D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240614-47)
Convenio – Convenio de 28 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para impulsar el deporte base, femenino, minoritario e inclusivo y visibilizar la acción de la Comunidad de Madrid en estos ámbitos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 141
Las retransmisiones deportivas se emitirán los sábados y domingos, en horario de
mañana o tarde.
e) Ampliar el número de modalidades y especialidades deportivas, incluyendo las
minoritarias.
f) Facilitar a la Comunidad de Madrid, bajo las condiciones que en cada caso particular se determinen y teniendo en cuenta la normativa del fondo documental de
RTVM, material de archivo obtenido al amparo de este convenio para que pueda
utilizarse en la producción de videos de carácter divulgativo, así como el material
gráfico elaborado para los programas, para su posible uso por la Comunidad de
Madrid, para lo cual remitirá a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte copias de los espacios emitidos en un soporte de calidad adecuado, posibilitando,
además, la solicitud puntual de imágenes o material en bruto obtenido en el desarrollo del presente convenio.
g) Hacer constar, de manera clara y visible, la colaboración de la Comunidad de
Madrid en el Programa, los contenidos, encuentros y eventos en general que se
ejecuten en aplicación del presente convenio.
h) Asumir la responsabilidad sobre la totalidad de los contenidos emitidos en desarrollo de este convenio.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
obliga a:
a) Proporcionar a RTVM la colaboración necesaria para posibilitar el cumplimiento
del objeto de este convenio.
b) Facilitar a RTVM la documentación y asesoramiento necesario para la elaboración de los contenidos del Programa.
c) Facilitar a RTVM todas las tareas técnicas dirigidas a la grabación y retransmisión
de actuaciones, eventos, actividades y similares, favoreciendo las condiciones
para que aquellas puedan realizarse conforme a los requerimientos técnicos y profesionales exigibles.
d) Ceder a RTVM el uso de los logos, imágenes y elementos de identidad corporativa
que sean necesarios para su inclusión en los contenidos audiovisuales objeto de difusión.
e) Conceder preferencia a la presencia de RTVM en los actos, ruedas de prensa y demás eventos de carácter público relacionados con el desarrollo y ejecución de este
convenio.
f) Aportar, como máximo, la cantidad que figura en la cláusula cuarta de este convenio para llevar a cabo el objeto del mismo.
Cuarta
Para la consecución del objeto del presente convenio, la Comunidad de Madrid aportará la cantidad máxima de 190.979,20 euros, que incluye todo tipo de impuestos y gastos
que puedan corresponder, con cargo al subconcepto 22809 del Programa 336A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Por su parte, RTVM asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad
de 47.744,80 euros para cubrir el coste derivado de las obligaciones contraídas a través del
presente convenio.
De acuerdo con lo anterior, el compromiso económico total adoptado por ambas partes será de 238.724,00 euros, asumiendo RTVM la financiación de los gastos por el importe antes detallado.
RTVM empleará la totalidad de esta aportación económica de la Comunidad de
Madrid en las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto de este convenio, no obteniendo beneficio económico alguno del pago de esta consignación presupuestaria.
La aportación máxima a aportar por la Comunidad de Madrid indicada se corresponde con un número mínimo estimado de emisiones de 20 Programas, y un número mínimo
BOCM-20240614-47
Obligaciones económicas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 141
Las retransmisiones deportivas se emitirán los sábados y domingos, en horario de
mañana o tarde.
e) Ampliar el número de modalidades y especialidades deportivas, incluyendo las
minoritarias.
f) Facilitar a la Comunidad de Madrid, bajo las condiciones que en cada caso particular se determinen y teniendo en cuenta la normativa del fondo documental de
RTVM, material de archivo obtenido al amparo de este convenio para que pueda
utilizarse en la producción de videos de carácter divulgativo, así como el material
gráfico elaborado para los programas, para su posible uso por la Comunidad de
Madrid, para lo cual remitirá a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte copias de los espacios emitidos en un soporte de calidad adecuado, posibilitando,
además, la solicitud puntual de imágenes o material en bruto obtenido en el desarrollo del presente convenio.
g) Hacer constar, de manera clara y visible, la colaboración de la Comunidad de
Madrid en el Programa, los contenidos, encuentros y eventos en general que se
ejecuten en aplicación del presente convenio.
h) Asumir la responsabilidad sobre la totalidad de los contenidos emitidos en desarrollo de este convenio.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
obliga a:
a) Proporcionar a RTVM la colaboración necesaria para posibilitar el cumplimiento
del objeto de este convenio.
b) Facilitar a RTVM la documentación y asesoramiento necesario para la elaboración de los contenidos del Programa.
c) Facilitar a RTVM todas las tareas técnicas dirigidas a la grabación y retransmisión
de actuaciones, eventos, actividades y similares, favoreciendo las condiciones
para que aquellas puedan realizarse conforme a los requerimientos técnicos y profesionales exigibles.
d) Ceder a RTVM el uso de los logos, imágenes y elementos de identidad corporativa
que sean necesarios para su inclusión en los contenidos audiovisuales objeto de difusión.
e) Conceder preferencia a la presencia de RTVM en los actos, ruedas de prensa y demás eventos de carácter público relacionados con el desarrollo y ejecución de este
convenio.
f) Aportar, como máximo, la cantidad que figura en la cláusula cuarta de este convenio para llevar a cabo el objeto del mismo.
Cuarta
Para la consecución del objeto del presente convenio, la Comunidad de Madrid aportará la cantidad máxima de 190.979,20 euros, que incluye todo tipo de impuestos y gastos
que puedan corresponder, con cargo al subconcepto 22809 del Programa 336A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Por su parte, RTVM asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad
de 47.744,80 euros para cubrir el coste derivado de las obligaciones contraídas a través del
presente convenio.
De acuerdo con lo anterior, el compromiso económico total adoptado por ambas partes será de 238.724,00 euros, asumiendo RTVM la financiación de los gastos por el importe antes detallado.
RTVM empleará la totalidad de esta aportación económica de la Comunidad de
Madrid en las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto de este convenio, no obteniendo beneficio económico alguno del pago de esta consignación presupuestaria.
La aportación máxima a aportar por la Comunidad de Madrid indicada se corresponde con un número mínimo estimado de emisiones de 20 Programas, y un número mínimo
BOCM-20240614-47
Obligaciones económicas