Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240610-72)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 137
53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración,
en concreto, de utilidad pública, para la planta fotovoltaica, de 95 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y
Campo Real, en la Comunidad de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127, 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público
o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Transportes y Movilidad de
la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad
de Madrid, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Red Eléctrica de España (REE)
y de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias.
Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad
con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en las que se establecen condicionados técnicos en materia urbanística y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde indicando
que aportara la documentación durante la tramitación oportuna, así como realiza una serie de
alegaciones. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Urbanismo, manifestando su
disconformidad con el proyecto por la reducción de cultivos leñosos, algunos de ellos con
denominación de origen. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde indicando que el
proyecto cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable y que la cuestión ya ha
sido considerada. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que
se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Se han recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid, donde se pronuncia, para dar cumplimiento del punto
1.ii).b) Flora y 1.ii).c) Fauna de la DIA, sobre el programa de medidas compensatorias y el
programa de vigilancia presentado por el promotor. Manifiesta que, en general, las modificaciones realizadas en el proyecto se ajustan a lo establecido en la DIA y a los informes previos enviados por los organismos. Asimismo, propone una serie de cambios para completar dicha documentación. Se ha dado traslado al promotor, que responde prestando
conformidad al organismo y posteriormente enviando nueva documentación. Se da traslado al organismo, el cual informa favorablemente sobre las medidas compensatorias presentadas por el promotor.
Preguntados el Ayuntamiento de Campo Real, el Canal de Isabel II S.A., la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, y la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía, Consejería de Economía Hacienda y Empleo, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 6 de junio de 2023 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 7 de junio de 2023 en el diario
ABC y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Arganda del Rey (con fecha de publicación 26 de mayo de 2023) y Campo Real (con fecha de
publicación 29 de mayo de 2023).
Se ha recibido alegación de la asociación Ecología y Libertad dirigida al Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, en la que solicita personarse en el expediente. Se le da contestación con los medios que se disponen para acceder a lo solicitado.
BOCM-20240610-72
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 137
53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración,
en concreto, de utilidad pública, para la planta fotovoltaica, de 95 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y
Campo Real, en la Comunidad de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127, 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público
o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Transportes y Movilidad de
la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad
de Madrid, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Red Eléctrica de España (REE)
y de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias.
Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad
con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en las que se establecen condicionados técnicos en materia urbanística y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde indicando
que aportara la documentación durante la tramitación oportuna, así como realiza una serie de
alegaciones. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Urbanismo, manifestando su
disconformidad con el proyecto por la reducción de cultivos leñosos, algunos de ellos con
denominación de origen. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde indicando que el
proyecto cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable y que la cuestión ya ha
sido considerada. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que
se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Se han recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid, donde se pronuncia, para dar cumplimiento del punto
1.ii).b) Flora y 1.ii).c) Fauna de la DIA, sobre el programa de medidas compensatorias y el
programa de vigilancia presentado por el promotor. Manifiesta que, en general, las modificaciones realizadas en el proyecto se ajustan a lo establecido en la DIA y a los informes previos enviados por los organismos. Asimismo, propone una serie de cambios para completar dicha documentación. Se ha dado traslado al promotor, que responde prestando
conformidad al organismo y posteriormente enviando nueva documentación. Se da traslado al organismo, el cual informa favorablemente sobre las medidas compensatorias presentadas por el promotor.
Preguntados el Ayuntamiento de Campo Real, el Canal de Isabel II S.A., la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, y la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía, Consejería de Economía Hacienda y Empleo, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 6 de junio de 2023 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 7 de junio de 2023 en el diario
ABC y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Arganda del Rey (con fecha de publicación 26 de mayo de 2023) y Campo Real (con fecha de
publicación 29 de mayo de 2023).
Se ha recibido alegación de la asociación Ecología y Libertad dirigida al Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, en la que solicita personarse en el expediente. Se le da contestación con los medios que se disponen para acceder a lo solicitado.
BOCM-20240610-72
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