D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240614-47)
Convenio –  Convenio de 28 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para impulsar el deporte base, femenino, minoritario e inclusivo y visibilizar la acción de la Comunidad de Madrid en estos ámbitos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024

Pág. 135

VIII. Que la cláusula segunda, apartado g) del convenio de 7 de junio 2022 establece, como compromiso de la Comunidad de Madrid, desarrollar el presente marco de colaboración en los diferentes ámbitos de actuación de las consejerías, organismos y entidades
de la Comunidad de Madrid, mediante los correspondientes convenios específicos que cada
consejería, organismo o entidad deberá suscribir con RTVM.
IX. Que, con el fin de llevar a cabo los objetivos antes expuestos, la Comunidad de
Madrid y RTVM, siguiendo la política de mutua y permanente colaboración entre ambas
instituciones, ha considerado oportuno suscribir el presente convenio para la consecución
de los fines referidos de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 11 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, y 50 de
la Carta Básica de RTVM, aprobada por Acuerdo de 2 de noviembre de 2017, del Pleno
de la Asamblea de Madrid.
En atención a lo expuesto, las partes firmantes establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
1. El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid y RTVM, con el fin de incrementar la visibilidad del deporte en la región, con especial atención al deporte base, al deporte femenino y al deporte practicado por personas
con discapacidad.
2. En concreto, la colaboración se prestará para realización de las siguientes acciones:
a) La producción y emisión de un programa semanal con el contenido establecido en
este convenio.
b) El incremento del número de retransmisiones deportivas, así como del número de
deportes a los que se les da visibilidad en la actualidad.
Segunda
Obligaciones de RTVM
Son obligaciones de RTVM en el marco del presente convenio:
a) Producir y emitir un Programa Semanal en LaOtra, que se denominará provisionalmente “La Casa del Deporte” (en adelante el Programa) y que tendrá una duración de media hora cada uno, en el que se recorrerá la agenda deportiva de los
eventos que se celebren en la Comunidad de Madrid, con especial atención a las
Federaciones e Instituciones deportivas madrileñas.
Se incluirán, entre otros, los siguientes contenidos:
1.o Información de interés público sobre convocatorias, inauguraciones, recepciones, galas de premios, etc., relacionadas con el deporte madrileño.
2.o Reportajes sobre madrileños cuyos resultados deportivos o historias personales sean merecedores de una mayor visibilidad.
3.o Entrevistas con personalidades de las diferentes Federaciones e Instituciones
destacadas de nuestro deporte madrileño.

b) Grabar, editar y emitir los contenidos del Programa con los recursos de RTVM y
sus “entradillas”, en sus estudios en la Ciudad de la Imagen.
c) Emitir el Programa los sábados a las 11:00 a. m. Dicho horario se podrá modificar
por acuerdo de ambas partes si existiera causa justificada.
d) Incrementar el número de retransmisiones deportivas a través de LaOtra hasta un
mínimo de 132 durante el período de vigencia del convenio, prestando especial
atención a las de deporte base, categoría femenina y a los deportes practicados con
personas con discapacidad.

BOCM-20240614-47

En todo caso, los contenidos deberán ser comunicados a la Comunidad de Madrid,
con carácter previo a su emisión, para su conocimiento y comprobación de que
son acordes al objeto del convenio.