D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240617-53)
Convenio –  Convenio de 4 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Aranjuez, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención en especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la Comunidad de Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid), dentro del Componente 26: “Fomento del Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationUE, para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 143

mento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018
(“Reglamento financiero”), el Ayuntamiento de Aranjuez, como perceptor final de los fondos del MRR, deberá conservar los documentos justificativos de la aplicación de los mismos, incluidos los documentos electrónicos por un período de cinco años desde el pago, al
superar el importe la cuantía de 60.000 euros. Asimismo, conservará los registros y documentos relativos a auditorías, recursos, litigios, la tramitación de reclamaciones relativas a
compromisos jurídicos o relativos a investigaciones de la OLAF hasta que dichas auditorías, recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido.
Deberá comprometerse por escrito a conceder los derechos y los accesos necesarios
para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía
Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
El Ayuntamiento de Aranjuez deberá cumplir con las obligaciones de información y
publicidad relativas a la financiación del MRR, establecidas en el artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y
velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión
Europea y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU”, en particular cuando promueva las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente y efectiva, y dirigida a múltiples destinatarios incluidos
los medios de comunicación y el público.
Concretamente, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones
que desarrollan las inversiones (tales como identificaciones gráficas, carteles informativos, etc.) cuando se realice la identificación mediante alguno de estos medios, dichas identificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y ajustarse
al manual de estilo y diseño oficiales (tales como el logo con el emblema de la Unión
Europea, textos tales como “Financiado por la Unión Europea-NextGenerationUE”, normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) número 821/2014, de la Comisión, de 28 de julio de 2014, consultables en:
https://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y ejemplos en:
— https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#downloadQuinta
Vigencia
El período de vigencia del presente convenio será desde la fecha de su firma y hasta la
finalización de los trabajos detallados en el mismo, y en todo caso, como límite, el 31 de diciembre de 2025, por ser la fecha límite de ejecución de las actuaciones definidas para la
ejecución del C26.I02.P02 del PRTR, y que, en todo caso, es inferior a cuatro años.
Sexta
Cuantía estimada máxima de la ayuda en especie

BOCM-20240617-53

Los trabajos necesarios para la ejecución de las actuaciones previstas serán financiados íntegramente por la Comunidad de Madrid, con cargo al subconcepto 63103 del
Programa 336A, con fondos provenientes, en un sesenta por ciento del coste total, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNextGenerationUE, así como con fondos propios del presupuesto de gastos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en un cuarenta por ciento.
El importe total máximo de la subvención en especie asciende a 2.331.965,40 euros.
Esta cuantía se distribuirá de la siguiente manera: 1.399.179,24 euros con cargo a fondos
MRR y 932.786,16 euros con cargo a fondos propios.