D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240617-53)
Convenio – Convenio de 4 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Aranjuez, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención en especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la Comunidad de Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid), dentro del Componente 26: “Fomento del Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationUE, para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
Pág. 213
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto instrumentar la concesión directa de una subvención en especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la
Comunidad de Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid) (en
adelante, CETD de Piragüismo “La Piragüera”), dentro del Componente 26: “Fomento del
Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado
por la Unión Europea-NextGenerationUE (en adelante, PRTR), para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto. Estas obras serán cofinanciadas con fondos propios de la Comunidad de Madrid, con
cargo al programa presupuestario 336A, gestionado por la Dirección General de Deportes.
Segunda
Actuación de la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
encargará de:
a) Contratar la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del CETD de Piragüismo “La Piragüera”, de conformidad con el proyecto
aprobado, así como la dirección facultativa de las obras, dirección de ejecución de
las mismas, la coordinación de seguridad y salud, y control de calidad.
b) Recabar los informes sectoriales que, en su caso, sean preceptivos.
c) Una vez finalizadas las obras, procederá a entregar las mismas sin contraprestación al Ayuntamiento de Aranjuez, en el plazo de un mes desde la recepción de las
obras, para su destino al uso público previsto, esto es, la tecnificación de los deportistas incluidos en los Programas de Tecnificación reconocidos por el Consejo
Superior de Deportes y/o la Comunidad de Madrid.
Tercera
El Ayuntamiento de Aranjuez, como beneficiario, asume las siguientes obligaciones:
a) Desde el momento de la firma del presente convenio y durante el período de vigencia del mismo, mantener la puesta a disposición en favor de la Comunidad de
Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) de los bienes inmuebles del
conjunto denominado “La Piragüera” con referencias catastrales 8523904VK4381S
(actualmente 8523904VK4381S0001GZ) 8523903VK4381S (actualmente
8523903VK4381S0001YZ), manteniendo las ocupaciones y servidumbres que
sean compatibles con los trabajos proyectados.
b) Prestar la colaboración que sea necesaria en el transcurso de la ejecución de las
obras.
c) Destinar el espacio público al uso público previsto en el Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el Ayuntamiento de Aranjuez, la Federación Madrileña de Piragüismo y el Club Escuela
de Piragüismo Aranjuez, para la gestión del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Piragüismo de Aranjuez, de 19 de junio de 2021, para el desarrollo de los programas estatales y autonómicos de especialización y tecnificación
de deportistas, en un plazo máximo de un mes desde la finalización de las obras y
su entrega efectiva por parte de la Comunidad de Madrid al Ayuntamiento de
Aranjuez. Dicho plazo podrá incrementarse mediante resolución de la Dirección
General de Deportes, previa petición del Ayuntamiento por causas debidamente
justificadas, sin que pueda excederse del plazo máximo de vigencia del convenio
señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20240617-53
Obligaciones del beneficiario (Ayuntamiento de Aranjuez)
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
Pág. 213
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto instrumentar la concesión directa de una subvención en especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la
Comunidad de Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid) (en
adelante, CETD de Piragüismo “La Piragüera”), dentro del Componente 26: “Fomento del
Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado
por la Unión Europea-NextGenerationUE (en adelante, PRTR), para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto. Estas obras serán cofinanciadas con fondos propios de la Comunidad de Madrid, con
cargo al programa presupuestario 336A, gestionado por la Dirección General de Deportes.
Segunda
Actuación de la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
encargará de:
a) Contratar la realización de las obras de modernización de las instalaciones deportivas del CETD de Piragüismo “La Piragüera”, de conformidad con el proyecto
aprobado, así como la dirección facultativa de las obras, dirección de ejecución de
las mismas, la coordinación de seguridad y salud, y control de calidad.
b) Recabar los informes sectoriales que, en su caso, sean preceptivos.
c) Una vez finalizadas las obras, procederá a entregar las mismas sin contraprestación al Ayuntamiento de Aranjuez, en el plazo de un mes desde la recepción de las
obras, para su destino al uso público previsto, esto es, la tecnificación de los deportistas incluidos en los Programas de Tecnificación reconocidos por el Consejo
Superior de Deportes y/o la Comunidad de Madrid.
Tercera
El Ayuntamiento de Aranjuez, como beneficiario, asume las siguientes obligaciones:
a) Desde el momento de la firma del presente convenio y durante el período de vigencia del mismo, mantener la puesta a disposición en favor de la Comunidad de
Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) de los bienes inmuebles del
conjunto denominado “La Piragüera” con referencias catastrales 8523904VK4381S
(actualmente 8523904VK4381S0001GZ) 8523903VK4381S (actualmente
8523903VK4381S0001YZ), manteniendo las ocupaciones y servidumbres que
sean compatibles con los trabajos proyectados.
b) Prestar la colaboración que sea necesaria en el transcurso de la ejecución de las
obras.
c) Destinar el espacio público al uso público previsto en el Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el Ayuntamiento de Aranjuez, la Federación Madrileña de Piragüismo y el Club Escuela
de Piragüismo Aranjuez, para la gestión del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Piragüismo de Aranjuez, de 19 de junio de 2021, para el desarrollo de los programas estatales y autonómicos de especialización y tecnificación
de deportistas, en un plazo máximo de un mes desde la finalización de las obras y
su entrega efectiva por parte de la Comunidad de Madrid al Ayuntamiento de
Aranjuez. Dicho plazo podrá incrementarse mediante resolución de la Dirección
General de Deportes, previa petición del Ayuntamiento por causas debidamente
justificadas, sin que pueda excederse del plazo máximo de vigencia del convenio
señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20240617-53
Obligaciones del beneficiario (Ayuntamiento de Aranjuez)