Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240612-48)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
Asimismo, hace constar de forma expresa que previamente al inicio de las obras de construcción del proyecto de las cinco plantas solares fotovoltaicas “Oliva” y su infraestructura de evacuación debe solicitarse la correspondiente autorización de ejecución de obras de
todas aquellas actividades que se sitúen dentro de la zona de afección de las carreteras autonómicas. Se ha dado traslado al promotor, el cual aporta la documentación solicitada. Se
ha recibido un segundo informe de ésta Dirección General de Carreteras de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la que muestra su conformidad con el proyecto siempre y cuando el promotor o la entidad que ostente la gestión de las plantas solares “Oliva
Solar 1, 2, 3, 4 y 5” quede obligado durante la vida útil de la planta a adoptar, a su costa,
medidas correctoras adicionales en caso de detectarse (i) molestias o deslumbramientos que
afecten a los usuarios de las carreteras autonómicas más próximas CM-1002 y CM-1008, o
(ii) episodios de inundaciones aguas arriba de la carretera CM-1008. Asimismo, el organismo requiere solicitud de autorización de obras expresa para el cruzamiento subterráneo con
la carretera CM-1002 en el p.k. 12+590. Se ha dado traslado al promotor, el cual muestra
su conformidad con el informe.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España (en adelante, REE), S. A. U.,
manifestando su disconformidad con la línea subterránea a 220kV desde el recinto de medida 220kV hasta la subestación Daganzo 220kV propiedad de Red Eléctrica al no cumplir
las distancias mínimas al apoyo 1E de la línea aérea a 220 kV D/C Meco-Daganzo / Daganzo-San Sebastián de los Reyes, propiedad de REE. Se ha dado traslado al promotor, el cual
responde que está en conversaciones con REE para consensuar una solución de llegada técnicamente viable que no comprometa al apoyo E-1. En fecha 31 de enero de 2024, el promotor presenta “Acuerdo de Constitución de Servidumbre Personal de Paso de Energía
Eléctrica” alcanzado con REE con fecha 30 de enero de 2024. Acorde al requerimiento realizado desde esta Subdirección General de Energía Eléctrica, el promotor presenta la “Adenda II al Proyecto de Ejecución Línea de Evacuación 220 kV” en la que se describe la modificación de la técnica empleada para el soterramiento y el trazado de la línea a 220 kV entre el
centro de medida y el punto de conexión con REE. Asimismo, el promotor presenta acuerdo
de uso con los propietarios de la parcela afectada por la citada modificación definida en la
Adenda indicada. Se ha dado traslado al organismo, que manifiesta conformidad.
Se ha recibido informes de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid y de la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha donde se pronuncian favorablemente, para dar cumplimiento a la condición 4.i) Condiciones generales.5 de la DIA, sobre
el plan de medidas compensatorias, el plan de seguimiento específico de fauna y el programa de vigilancia presentado por el promotor. Se ha dado traslado al promotor, que responde
prestando conformidad a los organismos.
Se ha recibido contestación de Infraestructura del Agua de Castilla-La Mancha (en
adelante, IACLM) indicando que necesitan información más detallada de las afecciones localizadas para evaluar la viabilidad del proyecto. Se ha dado traslado al promotor, el cual
indica que realizó una visita a campo con el citado organismo y que recomendó realizar catas para conocer con precisión el trazado y profundidad de las instalaciones afectadas. El
promotor remite planos detallados expresando que se cumplirán las distancias mínimas requeridas por el organismo. Dicha documentación será actualizada y remitida a IACLM tras
la realización de las catas, previo a las obras. Se da traslado al organismo, el cual informa
favorablemente del proyecto. Asimismo, indica que previo a la ejecución de las obras será
necesario obtener de autorización definitiva de ejecución de IACLM, que contemplará el
condicionado técnico particular, una vez se localicen con mayor precisión geométrica la
profundidad y trazado de las conducciones afectadas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo
de la Comunidad de Madrid en la cual se indica que no han podido acceder a la documentación del expediente, por lo que solicitan al Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Madrid nueva remisión. Se ha procedido a enviar la documentación requerida. No se ha recibido nueva respuesta del organismo, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Guadalajara, el Ayuntamiento de Galápagos, el Ayuntamiento de Valdeavero, el Ayuntamiento de Fresno de Torote, el Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, la Dirección General de Planificación y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento de
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BOCM-20240612-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
Asimismo, hace constar de forma expresa que previamente al inicio de las obras de construcción del proyecto de las cinco plantas solares fotovoltaicas “Oliva” y su infraestructura de evacuación debe solicitarse la correspondiente autorización de ejecución de obras de
todas aquellas actividades que se sitúen dentro de la zona de afección de las carreteras autonómicas. Se ha dado traslado al promotor, el cual aporta la documentación solicitada. Se
ha recibido un segundo informe de ésta Dirección General de Carreteras de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la que muestra su conformidad con el proyecto siempre y cuando el promotor o la entidad que ostente la gestión de las plantas solares “Oliva
Solar 1, 2, 3, 4 y 5” quede obligado durante la vida útil de la planta a adoptar, a su costa,
medidas correctoras adicionales en caso de detectarse (i) molestias o deslumbramientos que
afecten a los usuarios de las carreteras autonómicas más próximas CM-1002 y CM-1008, o
(ii) episodios de inundaciones aguas arriba de la carretera CM-1008. Asimismo, el organismo requiere solicitud de autorización de obras expresa para el cruzamiento subterráneo con
la carretera CM-1002 en el p.k. 12+590. Se ha dado traslado al promotor, el cual muestra
su conformidad con el informe.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España (en adelante, REE), S. A. U.,
manifestando su disconformidad con la línea subterránea a 220kV desde el recinto de medida 220kV hasta la subestación Daganzo 220kV propiedad de Red Eléctrica al no cumplir
las distancias mínimas al apoyo 1E de la línea aérea a 220 kV D/C Meco-Daganzo / Daganzo-San Sebastián de los Reyes, propiedad de REE. Se ha dado traslado al promotor, el cual
responde que está en conversaciones con REE para consensuar una solución de llegada técnicamente viable que no comprometa al apoyo E-1. En fecha 31 de enero de 2024, el promotor presenta “Acuerdo de Constitución de Servidumbre Personal de Paso de Energía
Eléctrica” alcanzado con REE con fecha 30 de enero de 2024. Acorde al requerimiento realizado desde esta Subdirección General de Energía Eléctrica, el promotor presenta la “Adenda II al Proyecto de Ejecución Línea de Evacuación 220 kV” en la que se describe la modificación de la técnica empleada para el soterramiento y el trazado de la línea a 220 kV entre el
centro de medida y el punto de conexión con REE. Asimismo, el promotor presenta acuerdo
de uso con los propietarios de la parcela afectada por la citada modificación definida en la
Adenda indicada. Se ha dado traslado al organismo, que manifiesta conformidad.
Se ha recibido informes de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid y de la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha donde se pronuncian favorablemente, para dar cumplimiento a la condición 4.i) Condiciones generales.5 de la DIA, sobre
el plan de medidas compensatorias, el plan de seguimiento específico de fauna y el programa de vigilancia presentado por el promotor. Se ha dado traslado al promotor, que responde
prestando conformidad a los organismos.
Se ha recibido contestación de Infraestructura del Agua de Castilla-La Mancha (en
adelante, IACLM) indicando que necesitan información más detallada de las afecciones localizadas para evaluar la viabilidad del proyecto. Se ha dado traslado al promotor, el cual
indica que realizó una visita a campo con el citado organismo y que recomendó realizar catas para conocer con precisión el trazado y profundidad de las instalaciones afectadas. El
promotor remite planos detallados expresando que se cumplirán las distancias mínimas requeridas por el organismo. Dicha documentación será actualizada y remitida a IACLM tras
la realización de las catas, previo a las obras. Se da traslado al organismo, el cual informa
favorablemente del proyecto. Asimismo, indica que previo a la ejecución de las obras será
necesario obtener de autorización definitiva de ejecución de IACLM, que contemplará el
condicionado técnico particular, una vez se localicen con mayor precisión geométrica la
profundidad y trazado de las conducciones afectadas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo
de la Comunidad de Madrid en la cual se indica que no han podido acceder a la documentación del expediente, por lo que solicitan al Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Madrid nueva remisión. Se ha procedido a enviar la documentación requerida. No se ha recibido nueva respuesta del organismo, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Guadalajara, el Ayuntamiento de Galápagos, el Ayuntamiento de Valdeavero, el Ayuntamiento de Fresno de Torote, el Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, la Dirección General de Planificación y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento de
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