Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240610-72)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
Pág. 365
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
72
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Morena Solar, S.L.U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Morena Solar, de 95
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales
de Arganda del Rey y Campo Real, en la Comunidad de Madrid y se declara, en concreto,
su utilidad pública.
Morena Solar, S.L.U., solicitó, con fecha 6 de agosto de 2020, autorización administrativa previa de la planta fotovoltaica Morena Solar de 100 MWp, y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Campo Real y Arganda del Rey (Madrid).
Mediante Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Morena Solar, S.L.U., autorización administrativa previa para
la instalación fotovoltaica Morena Solar de 95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Campo Real
(Madrid) (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el
“Boletín Oficial del Estado” núm. 107, de 5 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los artículos 125 y
siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el promotor se comprometió a llevar a cabo determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta al informe de la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, consistente en:
— Retranqueo de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica, en relación con la afección al derecho minero Morata II, Fracción 2.a, titularidad de Calizas Campo Real S.A., situada en el término municipal de Campo Real.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó, con fecha 8 de abril de 2022, adenda al estudio de impacto ambiental y una adenda
al proyecto de la instalación fotovoltaica, con modificaciones consistentes en:
— Reducción de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica en 37 hectáreas, desde 197 hectáreas hasta 160 hectáreas, atendiendo al informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid
con objeto de evitar la creación de una barrera ecológica a las poblaciones faunísticas existentes, y garantizar la conectividad ecológica de la zona.
Posteriormente, con fecha 23 de abril de 2023, el promotor envía documentación técnica donde pone de manifiesto la modificación del trazado de líneas de media tensión de 30 kV
como consecuencia de la reducción de superficie de la planta y con objeto de compartir zanja para la traza de la línea subterránea de evacuación a la subestación eléctrica “Rececho”,
ocupando por ello parcelas no contempladas anteriormente, según condicionante establecido
en la Declaración de Impacto Ambiental del expediente PFot-190.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Morena Solar, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 23 de abril de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, conforme al artículo
BOCM-20240610-72
Dirección General de Política Energética y Minas
B.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
Pág. 365
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
72
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Morena Solar, S.L.U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Morena Solar, de 95
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales
de Arganda del Rey y Campo Real, en la Comunidad de Madrid y se declara, en concreto,
su utilidad pública.
Morena Solar, S.L.U., solicitó, con fecha 6 de agosto de 2020, autorización administrativa previa de la planta fotovoltaica Morena Solar de 100 MWp, y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Campo Real y Arganda del Rey (Madrid).
Mediante Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Morena Solar, S.L.U., autorización administrativa previa para
la instalación fotovoltaica Morena Solar de 95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Campo Real
(Madrid) (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el
“Boletín Oficial del Estado” núm. 107, de 5 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los artículos 125 y
siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el promotor se comprometió a llevar a cabo determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta al informe de la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, consistente en:
— Retranqueo de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica, en relación con la afección al derecho minero Morata II, Fracción 2.a, titularidad de Calizas Campo Real S.A., situada en el término municipal de Campo Real.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó, con fecha 8 de abril de 2022, adenda al estudio de impacto ambiental y una adenda
al proyecto de la instalación fotovoltaica, con modificaciones consistentes en:
— Reducción de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica en 37 hectáreas, desde 197 hectáreas hasta 160 hectáreas, atendiendo al informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid
con objeto de evitar la creación de una barrera ecológica a las poblaciones faunísticas existentes, y garantizar la conectividad ecológica de la zona.
Posteriormente, con fecha 23 de abril de 2023, el promotor envía documentación técnica donde pone de manifiesto la modificación del trazado de líneas de media tensión de 30 kV
como consecuencia de la reducción de superficie de la planta y con objeto de compartir zanja para la traza de la línea subterránea de evacuación a la subestación eléctrica “Rececho”,
ocupando por ello parcelas no contempladas anteriormente, según condicionante establecido
en la Declaración de Impacto Ambiental del expediente PFot-190.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Morena Solar, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 23 de abril de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, conforme al artículo
BOCM-20240610-72
Dirección General de Política Energética y Minas