Cámara de Cuentas u otros órganos competentes y estará sometido a las actuaciones de
comprobación que sean necesarias.
5. El Ayuntamiento de Aranjuez conservará los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser
objeto de las actuaciones de comprobación y control.

BOCM-20240617-53

Obligaciones formales